El remedio sería peor que la enfermedad
¿Nacionalización de los hidrocarburos?
Por Jorge Manco Zaconetti (Investigador UNMSM y Consultor)
Seguramente con la mejor intención del mundo el presidente regional del Cusco demanda la nacionalización del gas de Camisea para asegurar el abastecimiento del mercado interno. En sus palabras afirma que “Si no hay reservas de gas para el mercado interno hay que hablar de la nacionalización del gas. Las condiciones en las cuales se opera son desfavorables para el país. Si vamos a priorizar el mercado externo y no el interno, estamos hablando de otros intereses y ha llegado el momento de defender el gas para los peruanos.” La República 15/08/09
Seguramente con la mejor intención del mundo el presidente regional del Cusco demanda la nacionalización del gas de Camisea para asegurar el abastecimiento del mercado interno. En sus palabras afirma que “Si no hay reservas de gas para el mercado interno hay que hablar de la nacionalización del gas. Las condiciones en las cuales se opera son desfavorables para el país. Si vamos a priorizar el mercado externo y no el interno, estamos hablando de otros intereses y ha llegado el momento de defender el gas para los peruanos.” La República 15/08/09
En principio, coincido con la preocupación patriótica de la autoridad regional en cuanto asegurar prioritariamente el abastecimiento del gas natural para el mercado interno, de apostar por la integración gasífera sobre todo del Macro Sur peruano, el de asegurar a las empresas y consumidores un energético limpio como el gas natural a precios razonables con un consumo eficiente. Mas ¿qué se debe hacer al respecto?
Sin embargo, cabe preguntarse: ¿Es necesario nacionalizar el gas de Camisea y por extensión todos los hidrocarburos en el Perú para alcanzar tales objetivos? En principio creemos que no es necesario llegar a tales extremos en razón que el Estado es el titular, el propietario de los recursos naturales, y adicionalmente porque no somos un gran productor de petróleo, ni de gas, en tal sentido, una medida de esa naturaleza ahuyentaría la inversión privada sobre todo la inversión de riesgo.
Por el contrario, somos altamente dependientes del petróleo y del diesel importado. Se debe reconocer que de cada tres barriles de crudo que se procesan en el Perú, dos barriles son importados y solamente uno es producido internamente. Al respecto ver el artículo relacionado de mi autoría “PERÚ: DÉBIL ACTIVIDAD EXPLORATORIA (1985-2009)”
http://kuraka.blogspot.com/2009/08/peru-debil-actividad-exploratoria-1985.html
En tal sentido no tendría lógica nacionalizar un sector productivo que requiere fuertes inversiones de riesgo, y donde somos altamente dependientes. No es el caso de Venezuela, México, Colombia y el mismo Ecuador que son autosuficientes y mantienen fuertes empresas estatales.
En el caso del gas natural de Camisea proveniente del lote 88 debiera existir el reconocimiento que constituye nuestra garantía para el abastecimiento seguro y oportuno, es decir de nuestra autosuficiencia gasífera en los próximos 20 años. Pero se requiere incentivar y promover la inversión de riesgo que se estima por el número de los pozos perforados de exploración. En cuanto a las reservas de gas natural y líquidos de gas natural destinados originalmente para la exportación del lote 56 siempre hemos sostenido que dicho proyecto debe “caminar con sus propias reservas”, y lo que se debe renegociar al respecto es la determinación de las regalías.
En su conjunto de los 8.8 trillones de reservas probadas de gas natural menos de 2 trillones corresponden al lote 56 y el resto pertenecen al lote 88. En un escenario conservador, con el crecimiento explosivo de la demanda, con los nuevos operadores térmicos a gas natural, las industrias que solicitan abastecimiento de gas, la petroquímica, el gaseoducto sur andino, el crecimiento del parque automotor y consumo residencial, etc., en total se requiere en los próximos años por lo menos 6 trillones de pies cúbicos según estimados de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH). De allí, la necesidad de promover la inversión exploratoria para descubrir nuevas reservas. En tal sentido, debemos asumir el concepto de las reservas probadas como un concepto dinámico en el tiempo, ello exige y supone mayor actividad exploratoria. ¡Todo lo demás es verso!
