Ventas de Gas Natural del Lote 57
Perú: Verdades y Falacias de las Ofertas Públicas
Por: Jorge Manco Zaconetti (Investigador UNMSM y Consultor)
En verdad, en nuestro país las cosas ocurren al revés en materia energética, como el cangrejo, pues en junio empezará la exportación del gas natural proveniente del lote 56 ya que se están llenando los tanques, y no se tiene asegurado el abastecimiento interno, a pesar de las modestas subastas del gas natural proveniente del lote 88. Existe un grave malestar social que puede derivar en mayores conflictos ahora que estamos en un ciclo político de elecciones regionales, con una evidente crisis en el partido de gobierno (APRA) carcomido por el cáncer de la corrupción.
Perú: Verdades y Falacias de las Ofertas Públicas
Por: Jorge Manco Zaconetti (Investigador UNMSM y Consultor)
En verdad, en nuestro país las cosas ocurren al revés en materia energética, como el cangrejo, pues en junio empezará la exportación del gas natural proveniente del lote 56 ya que se están llenando los tanques, y no se tiene asegurado el abastecimiento interno, a pesar de las modestas subastas del gas natural proveniente del lote 88. Existe un grave malestar social que puede derivar en mayores conflictos ahora que estamos en un ciclo político de elecciones regionales, con una evidente crisis en el partido de gobierno (APRA) carcomido por el cáncer de la corrupción.
Herederos desde el 2004 de un lesivo contrato de exportación donde participan las mismas empresas que son accionistas en el lote 88 y el lote 56 (Consorcio Camisea), en el transporte de gas (TGP) y la exportación (Consorcio Perú LNG), donde será uno de sus miembros, la transnacional española Repsol/YPF la responsable de exportar el gas licuefactado del lote 56 a partir de junio próximo a precios menores a los vigentes en el mercado interno. Es más, si las diferencias ya eran evidentes con los precios regulados del gas proveniente del lote 88, estas serán más altas con la vigencia del D.S. Nº. 018-2010-EM norma promulgada por el gobierno el 6 de abril del presente año para ser aplicada ex profesamente con las reservas del lote 57.
Textualmente el artículo primero expresa que “Establézcase que a partir de la vigencia de la presente norma, los Productores de Gas Natural, una vez efectuada su declaración de descubrimiento comercial, deberán realizar ofertas públicas para la venta de Gas Natural de su propiedad”. Evidentemente el efecto económico más significativo serán los precios más altos para el gas natural proveniente del lote 57 que tiene como accionistas a Repsol/YPF (53.84%) y Petrobrás (46.16%).
Al respecto la única disposición transitoria señala que “El productor del lote 57 deberá realizar la oferta pública de los ciento cincuenta y cinco millones de pies cúbicos (155 MMPCD) de Gas Natural a que se comprometiera el Consorcio Camisea…” Es decir, se hace referencia al Plan de Acción presentado por el Consorcio al Ministerio de Energía y Minas con carta N.º PPC-CO-09-0334-GOB del 25 de agosto del 2009 mediante el cual PerúPetro renunció al estricto cumplimiento del contrato del lote 88, que aseguraba más de 2 trillones de pies cúbicos adicionales de gas natural para el mercado interno, lo cual hubiese significado poner a disposición del mercado interno mediante subasta no los modestos volúmenes de 80 MMPCD sino más de 280 millones de pies cúbicos diarios para un período de 20 años.
Es decir, las empresas eléctricas e industriales que operan en el mercado interno demandarán por el gas natural abonando “precios de competencia”, es decir pagarán precios más altos, lo cual sería conveniente para el fisco si las regalías del lote 57 fuesen del 37% y no de 5% como están establecidas en el contrato. Por tanto, ¡lo ancho para los privados y lo angosto para el Estado!
Sin embargo, la filosofía, naturaleza y los efectos del D.S. N.º 018-2010-EM debieran analizarse con mayor profundidad para resolver la encrucijada del sector energético de los próximos años. Para algunos voceros del sector empresarial este decreto lesiona con la ley de hidrocarburos respecto a la libre disponibilidad que tienen los contratistas con los hidrocarburos extraídos una vez abonadas las regalías al fisco. Es decir, con este decreto se estarían violentando los derechos de las empresas para disponer libremente de los hidrocarburos de su propiedad, lo cual podría tener consecuencias negativas para futuras inversiones.
