Señalan trabas que impiden formalización y desarrollo de las MYPE


La Ministra de la Producción debe coordinar con el Ministro de Trabajo, la SUNAT y las municipalidades, las medidas pendientes para implementar la ley MYPE


La Cámara de Comercio de Lima destaca que la nueva Ley de Micro y Pequeña Empresa ha permitido en los últimos 6 meses, la formalización de aproximadamente 28,000 empresas y de 91,000 trabajadores inscritos en el registro (REMYPE) a cargo del Ministerio de Trabajo.


Como se recordará, la meta del Ministerio de Trabajo es lograr que 150,000 MYPES se formalicen en el primer año de vigencia de la nueva regulación MYPE.

La CCL refiere que la nueva Ley MYPE, a diferencia de sus antecedentes, contiene nuevas normas que se orientan a facilitar la formalización del sector. Por ejemplo: 1) los beneficios de la nueva ley son de aplicación permanente, no tienen fecha de caducidad; 2) la nueva ley es más integral, por cuanto enfoca la regulación laboral, tributaria y de simplificación administrativa y 3) tiene sustento constitucional, por cuanto el régimen laboral flexibilizado corresponde a su realidad empresarial, tal como lo ha establecido el Tribunal Constitucional.

A pesar de los avances a la fecha, la CCL advierte que existen trabas para lograr la formalización y el desarrollo de los pequeños empresarios, y en tal sentido, corresponde al Ministerio de la Producción coordinar con los otros sectores de Gobierno las medidas que a continuación puntualiza.

Simplificación administrativa

Lamentablemente, a nivel nacional el 65% de las entidades públicas, en especial municipales, siguen exigiendo requisitos e imponiendo sobrecostos ilegales e irracionales para obtener licencias, permisos y autorizaciones,  que impiden el acceso y la permanencia de las MYPE en el mercado.

Las municipalidades que no han actualizado sus TUPA, siguen cobrando tasas sin sustento legal y técnico que lo justifique. Ya es hora que el Estado, a través de la PCM, la Contraloría y el INDECOPI, fiscalicen y sancionen a los malos funcionarios públicos que hasta ahora hacen caso omiso de la ley, expresa la CCL.

Vinculación económica

El pequeño empresario que posee una MYPE  —registrada en el MTPE— es impedido en la práctica de constituir una nueva empresa, con personal, giro social y lugar distinto a la primera empresa.

Este impedimento irracional no permite la constitución de nuevas empresas a cargo del mismo titular, socio, accionista o directivo, Si constituye la segunda empresa, ésta deberá regirse por el régimen general, cuyo costo no salarial ya no es 42% sino 71%, expresa la CCL.

Empresa unipersonal

Al microempresario que desea operar como empresa unipersonal, se le obliga a que antes de su inscripción en el REMYPE contrate “un trabajador antiguo”, cuyos derechos laborales son los del régimen general y no los del especial que corresponde a las MYPE.

Se trata de un nuevo microempresario que primero desea inscribirse en el REMYPE para luego contratar nuevos trabajadores. Exigirle contratar un trabajador “antiguo” es otra traba que impide la constitución y formalización de las empresas unipersonales.

Registro extemporáneo

Hasta ahora aún no se ha resuelto la situación laboral de los nuevos trabajadores contratados por las MYPE entre el 01 y el 19 de octubre de 2008. Los trabajadores fueron contratados desde la vigencia de la ley MYPE, pero éstas aún no estaban inscritas en el REMYPE, pues dicho registro recién comenzó a funcionar desde el 20 de octubre de 2008.

La demora del Ministerio de Trabajo en implementar el REMYPE no es responsabilidad de las empresas, cuyos trabajadores nuevos deben estar en el régimen laboral especial y no en el general, como se pretende, expresa el gremio empresarial.

Salud y pensiones

A más de 6 meses de vigencia de la ley MYPE, aún no se ha definido si el trabajador de la microempresa es o no asegurado obligatorio del sistema de pensiones.

Además, el sistema de subsidios establecidos en la ley MYPE – aporte del 50% al SIS y un máximo de 4% de la RMV en el caso de pensiones, subsidiados por el Estado – aún no se ha implementado a la fecha.

Por ello, las MYPE se ven obligadas a contratar a su personal pagando las aportaciones del régimen general, sin los presuntos beneficios que tanto publicitó la ley.

OSCE (ex CONSUCODE)

La nueva Ley de Contrataciones del Estado. Art. 9.º , señala que los requisitos de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores “no deberán constituir barreras contra la libre competencia”.

El INDECOPI ha establecido que el costo real por la inscripción en el RNP es de S/.70, sin embargo, a las microempresas se les cobra hasta S/.568 y a las pequeñas empresas hasta S/.2,130, en este último caso, se está cobrando 3,000% más.

Boletas de venta

Los microempresarios acogidos al RUS emiten boletas de venta que sólo permiten sustentar gastos en forma limitada (6% de lo comprado con facturas).

La boleta de venta, al no tener efectos tributarios, trunca la cadena productiva pues las empresas acogidas al RUS no pueden vender a otras empresas que les exigen factura, ni pueden realizar exportaciones directamente.

Debe reconocerse el 100% del gasto o costo tributario sustentado con boleta de venta e, incluso, permitir al pequeño contribuyente realizar exportaciones directamente.

Devolución de las retenciones y percepciones
Para solicitar la devolución de pagos en exceso, las pequeñas empresas deben esperar 3 meses, lo que origina falta de liquidez e inmovilización del capital de trabajo, pues los excesos de pago sólo se devuelven después de 6 u 8 meses en promedio.

El INDECOPI ha emitido 2 resoluciones estableciendo que la inmovilización del dinero por 3 meses constituye una traba burocrática ilegal, que hasta ahora no se corrige.

Por ello, el plazo de 3 meses debe eliminarse o reducirse a 1 mes, o se debe permitir la compensación automática de tributos, enfatiza la CCL.