Se presume que en el Gran Camisea lotes 88, 56, 57 y 58 existirían más de 20 trillones de pies cúbicos de reservas posibles y probables que necesitan ser confirmados con inversiones de riesgo, que se estima por el número de pozos exploratorios perforados: ¡De allí el imperativo de promover la inversión de riesgo!
LOS HIDROCARBUROS SON DEL ESTADO
En primer lugar, todos debiéramos recordar que los hidrocarburos en el Perú, “in situ”, es decir en el subsuelo, “son propiedad del Estado” así lo dispone el art. 8 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos Nº 26221. En el mismo sentido el artículo primero de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales Nº 26821, señala que “La presente Ley Orgánica norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en tanto constituyen patrimonio de la Nación…”
Por tanto, no tiene sentido nacionalizar el gas de Camisea, es decir, los recursos naturales como el gas natural y los líquidos de gas natural son ya propiedad del Estado y patrimonio de la Nación. Esta distinción es muy importante, pues los recursos naturales son propiedad del Estado que son transferidos a los privados bajo determinadas condiciones en una economía social de mercado, nos guste o no.
En el caso de los hidrocarburos, petróleo crudo, gas natural y líquidos de gas natural el Estado a través de la empresa estatal PerúPetro transfiere a los privados la posesión, uso y usufructo de los hidrocarburos mediante el abono de las llamadas regalías en el caso de los contratos de licencia o regalías equivalentes en el caso de los contratos de servicios. Es decir, el Estado transfiere la propiedad a las empresas que explotan los hidrocarburos a cambio del abono de las regalías.
Esta cuestión es muy importante en razón que no somos un país petrolero sin embargo todas las empresas de hidrocarburos que están en la fase explotación asumen el pago de las regalías. En cambio somos un país líder a nivel mundial en la producción minera y las empresas de la gran minería con la excepción de Southern Perú Copper, no abonan las llamadas regalías mineras.
Es pertinente señalar que no somos un país petrolero pero todas las empresas en la fase de explotación abonan regalías que en promedio son el 30% del valor de la producción y que se deducen como gastos. En el caso de Camisea, la regalía vigente por el gas natural en el lote 88 es del 37.24%, Petro Tech en el lote Z-2B paga al Estado una regalía equivalente del 15%, mientras Petrobrás que explota el lote X abona una regalía superior al 35%, Petrolera Monterrico que administra el lote II paga una tasa del 50%, y BPZ que opera el lote Z-1 frente a Tumbes abona un 5% por concepto de regalía.
En tal sentido, sea cual fuere los niveles de las tasas de regalías pactadas mediante los contratos firmados con PerúPetro, los hidrocarburos son propiedad del Estado hasta el punto de fiscalización donde se valorizan los hidrocarburos y en función a dichos valores el Estado capta las regalías pagadas por las empresas.
Por tanto, más que nacionalizar lo que por derecho es de todos los peruanos, lo que debemos es renegociar algunos contratos donde las regalías pactadas son extremadamente bajas como sería el caso del lote 56 (Pagoreni) donde las regalías por obtener, a los precios internacionales del gas natural que sería exportado representaría una fracción de las regalías que se perciben actualmente por el consumo del gas en el mercado interno, sea en la generación eléctrica como en el consumo industrial.
Sin embargo el rol del Estado no termina con la percepción de las regalías, también preserva el abastecimiento del mercado interno. Así, en lo referente a la prioridad que tiene el mercado interno se tiene que cumplir el espíritu de la Ley Nº 27133 Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural que en el artículo cuarto de la ley referido a los procedimientos adicionales para la explotación de reservas probadas de gas natural, donde en el inciso a) se expresa que “En todos los casos el otorgamiento de derechos de explotación de reservas probadas de gas natural, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: Garantizar el abastecimiento al mercado nacional de gas natural, por un período mínimo definido en el Contrato “ ¡Esto sigue vigente legalmente!
