Comprador del inmueble está obligado a realizar pago en notarías afiliadas al SAT o cualquiera de las agencias de la entidad recaudadora.

El Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) recuerda a los ciudadanos que el impuesto de alcabala es un tributo que se paga al adquirir un bien inmueble urbano o rústico a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad.

 

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