Susutentarán la derogatoria de los decretos de urgencia 001 y 002
Audiencia Pública se llevará a cabo en la ciudad de Arequipa el día viernes 19 de mayo a las 8.30 am.
El Congresista Yonhy Lescano sustentará en Arequipa en la sede del Tribunal Constitucional el día viernes 19 de mayo la declaración de inconstitucionalidad y la consecuente derogatoria de los Decretos de Urgencia Nºs 001 y 002 del 2011 emitidos por el Poder Ejecutivo. Dichas normas dictan disposiciones extraordinarias para facilitar la promoción de la inversión privada en determinados proyectos de inversión, asociaciones público privadas y concesión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos por parte del Gobierno Nacional.
“Estas normas disponen cambios tales como el otorgamiento de viabilidad de determinados proyectos con estudios a nivel de prefactibilidad, medidas de simplificación de exigencias legales, imposiciones forzosas de servidumbres para ejecución de proyectos, registro de terrenos y/o edificaciones a sola presentación de solicitud ante Registros Públicos, entre otras flexibilidades, en abierta contravención a lo establecido por la Constitución Política y el Reglamento del Congreso”, señaló el parlamentario.
Lescano manifestó que la Constitución Política en su artículo 118º inciso 19) y el Reglamento del Congreso en su artículo 91º fijan una serie de requisitos de carácter conjuntivo para la dación de un Decreto de Urgencia, los mismos que han sido desarrollados de manera amplia y detallada por el Tribunal Constitucional, a través de reiterada jurisprudencia. “A la luz de dichas normas y criterios jurisprudenciales, es evidente que los citados Decretos de Urgencia Nºs 001 y 002 del 2011 no norman situaciones extraordinarias e imprevisibles cuyo riesgo inminente de que se extiendan constituye un peligro para la economía nacional o las finanzas públicas, no tratan exclusivamente de materias económicas y financieras, no está involucrado el interés nacional y tampoco existen circunstancias apremiantes que hagan que dichos Decretos puedan coadyuvar a la prevención de algún daño o impedir que éste devenga en irreparable” enfatizó el Congresista.
Finalmente, Lescano invocó al Tribunal Constitucional la pronta resolución de la demanda de inconstitucionalidad contra dichos Decretos de Urgencia que vulneran manifiestamente el principio de separación de poderes y la seguridad jurídica, al arrogarse atribuciones que le competen exclusivamente al Congreso de la República, cuestión en que el Poder Ejecutivo es reincidente, pues recientemente el Tribunal Constitucional, en proceso promovido por el referido parlamentario, declaró la inconstitucionalidad del Decreto de Urgencia Nº 061-2010 que modificaba el Código de Defensa del Consumidor, por las mismas consideraciones.