No sucedió en el Perú
Por Humberto Campodónico
El escándalo de los petroaudios hace buen tiempo que duerme en el Poder Judicial, lo que motiva la protesta de algunos medios y la indignación de la población. Algo parecido pasa con la venta de Petro Tech (que también está implicada en los petroaudios) a la estatal colombiana Ecopetrol y la surcoreana SK. El informe de la Comisión Peralta del Congreso, dado a conocer hace dos semanas, mereció algunas notas periodísticas y artículos de opinión y ahí quedó la cosa. No se sabe cuándo se debatirá en el Pleno del Congreso.
Por Humberto Campodónico
El escándalo de los petroaudios hace buen tiempo que duerme en el Poder Judicial, lo que motiva la protesta de algunos medios y la indignación de la población. Algo parecido pasa con la venta de Petro Tech (que también está implicada en los petroaudios) a la estatal colombiana Ecopetrol y la surcoreana SK. El informe de la Comisión Peralta del Congreso, dado a conocer hace dos semanas, mereció algunas notas periodísticas y artículos de opinión y ahí quedó la cosa. No se sabe cuándo se debatirá en el Pleno del Congreso.
Una de las conclusiones es que la venta de Petro Tech en EE. UU. por US$ 900 millones no cumplió con lo establecido en el contrato de 1993, por lo cual se debió pagar el impuesto a la ganancia de capital en el Perú. La Comisión Peralta establece que el monto que se debe recibir por ese impuesto es de US$ 270 millones.
Los nuevos dueños de Petro Tech afirman que el pago no procede porque no existe legislación vigente sobre ventas de empresas peruanas en el extranjero. Esto se “demostraría” con la afirmación del ministro Carranza de que recién se va a mandar al Congreso un proyecto de ley para que —la próxima vez— sí se tenga que pagar impuesto a las ganancias de capital en el Perú (son ya varias veces que nos han hecho cholitos, ver www.cristaldemira.com, 28/10/08 y 09/02/09).
Lo que quiere decir que ya no hay nada que hacer y los peruanos tenemos que olvidarnos de esos 270 millones de dólares (la cantidad de hospitales y colegios que se podrían hacer con ese dinero).
Pero no fue eso lo que pasó en Chile en el 2002, con un caso similar. Ese año Exxon Mobil anunció que vendería a Anglo American la mina chilena Disputada de Las Condes en el paraíso financiero del Gran Caimán por un monto de US$ 1,300 millones. Las críticas fueron intensas porque Exxon Mobil no había pagado impuesto a la renta por muchos años.
Como en Chile no existía legislación sobre la venta de empresas en el extranjero, no se pagaría impuesto a la ganancia de capital, el mismo que se estimó en US$ 300 millones. Según una revista chilena, esta fue la reacción del Presidente Lagos: “Yo no puedo aceptar que una mina de nuestro país se venda en una transacción en una islita donde no se pagan impuestos. Eso no lo acepta EE. UU. tampoco, que es el lugar donde entiendo esta empresa tiene sus oficinas principales. De esta forma, el jefe de Estado mostró la irritación que causó en el gobierno la forma en que se estructuró la venta de Disputada de Las Condes, hoy en manos de Exxon Mobil, la cual fue pensada originalmente para concretarse en el exterior” (1).
Comenzó así una dura batalla de largos meses. Exxon Mobil usó todos sus contactos en EE. UU. e incluso se llegó a decir que el gobierno de EE. UU. no seguiría adelante en las negociaciones del TLC con Chile. Pero la posición de Lagos no varió.
Finalmente, en setiembre se llegó a un acuerdo: Exxon Mobil accedió vender Disputada en Chile, con el correspondiente pago de impuesto a la ganancia de capital. En noviembre del 2002, el Congreso de Chile aprobó la Ley 19.840, que en su artículo 1ero establece el impuesto a la ganancia de capital a pagarse en Chile para toda empresa chilena que se venda en el extranjero.
Eso no sucede en el Perú. El señor William Kallop, ex dueño de la Petro Tech super tramposa (cuyo contrato debió ser rescindido, desde nuestro punto de vista, y las instalaciones pasar a Petroperú), que es quien debería pagar el impuesto a la ganancia de capital en el Perú lo ha pagado en EE. UU. Aquí, el Presidente no se indigna con la venta (que pudo haber parado, de haber tenido voluntad política) y le pasa la pelota a una Comisión Investigadora de la venta, que después es ignorada.