Por ello, el Gobierno actual tiene la obligación moral y legal de corregir los entuertos, anomalías, bellaquerías que estuvieron detrás de los cambios en el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural DS Nº 040-99-EM, y reponer el horizonte permanente de 20 años para garantizar el abastecimiento del mercado interno, donde se decía: “De acuerdo con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 4º de la ley “Se considera garantizado el abastecimiento de Gas Natural al mercado nacional, cuando las reservas probadas del Productor alcancen para abastecer la demanda futura, determinada según lo señalado en el Contrato, para un periodo mínimo definido en el Contrato de otorgamiento de derechos de explotación de las reservas probadas de Gas Natural, el cual no podrá ser menor a un horizonte permanente de 20 años. El productor podrá incrementar sus reservas adicionando las obtenidas en nuevos yacimientos.”
Así, antes que pensar en una nacionalización de los hidrocarburos que sería extremadamente cara para todos los peruanos por las múltiples ataduras, sanciones y condicionalidades que nos impone el sistema financiero, los organismos multilaterales como el FMI, el Banco Mundial, el BID en los distintos convenios firmados de seguridad a la inversión privada nacional e internacional.
LAS REGALÍAS DE CAMISEA
En el caso de Camisea se debe tener presente que las regalías que percibe el Estado están explicadas en lo fundamental por la producción, uso y consumo de los líquidos de gas natural, que mayormente se consumen en el mercado interno como gas licuado de petróleo (GLP), nafta que se exportan, y algo de diesel. Así, para el 2008 del valor bruto de la producción de Camisea lote 88 y 56, un 87% del valor proviene del consumo de los líquidos de gas natural, y solamente un 13% resultan explicados por los ingresos de la producción fiscalizada de gas natural.
Ello se explica por los precios regulados del gas natural producto de la renegociación con la empresa Pluspetrol Camisea llevada a cabo en el segundo semestre del 2006 referente a la determinación del precio del gas natural que estaban “atados” a los precios internacionales de los petróleos industriales. En tal sentido esta nueva determinación del precio en el gas natural ha sido un cambio más al contrato original firmado en el 2001. De otro lado, el precio de los líquidos de gas natural de donde proviene el grueso de las regalías tienen referentes internacionales en cuanto a una canasta de crudos.
Por tanto, una renegociación de las regalías en especial las provenientes por la producción del lote 88, debe tener como objetivo sincerar los precios del gas natural excesivamente baratos con lo cual se está “subsidiando” a las empresas eléctricas, e industriales y promoviendo el consumo irracional del gas natural, quemándolo en plantas eléctricas a gas natural de ciclo simple con un factor de eficiencia de sólo 30%.
A ello debiera agregarse la necesaria renegociación contractual que debiera hacerse por los contratos firmados en los lotes 57 y 58 donde los titulares son Repsol/YPF y Petrobrás respectivamente. Se debe tener presente que las regalías pactadas al amparo del decreto supremo DS 017-2003 son del orden del 5%, mientras los precios del gas natural tendrán referentes internacionales, es decir, se regirán por el marcador de precios Henry Hub. En otras palabras el gas barato de los lotes 88 y 56 coexistirá con el gas caro de los lotes 57 y 58 que abonarán mínimas regalías afectando a futuro el canon gasífero para el Cusco.
Sin embargo, en la actualidad a pesar de los bajos precios del gas natural fiscalizado, el precio de los líquidos determina que las regalías que percibe el fisco por Camisea tenga una relevancia fundamental en términos relativos.
Así, se puede observar la participación en el cuadro “Aporte de los Lotes 88 y 56 en los Ingresos por Regalías Hidrocarburíferas para el Fisco”. Estas han transitado de los 589 millones de dólares en el 2005 a más de 1,217 millones de dólares en el 2008 y al primer semestre del presente año suman los 355 millones. De ese total las regalías percibidas por Camisea han representado más 33% entre el 2005 y el 2008. Es más, al primer semestre del 2009 resultan equivalentes al 52% del total de regalías percibidas por el Fisco a través de PerúPetro. Por ello, con esta participación porcentual de regalías ¿Es necesaria la nacionalización?
