Sólo 7 distritos están autorizados a cobrar parqueo vehicular en sus playas lo que resta del 2010
El INDECOPI informa que sólo siete distritos del litoral limeño están autorizados a cobrar parqueo vehicular en algunas de sus playas y hasta el mes de diciembre. Las autoridades ediles que deseen hacer cobros por este tipo de servicio para el 2011 deberán hacer el trámite que exige la ley.
El INDECOPI informa que sólo siete distritos del litoral limeño están autorizados a cobrar parqueo vehicular en algunas de sus playas y hasta el mes de diciembre. Las autoridades ediles que deseen hacer cobros por este tipo de servicio para el 2011 deberán hacer el trámite que exige la ley.
Según la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, los distritos que tienen autorización hasta el 31 de diciembre de 2010 son: Barranco (playas Sombrillas, Piedritas, Los Pavos y Yuyos); Lurín (playas San Pedro y Arica); Pucusana (playa Naplo); Punta Hermosa (playas Barcaza o Caballeros); Cerro Azul (playas Pasaje Vilela, Puerto Viejo, La Cantuta, 28 de Julio, La fábrica, Canal San Miguel, Los Reyes y playa Gallardo) Punta Negra (playas La Pocita, Punta Negra y Punta Rocas) y todas las playas del distrito de La Punta en El Callao.
Es decir que las playas que no han sido enumeradas, no pueden cobrar a los veraneantes por concepto de parqueo vehicular, en lo que resta del año 2010.
Se recuerda que el cobro por parqueo debe ser aprobado por una ordenanza municipal, publicada en el diario El Peruano o en los diarios encargados de los avisos judiciales en el caso de provincias que no forman parte del departamento de Lima y de la provincia Constitucional del Callao. Además, esa ordenanza debe ser ratificada por la municipalidad provincial correspondiente. Este trámite se debe realizar cada año.
Durante el 2010, el INDECOPI inició procedimiento de oficio contra las autoridades de seis municipalidades por ordenar cobros indebidos en las municipalidades distritales de Pucusana, Chilca, San Antonio, Villa El Salvador, Cerro Azul y Punta Hermosa.
Las autoridades de las tres primeras comunas recibieron una multa de 3 Unidades Tributarias Impositivas (UIT) cada una, equivalente a la suma de 10,800 Nuevos Soles. Los responsables de la municipalidad de Villa El Salvador recibieron una sanción de 1 UIT, es decir 3,600 Nuevos Soles; y las autoridades de las municipalidades de Cerro Azul y Punta Hermosa solo fueron amonestadas.
Es importante recordar a los consumidores que el cobro por estacionamiento debe realizarse luego de que se ha hecho uso del parqueo vehicular, en función al tiempo de permanencia y no antes. Es decir, no puede condicionarse el ingreso a los balnearios a ningún pago previo.
Los ciudadanos que deseen presentar un reclamo o realizar una consulta sobre este tema, pueden llamar al 224-7800 anexo 1782 (Lima) o 0-800-4-4040 (provincias).
Es decir que las playas que no han sido enumeradas, no pueden cobrar a los veraneantes por concepto de parqueo vehicular, en lo que resta del año 2010.
Se recuerda que el cobro por parqueo debe ser aprobado por una ordenanza municipal, publicada en el diario El Peruano o en los diarios encargados de los avisos judiciales en el caso de provincias que no forman parte del departamento de Lima y de la provincia Constitucional del Callao. Además, esa ordenanza debe ser ratificada por la municipalidad provincial correspondiente. Este trámite se debe realizar cada año.
Durante el 2010, el INDECOPI inició procedimiento de oficio contra las autoridades de seis municipalidades por ordenar cobros indebidos en las municipalidades distritales de Pucusana, Chilca, San Antonio, Villa El Salvador, Cerro Azul y Punta Hermosa.
Las autoridades de las tres primeras comunas recibieron una multa de 3 Unidades Tributarias Impositivas (UIT) cada una, equivalente a la suma de 10,800 Nuevos Soles. Los responsables de la municipalidad de Villa El Salvador recibieron una sanción de 1 UIT, es decir 3,600 Nuevos Soles; y las autoridades de las municipalidades de Cerro Azul y Punta Hermosa solo fueron amonestadas.
Es importante recordar a los consumidores que el cobro por estacionamiento debe realizarse luego de que se ha hecho uso del parqueo vehicular, en función al tiempo de permanencia y no antes. Es decir, no puede condicionarse el ingreso a los balnearios a ningún pago previo.
Los ciudadanos que deseen presentar un reclamo o realizar una consulta sobre este tema, pueden llamar al 224-7800 anexo 1782 (Lima) o 0-800-4-4040 (provincias).