Fiscalizarán entidades públicas que desacatan Ley del Silencio Administrativo
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que a partir de la segunda quincena de abril la Secretaría de Gestión Pública (SGP) de la Presidencia del Consejo de Ministros fiscalizará en las entidades públicas de los 3 niveles de gobierno, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 29060, Ley del Silencio Administrativo.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que a partir de la segunda quincena de abril la Secretaría de Gestión Pública (SGP) de la Presidencia del Consejo de Ministros fiscalizará en las entidades públicas de los 3 niveles de gobierno, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 29060, Ley del Silencio Administrativo.
Esta fiscalización se realizará en las entidades públicas de Lima y, en una segunda etapa, se efectuará a nivel nacional.
Como se sabe, la Ley del Silencio Administrativo —vigente desde el 04 de enero de 2008— obliga a las entidades públicas nacionales a modificar y adecuar los procedimientos contenidos en sus TUPA. Sin embargo, se ha constatado que la gran mayoría de entidades públicas no han adecuado sus procedimientos a las disposiciones de la nueva ley.
Lamentablemente, a nivel nacional el 65% de las entidades públicas, en especial municipalidades provinciales y distritales, siguen cobrando tasas sin sustento legal ni técnico, exigen requisitos e imponen sobrecostos ilegales e irracionales para obtener licencias, permisos y autorizaciones, que impiden el acceso y la permanencia de las empresas en el mercado, enfatiza el gremio empresarial.
Nuevo formato de Sustentación Legal y Técnica
El día de hoy se ha publicado en El Peruano la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N.º 001-2009-PCM/SGP, a través de la cual se dispone que las municipalidades podrán utilizar la metodología y formatos distintos a la Directiva N.º 001-95-INAP/DTSA hasta el 30 de setiembre de 2009, para fines de la sustentación legal y técnica de los procedimientos contenidos en sus TUPA, siempre que dichas metodologías y formatos hubieran sido aprobados con anterioridad a la publicación del D.S. N.º 079-2007-PCM (El Peruano, 08.09.2007).
La CCL espera que la SGP, la Contraloría y el INDECOPI publiquen la relación de entidades morosas e inicien los procesos de fiscalización y sanción a las entidades públicas que desacatan abiertamente la ley. Asimismo, se debe recordar que en aplicación de la Ley del Silencio Administrativo, los funcionarios que desacaten las disposiciones de dicha norma podrán ser sancionados e incluso suspendidos, enfatiza el gremio empresarial.
Finalmente, la Cámara de Comercio de Lima considera muy favorable para la formalización empresarial que el ministerio de la Producción elabore un TUPA modelo a fin de impulsar la simplificación administrativa, pues permitiría aplicar de manera adecuada la Ley de Simplificación Administrativa, la Ley de Licencia de Funcionamiento y la Ley de Silencio Administrativo Positivo.
Como se sabe, la Ley del Silencio Administrativo —vigente desde el 04 de enero de 2008— obliga a las entidades públicas nacionales a modificar y adecuar los procedimientos contenidos en sus TUPA. Sin embargo, se ha constatado que la gran mayoría de entidades públicas no han adecuado sus procedimientos a las disposiciones de la nueva ley.
Lamentablemente, a nivel nacional el 65% de las entidades públicas, en especial municipalidades provinciales y distritales, siguen cobrando tasas sin sustento legal ni técnico, exigen requisitos e imponen sobrecostos ilegales e irracionales para obtener licencias, permisos y autorizaciones, que impiden el acceso y la permanencia de las empresas en el mercado, enfatiza el gremio empresarial.
Nuevo formato de Sustentación Legal y Técnica
El día de hoy se ha publicado en El Peruano la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N.º 001-2009-PCM/SGP, a través de la cual se dispone que las municipalidades podrán utilizar la metodología y formatos distintos a la Directiva N.º 001-95-INAP/DTSA hasta el 30 de setiembre de 2009, para fines de la sustentación legal y técnica de los procedimientos contenidos en sus TUPA, siempre que dichas metodologías y formatos hubieran sido aprobados con anterioridad a la publicación del D.S. N.º 079-2007-PCM (El Peruano, 08.09.2007).
La CCL espera que la SGP, la Contraloría y el INDECOPI publiquen la relación de entidades morosas e inicien los procesos de fiscalización y sanción a las entidades públicas que desacatan abiertamente la ley. Asimismo, se debe recordar que en aplicación de la Ley del Silencio Administrativo, los funcionarios que desacaten las disposiciones de dicha norma podrán ser sancionados e incluso suspendidos, enfatiza el gremio empresarial.
Finalmente, la Cámara de Comercio de Lima considera muy favorable para la formalización empresarial que el ministerio de la Producción elabore un TUPA modelo a fin de impulsar la simplificación administrativa, pues permitiría aplicar de manera adecuada la Ley de Simplificación Administrativa, la Ley de Licencia de Funcionamiento y la Ley de Silencio Administrativo Positivo.