Por Raúl Wiener
Como se ha visto, Alan García no solo indultó o conmutó penas a más de 5 mil sentenciados y a una gran cantidad de narcotraficantes, y no sólo contrató a un narco salido de la cárcel para que aprobara las solicitudes, sino que dictó dos decretos para facilitar las excarcelaciones lo que deja en el aire cualquier especulación sobre que no se sabía o que la responsabilidad es de Huamán, Chinguel u otro funcionario menor, cuando todo apunta a los más altos niveles del cogollo alanista. Dictar leyes o decretos para encubrir delitos es uno de los peores actos de corrupción que pueden producirse.
Pero miren la semejanza entre los narcoindultos y narcoconmutaciones y el cambio del Código Penal hacia el final del gobierno aprista en lo que toca a los artículos sobre colusión (art. 384), peculado y otros en agravio del patrimonio público, que aparentemente debía servir para establecer la diferencia entre los casos simples y agravados de este tipo de delitos en la lucha contra la corrupción. Sin embargo, como lo sabían perfectamente en el gobierno que iba de salida, esta modificatoria iba a tener efecto en los procesos en desarrollo, no en cuanto a las penas máximas porque para ello no hay efecto retroactivo, pero sí en cuanto abría una opción de rebaja arguyendo la tipificación de “caso simple”.
Es lo que ha ocurrido con los diez que quedaban como acusados por la estafa que significó la privatización y posterior quiebra fraudulenta de la línea aérea de bandera AeroPerú. A estos tipos les esperaba necesariamente la cárcel por haberse concertado para que el Estado no recibiera el dinero pactado en la venta y para que se licuaran las obligaciones con los accionistas minoritarios: el propio Estado y los trabajadores, al decidirse dolosamente la liquidación. Después de muchos años, personajes como Roberto Abusada, expresidente de AeroPerú, Francisco Acosta, Alfonso Brazzini y otros, iban a recibir lo que podía ser LA PRIMERA condena por los delitos económicos estudiados por la Comisión Diez Canseco entre 2000 y 2002.
Pero he aquí que el 21 de julio de 2011 (a siete días de dejar el gobierno) García dictó la ley 29758, por la cual ahora hay dos colusiones, la agravada y simple, lo que le ha servido al fiscal José Timarche, para señalar que sólo puede aplicar el primer tipo para AeroPerú, porque lo otro sería perjudicar al reo. Esto por supuesto le permite decir que el máximo posible de sanción es 6 años y no quince como era antes. Ergo después de todos los años de lucha para lograr que alguien sea sancionado por los delitos de la eraFujimorista, una alanada más permite a los procesados del caso AeroPerú acogerse a una prescripción y burlarse de la justicia. ¿Y ustedes creen que todo esto es gratis?
La Primera, 15.04.2013
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