Cárcel de hasta 5 años por comercialización de flora y fauna silvestre
Personas que adquieran, vendan, transporten, almacenen, importen, exporten o reexporten productos o especimenes de especies de flora y fauna silvestre, sin permiso o autorización respectiva, serán sancionados con una multa no menor de 0.1 ni mayor de 600 UIT
El ministerio de Agricultura (MINAG) a través de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre advierte que la comercialización y compra de especies, productos o sub productos de flora y fauna silvestre, no autorizadas por la autoridad competente, serán reprimidas con una pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años y con 180 a 400 días - multa.