Escribe: César Vásquez Bazán
Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre Chile y el Perú del 22 de diciembre de 1876.
Aprobado por el Congreso y Gobierno peruanos fue enviado al tacho de basura por la "hermana" República del sur.
Resolución de aprobación del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República del Perú y la de Chile firmado en Lima el 22 de diciembre de 1876. Fue aprobado por el Congreso de nuestro país y rechazado por el de Chile.
En la ciudad de Lima, el 22 de diciembre de 1876, se firmó el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República del Perú y la de Chile. Perú estuvo representado por el Ministro de Relaciones Exteriores José Antonio García y García, en tanto que Chile lo fue por Joaquín Godoy, Embajador Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en el Perú.
El Tratado fue aprobado por el Congreso Peruano el 3 de febrero de 1877 siendo la correspondiente Resolución Legislativa promulgada el 6 de febrero de 1877, con el cúmplase correspondiente del presidente de ese entonces Mariano Ignacio Prado y del Ministro de RR.EE. García y García. El Perú estaba interesado en mantener la paz con el vecino sureño, por lo que el trámite de aprobación del Tratado sólo demoró un mes y medio.
Chile no pensaba igual que el Perú. A regañadientes, el primero de marzo de 1877, esa nación publicó en su Diario Oficial el Tratado que los sureños consideraron sólo un “proyecto” del Ministerio de Relaciones Exteriores y Colonización. Puesto a consideración del Congreso chileno, el Tratado firmado por el Embajador Godoy no fue aprobado. Por ello, los instrumentos de ratificación nunca fueron canjeados por el Gobierno de ese país.
Las razones por las cuales Chile no aprobó el Tratado fueron tres, estando todas ellas relacionadas con el artículo XVII del Tratado.
1) El Tratado establecía la obligatoriedad del arbitraje para la solución de eventuales conflictos
El artículo XVII establecía que de surgir diferencias entre ambos países y “después de haber agotado los medios de llegar a un arreglo amigable y satisfactorio… se someterán tales diferencias, de mutuo acuerdo, al arbitraje de una tercera potencia, a fin de evitar un rompimiento definitivo”.
Los políticos chilenos concluyeron que no era conveniente para su país formalizar la necesidad del arbitraje con el fin de obtener la solución de los problemas que pudieran presentarse con el Perú. Apoyada en la presencia de los dos blindados que había adquirido en Inglaterra y que le aseguraban la hegemonía en el Pacífico, la clase gobernante chilena deseaba tener libertad de acción para declarar la guerra al Perú, llegado el momento de decidir el dominio del salitre y de Tarapacá. La oligarquía chilena no quería obligarse a aceptar un arbitraje que, de seguro, le sería desfavorable, dada su ausencia de títulos para discutir el dominio territorial de Tarapacá, arbitraje que, por otro lado, daría tiempo al Perú a armarse y organizarse militarmente, reduciéndose de manera drástica, las ventajas que tendría para Chile un ataque por sorpresa contra su enemigo “natural” del norte.
2) El Tratado prescribía que, en caso de guerra, se respetaría la propiedad privada de los ciudadanos del otro país.
El inciso tercero del artículo XVII del Tratado establecía la obligación, en caso de guerra, de “respetar la propiedad privada y las personas de los ciudadanos” del otro país. Esta exigencia sería problemática para Chile, puesto que establecería la necesidad de respetar las vidas de los civiles residentes en los teatros de operaciones.
Sin embargo, lo que más preocupaba a los chilenos era el impedimento que establecía el Tratado para la realización de saqueos y robos en contra de la propiedad de peruanos. De tiempo atrás, Chile había puesto sus ojos en las riquezas acumuladas por las clases altas peruanas y no quería privarse de la oportunidad de apoderarse de ellas sólo por cumplir con un inoportuno Tratado de Amistad.
3) El Tratado imposibilitaba cometer actos de genocidio
Finalmente, el inciso sexto del Tratado prescribía que “en el curso y en todos los incidentes de la guerra” tanto Chile como Perú observarían “las doctrinas y los usos más humanitarios y más conformes con la civilización cristiana”. El anterior inciso era totalmente opuesto al interés de Chile, país que sabía que apoderarse de Tarapacá, Arica y Tacna obligaría a infundir terror, total y abierto, contra la población peruana para que aceptara el desmembramiento territorial. Chile no podría efectuar “repase” de heridos, ni fusilamiento de soldados cautivos, ni ejecutar la consigna genocida de “hoy no hay prisioneros”, orden dictada antes de muchos de los combates.
Las tres razones anteriores impulsaron a Chile a enviar en 1877 al cesto de la basura el papel mojado en tinta que contenía el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con el Perú. Lo hizo dos años antes de declarar la guerra a nuestro país, demostrando que a la nación del Mapocho sólo le importa la obtención de sus intereses nacionales.
Muchos peruanos (y chilenos) desconocen hasta hoy la existencia del Tratado de 1876, aprobado por el Perú y desechado por Chile.
Muchos de los pocos peruanos (y chilenos) que saben algo de él piensan que fueron los Congresos de ambos países los que lo rechazaron.
Grave error: Perú aprobó el Tratado de Amistad de 1876 en sólo mes y medio, en tanto que Chile, en 1877, se limpió el trasero con el documento firmado por Mariano Ignacio Prado, José Antonio García y García y el Congreso peruano.
Es el mismo grave error de aquellos que, olvidando lo escrito por González Prada, piensan que Chile respeta los tratados internacionales. Llegado el momento, de serle adversos, se limpiará nuevamente el trasero con ellos.
La Historia ha demostrado que el país de Portales sólo entiende la razón de la fuerza. Es algo que parece han olvidado los gobiernos recientes del Perú y muchos de sus ciudadanos.
Obras consultadas
Aranda, Ricardo. 1892. República del Perú. Colección de los tratados, convenciones, capitulaciones, armisticios y otros actos diplomáticos y políticos celebrados desde la Independencia hasta el día. Lima: Imprenta del Estado. Tomo Cuarto, páginas 116-124.
República de Chile. 1877. Diario Oficial. Primero de marzo de 1877, páginas 5-6. Santiago de Chile.
Artículo XVII del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República del Perú y la de Chile de 1876 (Aranda 1892, 121-122)
Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre Chile y el Perú del 22 de diciembre de 1876.
Fue publicado como simple proyecto en las páginas 5 y 6 de la edición del primero de marzo de 1877 del Diario Oficial de la República de Chile. No fue aprobado por el Congreso chileno; por tanto, los instrumentos de ratificación no fueron canjeados por el Gobierno de ese país.
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