No solo eso, los defensores criollos de Petro Tech recurren a argumentos legalistas para que no se pague en el Perú el impuesto a las ganancias de capital por US$ 270 millones. Increíble. Por lo expuesto, queda claro que no hay coincidencia con lo sucedido en estos dos países en casos similares. Salvo peor parecer.
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(1) Ver la reseña completa de la disputa en:
http://www.quepasa.cl/medio/articulo/0,0,3255_5714_1597415,00.html
http://www.quepasa.cl/medio/articulo/0,0,3255_5676_1595619,00.html
Todos los artículos del autor pueden ser leídos en: www.cristaldemira.com
Los nuevos dueños de Petro Tech afirman que el pago no procede porque no existe legislación vigente sobre ventas de empresas peruanas en el extranjero. Esto se “demostraría” con la afirmación del ministro Carranza de que recién se va a mandar al Congreso un proyecto de ley para que —la próxima vez— sí se tenga que pagar impuesto a las ganancias de capital en el Perú (son ya varias veces que nos han hecho cholitos, ver www.cristaldemira.com, 28/10/08 y 09/02/09).
Lo que quiere decir que ya no hay nada que hacer y los peruanos tenemos que olvidarnos de esos 270 millones de dólares (la cantidad de hospitales y colegios que se podrían hacer con ese dinero).
Pero no fue eso lo que pasó en Chile en el 2002, con un caso similar. Ese año Exxon Mobil anunció que vendería a Anglo American la mina chilena Disputada de Las Condes en el paraíso financiero del Gran Caimán por un monto de US$ 1,300 millones. Las críticas fueron intensas porque Exxon Mobil no había pagado impuesto a la renta por muchos años.
Como en Chile no existía legislación sobre la venta de empresas en el extranjero, no se pagaría impuesto a la ganancia de capital, el mismo que se estimó en US$ 300 millones. Según una revista chilena, esta fue la reacción del Presidente Lagos: “Yo no puedo aceptar que una mina de nuestro país se venda en una transacción en una islita donde no se pagan impuestos. Eso no lo acepta EE. UU. tampoco, que es el lugar donde entiendo esta empresa tiene sus oficinas principales. De esta forma, el jefe de Estado mostró la irritación que causó en el gobierno la forma en que se estructuró la venta de Disputada de Las Condes, hoy en manos de Exxon Mobil, la cual fue pensada originalmente para concretarse en el exterior” (1).
Comenzó así una dura batalla de largos meses. Exxon Mobil usó todos sus contactos en EE. UU. e incluso se llegó a decir que el gobierno de EE. UU. no seguiría adelante en las negociaciones del TLC con Chile. Pero la posición de Lagos no varió.
Finalmente, en setiembre se llegó a un acuerdo: Exxon Mobil accedió vender Disputada en Chile, con el correspondiente pago de impuesto a la ganancia de capital. En noviembre del 2002, el Congreso de Chile aprobó la Ley 19.840, que en su artículo 1ero establece el impuesto a la ganancia de capital a pagarse en Chile para toda empresa chilena que se venda en el extranjero.
Eso no sucede en el Perú. El señor William Kallop, ex dueño de la Petro Tech super tramposa (cuyo contrato debió ser rescindido, desde nuestro punto de vista, y las instalaciones pasar a Petroperú), que es quien debería pagar el impuesto a la ganancia de capital en el Perú lo ha pagado en EE. UU. Aquí, el Presidente no se indigna con la venta (que pudo haber parado, de haber tenido voluntad política) y le pasa la pelota a una Comisión Investigadora de la venta, que después es ignorada.
No solo eso, los defensores criollos de Petro Tech recurren a argumentos legalistas para que no se pague en el Perú el impuesto a las ganancias de capital por US$ 270 millones. Increíble. Por lo expuesto, queda claro que no hay coincidencia con lo sucedido en estos dos países en casos similares. Salvo peor parecer.
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(1) Ver la reseña completa de la disputa en:
http://www.quepasa.cl/medio/articulo/0,0,3255_5714_1597415,00.html
http://www.quepasa.cl/medio/articulo/0,0,3255_5676_1595619,00.html
Todos los artículos del autor pueden ser leídos en: www.cristaldemira.com