La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró que el Perú incurrió en desacato al liberar al delincuente Alberto Fujimori, condenado a de 25 años en el penal de Barbadillo por diversos crímenes y violaciones de los derechos humanos.
La Corte emitió un pronunciamiento mediante una resolución de la Corte IDH, de fecha 19 de diciembre de 2023, sobre el Caso Barrios Altos y La Cantuta vs. Perú, sobre solicitud de medidas provisionales y supervisión de cumplimiento de sentencias, que se publica en su portal institucional y resuelve disponer una supervisión reforzada de la obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta, particularmente en lo relativo al indulto “por razones humanitarias” concedido aFujimori Fujimori.
Además, declara de conformidad con lo expuesto en los Considerandos 59 a 73, que el Estado “ha incurrido en un desacato” de la resolución de adopción de medidas urgentes de no innovar emitida por la presidencia de la Corte Interamericana el 5 de diciembre de 2023.
“(…) Así como también ha incurrido en un desacato de las resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia de 30 de mayo de 2018 y 7 de abril de 2022, debido a que ejecutó la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022 que restituyó los efectos al indulto ‘por razones humanitarias’ otorgado el 24 de diciembre de 2017, a pesar que la Corte había dispuesto que debía ‘abstenerse de implementar[la]'”, dice.
Finalmente, dispone incluir en el Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para 2023 el incumplimiento por parte del Estado del Perú “de la Resolución de medidas urgentes de no innovar dictada por el presidente de la Corte Interamericana el 5 de diciembre de 2023 y de la Resolución de la Corte Interamericana de 7 de abril de 2022”.