Esta no deja de ser una cínica e interesada interpretación de las empresas pues el precio del gas natural del lote 57 será más alto respecto al precio regulado del lote 88 y mucho mayor al precio de boca de pozo del gas de exportación del lote 56 que fijado por la teoría del “Net Back Price” resultará una fracción respecto al gas del lote 57. Con el agravante de abonar una tasa entre el 5% al 20% de regalías si la producción alcanza volúmenes menores a los 100 mil barriles diarios de producción o su equivalente en millones de pies cúbicos.
En principio, desde hace tiempo hemos demandado superar la seria distorsión de los precios relativos del gas natural proveniente de Camisea lote 88 con precios regulados frente a otros energéticos. Con precios extremadamente bajos se abarata artificialmente los costos de producción de las generadoras eléctricas sobre todo de ciclo simple lo que determina un consumo irracional, y explica en parte la fuerte demanda insatisfecha de este energético de parte de algunas empresas eléctricas e industriales. Así, por ejemplo la subasta convocada por Pluspetrol Perú Corporation en el primer trimestre del año por 80 millones de pies cúbicos diarios ha demostrado que lo ofertado es absolutamente insatisfactorio.
En ese sentido la oferta pública significaría en teoría una intervención en el mecanismo de mercado por el cual se obliga a las empresas que necesitan gas a competir por el abastecimiento, y el precio reflejará “la escasez o abundancia relativa” del gas natural en la filosofía marginalista o neoclásica, lo cual obligaría a los consumidores a un consumo racional y a dotar a las empresas productoras el estímulo de mercado para descubrir más reservas en nuevos yacimientos.
Se supone que con precios más elevados fijados por el mercado no debiera reproducirse el “síndrome argentino” que teniendo importantes reservas de gas natural, y apostando a la exportación hacia Chile como negocio privado experimentó una crisis energética que hasta ahora no es superada. Así, por los precios regulados se desestimuló la inversión exploratoria como una forma de presionar en el tiempo al incremento de los precios del gas en el mercado interno. La lección de dicho país que de exportador en los años noventa vio colapsar su modelo exportador para priorizar el mercado interno al margen de los contratos privados firmados. Así, desde el 2004 importa crecientes volúmenes de gas natural desde Bolivia, con fuertes restricciones en su matriz energética.
En tal sentido, a mi parecer es correcta la intervención del Estado para promover “precios de mercado” mediante las ofertas públicas de gas natural para satisfacer la demanda insatisfecha. Ello debiera significar mayores ingresos y utilidades para los accionistas de las empresas. Sin embargo, si ello no va de mano con una agresiva actividad exploratoria para reponer las reservas consumidas ni con ganancias fiscales por medio de mayores regalías e impuestos para financiar el canon gasífero, estaríamos favoreciendo concretamente a dos empresas gigantes del sector de hidrocarburos: Repsol/YPF y Petrobrás, lo cual no resultaría consistente en el tiempo por la posibilidad de mayores conflictos sociales.
PROPUESTA
Por tanto, a nivel de propuesta sería conveniente para el país, para las propias empresas, las regiones y consumidores repensar estos planteamientos con la finalidad de asegurar el abastecimiento seguro a precios razonables del mercado interno, al margen de extremismos populistas y de los abusos de mercado de privilegiadas empresas:
1.- Extender los volúmenes de gas natural provenientes del lote 88 para el mercado interno mediante el proceso de ofertas públicas como un mecanismo de “sinceramiento” del precio del gas natural. Un precio extremadamente barato desincentiva la inversión exploratoria necesaria para reponer las reservas, distorsiona la inversión en otras fuentes energéticas, por ejemplo la construcción de centrales hídricas, y un precio excesivamente elevado resta competitividad a la industria y a la economía en general. El precio del gas natural Henry Hub vigente en Norteamérica es solamente un referente, el precio en Chile es un precio de necesidad.