Si a esta participación e importancia de las regalías obtenidas por los lotes 88 y 56, se suman las fuertes inversiones privadas realizadas más el abono del impuesto a la renta que realizan las empresas involucradas tenemos una participación y contribución fiscal mayor. Por ello, una nacionalización del Gas de Camisea podría ser contraproducente, algo así como que el “remedio sería peor que la enfermedad”.
Sin embargo, cabe preguntarse: ¿Es necesario nacionalizar el gas de Camisea y por extensión todos los hidrocarburos en el Perú para alcanzar tales objetivos? En principio creemos que no es necesario llegar a tales extremos en razón que el Estado es el titular, el propietario de los recursos naturales, y adicionalmente porque no somos un gran productor de petróleo, ni de gas, en tal sentido, una medida de esa naturaleza ahuyentaría la inversión privada sobre todo la inversión de riesgo.
Por el contrario, somos altamente dependientes del petróleo y del diesel importado. Se debe reconocer que de cada tres barriles de crudo que se procesan en el Perú, dos barriles son importados y solamente uno es producido internamente. Al respecto ver el artículo relacionado de mi autoría “PERÚ: DÉBIL ACTIVIDAD EXPLORATORIA (1985-2009)”
http://kuraka.blogspot.com/2009/08/peru-debil-actividad-exploratoria-1985.html
En tal sentido no tendría lógica nacionalizar un sector productivo que requiere fuertes inversiones de riesgo, y donde somos altamente dependientes. No es el caso de Venezuela, México, Colombia y el mismo Ecuador que son autosuficientes y mantienen fuertes empresas estatales.
En el caso del gas natural de Camisea proveniente del lote 88 debiera existir el reconocimiento que constituye nuestra garantía para el abastecimiento seguro y oportuno, es decir de nuestra autosuficiencia gasífera en los próximos 20 años. Pero se requiere incentivar y promover la inversión de riesgo que se estima por el número de los pozos perforados de exploración. En cuanto a las reservas de gas natural y líquidos de gas natural destinados originalmente para la exportación del lote 56 siempre hemos sostenido que dicho proyecto debe “caminar con sus propias reservas”, y lo que se debe renegociar al respecto es la determinación de las regalías.
En su conjunto de los 8.8 trillones de reservas probadas de gas natural menos de 2 trillones corresponden al lote 56 y el resto pertenecen al lote 88. En un escenario conservador, con el crecimiento explosivo de la demanda, con los nuevos operadores térmicos a gas natural, las industrias que solicitan abastecimiento de gas, la petroquímica, el gaseoducto sur andino, el crecimiento del parque automotor y consumo residencial, etc., en total se requiere en los próximos años por lo menos 6 trillones de pies cúbicos según estimados de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH). De allí, la necesidad de promover la inversión exploratoria para descubrir nuevas reservas. En tal sentido, debemos asumir el concepto de las reservas probadas como un concepto dinámico en el tiempo, ello exige y supone mayor actividad exploratoria. ¡Todo lo demás es verso!
Se presume que en el Gran Camisea lotes 88, 56, 57 y 58 existirían más de 20 trillones de pies cúbicos de reservas posibles y probables que necesitan ser confirmados con inversiones de riesgo, que se estima por el número de pozos exploratorios perforados: ¡De allí el imperativo de promover la inversión de riesgo!
LOS HIDROCARBUROS SON DEL ESTADO
En primer lugar, todos debiéramos recordar que los hidrocarburos en el Perú, “in situ”, es decir en el subsuelo, “son propiedad del Estado” así lo dispone el art. 8 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos Nº 26221. En el mismo sentido el artículo primero de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales Nº 26821, señala que “La presente Ley Orgánica norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en tanto constituyen patrimonio de la Nación…”
Por tanto, no tiene sentido nacionalizar el gas de Camisea, es decir, los recursos naturales como el gas natural y los líquidos de gas natural son ya propiedad del Estado y patrimonio de la Nación. Esta distinción es muy importante, pues los recursos naturales son propiedad del Estado que son transferidos a los privados bajo determinadas condiciones en una economía social de mercado, nos guste o no.
