Venta de productos en Perú a extranjeros ya no pagará el IGV
Las ventas bajo las reglas del Incoterm EXW, FCA y FAS ahora serán consideradas exportaciones. Se beneficiarán, por ejemplo, ventas de alimentos por tierra a Bolivia, Ecuador y Chile.
La venta en el mercado peruano de productos a extranjeros ahora será considerada como exportación y, por tanto, estará exonerada del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), precisa la norma publicada ayer por el Poder Ejecutivo. El Decreto Legislativo 1108, aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros en el marco de las facultades dadas por el Congreso, introduce cambios en el artículo 33 de la Ley del Impuesto General a las Ventas.