2.- Se debe encontrar una salida de mercado para el gas natural licuefactado proveniente del lote 56 destinado a la exportación supuestamente hacia México por parte de Repsol/YPF. En la medida que la Planta Regasificadora de Manzanillo en México no estará operativa hasta fines del 2011, sería conveniente que parte de dichos volúmenes por lo menos 200 millones de pies cúbicos diarios sean comercializados en el mercado interno para cubrir la demanda real de las empresas mediante la metodología de ofertas públicas con una renegociación en las regalías a favor del fisco.
3.- Resulta inaceptable que se tengan que exportar las reservas de gas natural proveniente del lote 56 a precios menores a los vigentes en el mercado interno y pagar “precios de mercado” por el gas natural del lote 57 donde Repsol/YPF es el principal accionista. No tiene lógica exportar reservas de un lote como el 56 donde el Consorcio Camisea no asumió riesgos en la exploración, pues las reservas fueron descubiertas por la Shell hace más de 20 años al margen de las irregularidades contractuales.
A ello debiera agregarse el agravante que el gaseoducto en el tramo de la selva que utiliza indebidamente Perú LNG para la exportación ha sido financiado por todos los peruanos mediante la Garantía de Red Principal desde agosto del 2002. Este es un punto importante para renegociar mayores volúmenes para el mercado interno con el gas del lote 56.
4.- Se debe tener una política de precios coherente, razonable frente a fuentes energéticas de recursos naturales no renovables como el gas natural, donde existe una grave disparidad en los precios. Por un lado, los precios del gas asociado de los campos maduros de Talara que alcanzan hasta precios de 7 dólares el millón de BTU en una negociación entre productores y demandantes. Así, el gas natural húmedo que proviene del Z-2B (Savia Perú) se vende a los privados a 5.98 dólares el millón de BTU.
Se tienen además los precios regulados del gas 88 excesivamente baratos que para la generación eléctrica no superan los 1.76 dólares por millón de BTU en boca de pozo. El mismo precio regulado para el consumo industrial supera los 2.76 dólares por millón de BTU, y por último se tiene el precio para la petroquímica que está indexado a los precios internacionales de la úrea.
También existen los precios del gas para la exportación. Aquí, los precios son más bajos si se considera el precio para la fijación de regalías como el gas del lote 56 de exportación que se cotizan por debajo de los 0.63 centavos de dólar por millón de BTU. Por último, se tendrían los precios del gas natural provenientes de las subastas y ofertas públicas de gas natural que por ahora no conocemos su valor.
En verdad, con la fuerte presencia de empresas como Pluspetrol Camisea, y su empresa vinculada como Repsol/YPF, se constata un alto grado de concentración y poder de mercado donde debiera revisarse la teoría en la fijación de los precios del gas natural. En tal sentido, el Estado no puede ni debe renunciar a la titularidad sobre los recursos naturales, con el objetivo de asegurar el abastecimiento del mercado interno en el corto, mediano y largo plazo, con una energética regulación en y del mercado. De lo contrario Evo Morales está a la vuelta de la esquina.
Visítenos en: www.mancozaconetti.com y también: http://kuraka.blogspot.com
Textualmente el artículo primero expresa que “Establézcase que a partir de la vigencia de la presente norma, los Productores de Gas Natural, una vez efectuada su declaración de descubrimiento comercial, deberán realizar ofertas públicas para la venta de Gas Natural de su propiedad”. Evidentemente el efecto económico más significativo serán los precios más altos para el gas natural proveniente del lote 57 que tiene como accionistas a Repsol/YPF (53.84%) y Petrobrás (46.16%).
Al respecto la única disposición transitoria señala que “El productor del lote 57 deberá realizar la oferta pública de los ciento cincuenta y cinco millones de pies cúbicos (155 MMPCD) de Gas Natural a que se comprometiera el Consorcio Camisea…” Es decir, se hace referencia al Plan de Acción presentado por el Consorcio al Ministerio de Energía y Minas con carta N.º PPC-CO-09-0334-GOB del 25 de agosto del 2009 mediante el cual PerúPetro renunció al estricto cumplimiento del contrato del lote 88, que aseguraba más de 2 trillones de pies cúbicos adicionales de gas natural para el mercado interno, lo cual hubiese significado poner a disposición del mercado interno mediante subasta no los modestos volúmenes de 80 MMPCD sino más de 280 millones de pies cúbicos diarios para un período de 20 años.