En el caso de los hidrocarburos, petróleo crudo, gas natural y líquidos de gas natural el Estado a través de la empresa estatal PerúPetro transfiere a los privados la posesión, uso y usufructo de los hidrocarburos mediante el abono de las llamadas regalías en el caso de los contratos de licencia o regalías equivalentes en el caso de los contratos de servicios. Es decir, el Estado transfiere la propiedad a las empresas que explotan los hidrocarburos a cambio del abono de las regalías.
Esta cuestión es muy importante en razón que no somos un país petrolero sin embargo todas las empresas de hidrocarburos que están en la fase explotación asumen el pago de las regalías. En cambio somos un país líder a nivel mundial en la producción minera y las empresas de la gran minería con la excepción de Southern Perú Copper, no abonan las llamadas regalías mineras.
Es pertinente señalar que no somos un país petrolero pero todas las empresas en la fase de explotación abonan regalías que en promedio son el 30% del valor de la producción y que se deducen como gastos. En el caso de Camisea, la regalía vigente por el gas natural en el lote 88 es del 37.24%, Petro Tech en el lote Z-2B paga al Estado una regalía equivalente del 15%, mientras Petrobrás que explota el lote X abona una regalía superior al 35%, Petrolera Monterrico que administra el lote II paga una tasa del 50%, y BPZ que opera el lote Z-1 frente a Tumbes abona un 5% por concepto de regalía.
En tal sentido, sea cual fuere los niveles de las tasas de regalías pactadas mediante los contratos firmados con PerúPetro, los hidrocarburos son propiedad del Estado hasta el punto de fiscalización donde se valorizan los hidrocarburos y en función a dichos valores el Estado capta las regalías pagadas por las empresas.
Por tanto, más que nacionalizar lo que por derecho es de todos los peruanos, lo que debemos es renegociar algunos contratos donde las regalías pactadas son extremadamente bajas como sería el caso del lote 56 (Pagoreni) donde las regalías por obtener, a los precios internacionales del gas natural que sería exportado representaría una fracción de las regalías que se perciben actualmente por el consumo del gas en el mercado interno, sea en la generación eléctrica como en el consumo industrial.
Sin embargo el rol del Estado no termina con la percepción de las regalías, también preserva el abastecimiento del mercado interno. Así, en lo referente a la prioridad que tiene el mercado interno se tiene que cumplir el espíritu de la Ley Nº 27133 Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural que en el artículo cuarto de la ley referido a los procedimientos adicionales para la explotación de reservas probadas de gas natural, donde en el inciso a) se expresa que “En todos los casos el otorgamiento de derechos de explotación de reservas probadas de gas natural, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: Garantizar el abastecimiento al mercado nacional de gas natural, por un período mínimo definido en el Contrato “ ¡Esto sigue vigente legalmente!
Por ello, el Gobierno actual tiene la obligación moral y legal de corregir los entuertos, anomalías, bellaquerías que estuvieron detrás de los cambios en el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural DS Nº 040-99-EM, y reponer el horizonte permanente de 20 años para garantizar el abastecimiento del mercado interno, donde se decía: “De acuerdo con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 4º de la ley “Se considera garantizado el abastecimiento de Gas Natural al mercado nacional, cuando las reservas probadas del Productor alcancen para abastecer la demanda futura, determinada según lo señalado en el Contrato, para un periodo mínimo definido en el Contrato de otorgamiento de derechos de explotación de las reservas probadas de Gas Natural, el cual no podrá ser menor a un horizonte permanente de 20 años. El productor podrá incrementar sus reservas adicionando las obtenidas en nuevos yacimientos.”
Así, antes que pensar en una nacionalización de los hidrocarburos que sería extremadamente cara para todos los peruanos por las múltiples ataduras, sanciones y condicionalidades que nos impone el sistema financiero, los organismos multilaterales como el FMI, el Banco Mundial, el BID en los distintos convenios firmados de seguridad a la inversión privada nacional e internacional.
