Gobierno debió imponer el pago como condición
Las terroristas Lori Berenson y Nancy Gilvonio (ambas del grupo subversivo MRTA), fueron liberadas sin que les exija el respectivo pago de la reparación civil al Estado.
La institución responsable de otorgar esta fácil libertad es el Inpe, según indica hoy Expreso, diario que precisa que en los informes no se especifican los motivos por los cuales las subversivas decidieron atentar contra el Estado.
Como se sabe, Berenson fue condenada a 20 años de prisión tras ser capturada saliendo del Congreso de la República el 30 de noviembre de 1985, donde había ingresado con una credencial falsa de periodista en compañía de Nancy Gilvonio, esposa del cabecilla del MRTA Néstor Cerpa, tras lo cual la policía descubrió un plan para atentar contra el Congreso.
Los responsables
El Consejo Técnico Penitenciario (CTP) del Establecimiento Penitenciario Anexo de Mujeres de Chorrillos, en enero de este año, con la participación de Gloria Estrada Tarrillo (presidenta); la entonces jefa de División de Seguridad Nelly Arteaga Anculle, la jefa del órgano Técnico de Tratamiento, Nelly Gladys Aquino Guardales; el administrador Cirilo Joaquín Osorio Sotelo, a fin de evaluar en forma personal a Lori Helene Berenson Mejía, sentenciada por el delito de terrorismo en agravio del Estado.
Este grupo de personajes del CTP concluye que “la interna ha cumplido con más de las tres cuartas partes de la pena impuesta, no tiene juicios pendientes con mandato de detención, está exonerada de la reparación civil ascendente a cien mil soles y ha pagado la multa de 450 soles, por lo que cumple con los requisitos que establece el DL N.º 927”.
La asistenta social
La decisión de la CTP se guió por el informe social hecho por Erika Rojas Carbajal, quien señala que Berenson “ha asistido a ocho sesiones en las que mostró interés”. También indica que sus padres la visitan mensualmente, así como su ex esposo, con quien tiene un hijo y cuenta con el apoyo de Marie Jean Manrique Lasher “la misma que le prestará la ubicación de su domicilio y ha ambientado su departamento para recibirla”. Pero no fue cierto porque Berenson tuvo que volver a la cárcel luego de unas semanas por la variación del domicilio.
La psicóloga
El informe psicológico fue hecho por Betzabeth Guillén Mestas, asegura que “Berenson muestra una adecuada conducta intramuros, cumpliendo con las normas y disposiciones, integrándose en las diferentes acciones de tratamiento psicológico registrando 72 sesiones”.
“También ha establecido metas precisas junto a su hijo y en base a él organiza su vida con trabajo, siendo éste inicialmente de traducciones, perfeccionar sus habilidades para la panadería y pastelería, para establecer un negocio sola o con otra persona. Se refuerzan sus actitudes y destrezas personales para la vida, dirigida hacia el desarrollo de su bienestar personal, de su hijo y de sus padres. Con estas consideraciones se prevé una adecuada integración familiar y social, por lo que se encuentra favorable el beneficio penitenciario solicitado”, sostiene la psicóloga.
Con estos informes, la CTP deriva el expediente de beneficio penitenciario de liberación condicional al órgano jurisdiccional competente, según los artículos 53 y 54 del DL N.º 664 Código de Ejecución Penal y el artículo 5 del DL Nº 927 a efectos de ser resuelto oportunamente.
El informe argumenta que "la precitada interna a la fecha viene respondiendo favorablemente a las acciones de tratamiento, encontrándose evaluada en el régimen cerrado ordinario, lo que hace presumir que la interna cumplirá con las condiciones del beneficio solicitado, sugiriéndose de acceder al beneficio su tratamiento penitenciario”
Para Gilvonio actuaron otorgándole libertad los mismos personajes. La reparación civil de Gilvonio era de 50 mil soles y una multa de cien días a razón de cinco soles, sin embargo sólo adjuntó recibos de pago de reparación civil por un monto de 180 soles a cargo del Banco de la Nación y 60 soles por concepto de multa impuesta. Adjunta dos cartas fianzas personal legalizadas y de declaración jurada de compromiso de pago por ambas.
Debe evaluarse el papel de los psicólogos y trabajadores sociales
La psicología es una disciplina que puede tener utilidad analizando el perfil psicológico de una persona (en lo cual no están exentos de errores), pero es caer en la soberbia pretender predecir cómo se comportarán las personas en el futuro.
Es fácil comprobar las terribles fallas de los psicólogos, pues son incontables los casos en que ellos avalan la liberación de un preso, el cual al poco tiempo vuelve a cometer el mismo delito. De igual manera, aun en casos de personas que no son reos, como policías que pasaron exámenes psicológicos en su institución, se comprueba que pese a ello las noticias nos indican que de vez en cuando caen perpetrando robos, secuestros y hasta homicidios.
El ser humano es demasiado complejo y es caer al nivel de los chamanes o hechiceros creer que alguien puede predecir la conducta futura de una persona, la cual dependerá mucho de su voluntad, el ambiente y las posibilidades del medio de incurrir en el mismo delito.
Hay una diferencia muy grande en los pronósticos profesionales: el astrónomo puede predecir el paso de los astros, el médico puede predecir la evolución de una enfermedad, pero la conducta depende de la voluntad de la persona, en lo cual nadie debe pretender acertar. No se puede creer en las promesas de los presos, pues hasta los presidentes mienten.
Tomando como base la experiencia de la realidad, debe presumirse que todo reo puede incurrir en el mismo delito tras obtener su libertad. Por ello debe tratarse con sumo cuidado los casos de quienes han cometido delitos graves, por su peligrosidad para la sociedad.