La Pandemia global causada por el COVID-19 se ha traducido en la paralización mundial de gran parte de los sectores económicos. Esto ha afectado enormemente a la actividad empresarial a nivel mundial, impactando sobremanera en sectores estratégicos como la aviación, tanto en su faceta turística como comercial.
China, Estados Unidos, Canadá, Suiza, Países Bajos y Brasil incrementaron su demanda, totalizando US$ 2.270 millones. Envíos de harina de pescado, minerales de hierro, grasas y aceites de pescado, gas natural y frutas, como las uvas y mangos frescos, registraron variaciones positivas.
Según las cifras preliminares del Instituto de Investigación y Desarrollo de Comercio Exterior de la Cámara de Comercio de Lima (Idexcam), durante el mes de febrero del presente año, las exportaciones peruanas sumaron US$ 3.592 millones, cifra que evidenció un incremento de 5,3% respecto al mismo mes del año anterior.
Plazo vence del 5 de marzo al 12 de abril. Las multas varían según se trate de contribuyentes del régimen general, régimen MYPE tributario o de personas naturales que han generado rentas de capital o de trabajo.
La Sunat aplicará multas a aquellos contribuyentes que no presenten su Declaración Jurada de Regulación del Impuesto a la Renta 2020 entre 5 de marzo y al 12 de abril, conforme al cronograma dispuesto por la entidad recaudadora, el cual considera el último dígito del RUC de cada contribuyente, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Los sobrecostos de las pruebas en los laboratorios, exigencia del actual procedimiento, son altos para las pequeñas empresas exportadoras.
A fin de ayudar a la recuperación de la exportación de productos agroindustriales procesados, la Asociación de Exportadores (ADEX), instó a la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa), otorgar automáticamente el Certificado Sanitario Oficial de Exportación (CSOE) a las empresas que tienen otros documentos que garantizan la trazabilidad de los procesos en sus plantas, como el certificado HACCP, habilitación sanitaria o ISO.
Los que trabajen en la modalidad trabajo remoto en los feriados Jueves y Viernes Santo, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho al triple pago de su remuneración diaria.