Es decir, las empresas eléctricas e industriales que operan en el mercado interno demandarán por el gas natural abonando “precios de competencia”, es decir pagarán precios más altos, lo cual sería conveniente para el fisco si las regalías del lote 57 fuesen del 37% y no de 5% como están establecidas en el contrato. Por tanto, ¡lo ancho para los privados y lo angosto para el Estado!
Sin embargo, la filosofía, naturaleza y los efectos del D.S. N.º 018-2010-EM debieran analizarse con mayor profundidad para resolver la encrucijada del sector energético de los próximos años. Para algunos voceros del sector empresarial este decreto lesiona con la ley de hidrocarburos respecto a la libre disponibilidad que tienen los contratistas con los hidrocarburos extraídos una vez abonadas las regalías al fisco. Es decir, con este decreto se estarían violentando los derechos de las empresas para disponer libremente de los hidrocarburos de su propiedad, lo cual podría tener consecuencias negativas para futuras inversiones.
Esta no deja de ser una cínica e interesada interpretación de las empresas pues el precio del gas natural del lote 57 será más alto respecto al precio regulado del lote 88 y mucho mayor al precio de boca de pozo del gas de exportación del lote 56 que fijado por la teoría del “Net Back Price” resultará una fracción respecto al gas del lote 57. Con el agravante de abonar una tasa entre el 5% al 20% de regalías si la producción alcanza volúmenes menores a los 100 mil barriles diarios de producción o su equivalente en millones de pies cúbicos.
En principio, desde hace tiempo hemos demandado superar la seria distorsión de los precios relativos del gas natural proveniente de Camisea lote 88 con precios regulados frente a otros energéticos. Con precios extremadamente bajos se abarata artificialmente los costos de producción de las generadoras eléctricas sobre todo de ciclo simple lo que determina un consumo irracional, y explica en parte la fuerte demanda insatisfecha de este energético de parte de algunas empresas eléctricas e industriales. Así, por ejemplo la subasta convocada por Pluspetrol Perú Corporation en el primer trimestre del año por 80 millones de pies cúbicos diarios ha demostrado que lo ofertado es absolutamente insatisfactorio.
En ese sentido la oferta pública significaría en teoría una intervención en el mecanismo de mercado por el cual se obliga a las empresas que necesitan gas a competir por el abastecimiento, y el precio reflejará “la escasez o abundancia relativa” del gas natural en la filosofía marginalista o neoclásica, lo cual obligaría a los consumidores a un consumo racional y a dotar a las empresas productoras el estímulo de mercado para descubrir más reservas en nuevos yacimientos.
Se supone que con precios más elevados fijados por el mercado no debiera reproducirse el “síndrome argentino” que teniendo importantes reservas de gas natural, y apostando a la exportación hacia Chile como negocio privado experimentó una crisis energética que hasta ahora no es superada. Así, por los precios regulados se desestimuló la inversión exploratoria como una forma de presionar en el tiempo al incremento de los precios del gas en el mercado interno. La lección de dicho país que de exportador en los años noventa vio colapsar su modelo exportador para priorizar el mercado interno al margen de los contratos privados firmados. Así, desde el 2004 importa crecientes volúmenes de gas natural desde Bolivia, con fuertes restricciones en su matriz energética.
En tal sentido, a mi parecer es correcta la intervención del Estado para promover “precios de mercado” mediante las ofertas públicas de gas natural para satisfacer la demanda insatisfecha. Ello debiera significar mayores ingresos y utilidades para los accionistas de las empresas. Sin embargo, si ello no va de mano con una agresiva actividad exploratoria para reponer las reservas consumidas ni con ganancias fiscales por medio de mayores regalías e impuestos para financiar el canon gasífero, estaríamos favoreciendo concretamente a dos empresas gigantes del sector de hidrocarburos: Repsol/YPF y Petrobrás, lo cual no resultaría consistente en el tiempo por la posibilidad de mayores conflictos sociales.