LAS REGALÍAS DE CAMISEA
En el caso de Camisea se debe tener presente que las regalías que percibe el Estado están explicadas en lo fundamental por la producción, uso y consumo de los líquidos de gas natural, que mayormente se consumen en el mercado interno como gas licuado de petróleo (GLP), nafta que se exportan, y algo de diesel. Así, para el 2008 del valor bruto de la producción de Camisea lote 88 y 56, un 87% del valor proviene del consumo de los líquidos de gas natural, y solamente un 13% resultan explicados por los ingresos de la producción fiscalizada de gas natural.
Ello se explica por los precios regulados del gas natural producto de la renegociación con la empresa Pluspetrol Camisea llevada a cabo en el segundo semestre del 2006 referente a la determinación del precio del gas natural que estaban “atados” a los precios internacionales de los petróleos industriales. En tal sentido esta nueva determinación del precio en el gas natural ha sido un cambio más al contrato original firmado en el 2001. De otro lado, el precio de los líquidos de gas natural de donde proviene el grueso de las regalías tienen referentes internacionales en cuanto a una canasta de crudos.
Por tanto, una renegociación de las regalías en especial las provenientes por la producción del lote 88, debe tener como objetivo sincerar los precios del gas natural excesivamente baratos con lo cual se está “subsidiando” a las empresas eléctricas, e industriales y promoviendo el consumo irracional del gas natural, quemándolo en plantas eléctricas a gas natural de ciclo simple con un factor de eficiencia de sólo 30%.
A ello debiera agregarse la necesaria renegociación contractual que debiera hacerse por los contratos firmados en los lotes 57 y 58 donde los titulares son Repsol/YPF y Petrobrás respectivamente. Se debe tener presente que las regalías pactadas al amparo del decreto supremo DS 017-2003 son del orden del 5%, mientras los precios del gas natural tendrán referentes internacionales, es decir, se regirán por el marcador de precios Henry Hub. En otras palabras el gas barato de los lotes 88 y 56 coexistirá con el gas caro de los lotes 57 y 58 que abonarán mínimas regalías afectando a futuro el canon gasífero para el Cusco.
Sin embargo, en la actualidad a pesar de los bajos precios del gas natural fiscalizado, el precio de los líquidos determina que las regalías que percibe el fisco por Camisea tenga una relevancia fundamental en términos relativos.
Así, se puede observar la participación en el cuadro “Aporte de los Lotes 88 y 56 en los Ingresos por Regalías Hidrocarburíferas para el Fisco”. Estas han transitado de los 589 millones de dólares en el 2005 a más de 1,217 millones de dólares en el 2008 y al primer semestre del presente año suman los 355 millones. De ese total las regalías percibidas por Camisea han representado más 33% entre el 2005 y el 2008. Es más, al primer semestre del 2009 resultan equivalentes al 52% del total de regalías percibidas por el Fisco a través de PerúPetro. Por ello, con esta participación porcentual de regalías ¿Es necesaria la nacionalización?
Si a esta participación e importancia de las regalías obtenidas por los lotes 88 y 56, se suman las fuertes inversiones privadas realizadas más el abono del impuesto a la renta que realizan las empresas involucradas tenemos una participación y contribución fiscal mayor. Por ello, una nacionalización del Gas de Camisea podría ser contraproducente, algo así como que el “remedio sería peor que la enfermedad”.
Aporte de los lotes 88 y 56 en los Ingresos por Regalías Hidrocarburíferas para el Fisco |
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En Millones de Dólares
|
||||||
|
2004
|
2005
|
2006
|
2007
|
2008
|
2009
Ene-jun
|
Regalías de Lote 88 y 56*
|
53
|
191
|
244
|
301
|
407
|
183
|
Regalías Total País**
|
339
|
589
|
733
|
856
|
1,217
|
355
|
Part. %
|
15.6%
|
32.4%
|
33.3%
|
35.21%
|
33.5%
|
51.6%
|
* Incluye regalías por gas natural y por LGN de ambos lotes cuyo operador es Pluspetrol Perú Corporation. Desde septiembre del 2008 se ha iniciado la operación comercial solamente de LGN proveniente del lote 56.
** Incluye regalías y regalías equivalentes.
Fuente PERÚPETRO
www.mancozaconetti.com
** Incluye regalías y regalías equivalentes.
Fuente PERÚPETRO
www.mancozaconetti.com