PROPUESTA
Por tanto, a nivel de propuesta sería conveniente para el país, para las propias empresas, las regiones y consumidores repensar estos planteamientos con la finalidad de asegurar el abastecimiento seguro a precios razonables del mercado interno, al margen de extremismos populistas y de los abusos de mercado de privilegiadas empresas:
1.- Extender los volúmenes de gas natural provenientes del lote 88 para el mercado interno mediante el proceso de ofertas públicas como un mecanismo de “sinceramiento” del precio del gas natural. Un precio extremadamente barato desincentiva la inversión exploratoria necesaria para reponer las reservas, distorsiona la inversión en otras fuentes energéticas, por ejemplo la construcción de centrales hídricas, y un precio excesivamente elevado resta competitividad a la industria y a la economía en general. El precio del gas natural Henry Hub vigente en Norteamérica es solamente un referente, el precio en Chile es un precio de necesidad.
2.- Se debe encontrar una salida de mercado para el gas natural licuefactado proveniente del lote 56 destinado a la exportación supuestamente hacia México por parte de Repsol/YPF. En la medida que la Planta Regasificadora de Manzanillo en México no estará operativa hasta fines del 2011, sería conveniente que parte de dichos volúmenes por lo menos 200 millones de pies cúbicos diarios sean comercializados en el mercado interno para cubrir la demanda real de las empresas mediante la metodología de ofertas públicas con una renegociación en las regalías a favor del fisco.
3.- Resulta inaceptable que se tengan que exportar las reservas de gas natural proveniente del lote 56 a precios menores a los vigentes en el mercado interno y pagar “precios de mercado” por el gas natural del lote 57 donde Repsol/YPF es el principal accionista. No tiene lógica exportar reservas de un lote como el 56 donde el Consorcio Camisea no asumió riesgos en la exploración, pues las reservas fueron descubiertas por la Shell hace más de 20 años al margen de las irregularidades contractuales.
A ello debiera agregarse el agravante que el gaseoducto en el tramo de la selva que utiliza indebidamente Perú LNG para la exportación ha sido financiado por todos los peruanos mediante la Garantía de Red Principal desde agosto del 2002. Este es un punto importante para renegociar mayores volúmenes para el mercado interno con el gas del lote 56.
4.- Se debe tener una política de precios coherente, razonable frente a fuentes energéticas de recursos naturales no renovables como el gas natural, donde existe una grave disparidad en los precios. Por un lado, los precios del gas asociado de los campos maduros de Talara que alcanzan hasta precios de 7 dólares el millón de BTU en una negociación entre productores y demandantes. Así, el gas natural húmedo que proviene del Z-2B (Savia Perú) se vende a los privados a 5.98 dólares el millón de BTU.
Se tienen además los precios regulados del gas 88 excesivamente baratos que para la generación eléctrica no superan los 1.76 dólares por millón de BTU en boca de pozo. El mismo precio regulado para el consumo industrial supera los 2.76 dólares por millón de BTU, y por último se tiene el precio para la petroquímica que está indexado a los precios internacionales de la úrea.
También existen los precios del gas para la exportación. Aquí, los precios son más bajos si se considera el precio para la fijación de regalías como el gas del lote 56 de exportación que se cotizan por debajo de los 0.63 centavos de dólar por millón de BTU. Por último, se tendrían los precios del gas natural provenientes de las subastas y ofertas públicas de gas natural que por ahora no conocemos su valor.
En verdad, con la fuerte presencia de empresas como Pluspetrol Camisea, y su empresa vinculada como Repsol/YPF, se constata un alto grado de concentración y poder de mercado donde debiera revisarse la teoría en la fijación de los precios del gas natural. En tal sentido, el Estado no puede ni debe renunciar a la titularidad sobre los recursos naturales, con el objetivo de asegurar el abastecimiento del mercado interno en el corto, mediano y largo plazo, con una energética regulación en y del mercado. De lo contrario Evo Morales está a la vuelta de la esquina.
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