Empresarios de espectáculos deben cumplir con lo ofrecido en su publicidad en Año Nuevo
El INDECOPI, en su afán de velar por los derechos de los consumidores recuerda a los proveedores de espectáculos y fiestas, que cumplan con lo ofrecido en su publicidad. Para ello, deberán acondicionar el local de acuerdo a las características ofrecidas, respetar la capacidad máxima del local, así como las zonas establecidas de acuerdo al pago realizado: preferencial, VIP, platinum, etc., y cumplir con el horario de inicio.
El INDECOPI, en su afán de velar por los derechos de los consumidores recuerda a los proveedores de espectáculos y fiestas, que cumplan con lo ofrecido en su publicidad. Para ello, deberán acondicionar el local de acuerdo a las características ofrecidas, respetar la capacidad máxima del local, así como las zonas establecidas de acuerdo al pago realizado: preferencial, VIP, platinum, etc., y cumplir con el horario de inicio.
De igual forma, deben brindar lo ofrecido en alimentación y otros productos, como cotillón, champagne, corcho libre, etc.
Si el evento tuviera que ser cancelado por algún motivo, la empresa está en la obligación de avisar con anticipación a los consumidores y devolverles el dinero que invirtieron, en un plazo razonable y de acuerdo a un cronograma.
Es recomendable que los consumidores guarden el ticket y el aviso publicitario, los cuales servirán como pruebas en caso se registre algún incumplimiento de parte de las empresas de espectáculos y disc otecas.
De encontrarse indicios de presuntas infracciones, el INDECOPI iniciará los procedimientos correspondientes y podrá imponer sanciones de hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a más de un millón y medio de nuevos soles.
Si el evento tuviera que ser cancelado por algún motivo, la empresa está en la obligación de avisar con anticipación a los consumidores y devolverles el dinero que invirtieron, en un plazo razonable y de acuerdo a un cronograma.
Es recomendable que los consumidores guarden el ticket y el aviso publicitario, los cuales servirán como pruebas en caso se registre algún incumplimiento de parte de las empresas de espectáculos y disc otecas.
De encontrarse indicios de presuntas infracciones, el INDECOPI iniciará los procedimientos correspondientes y podrá imponer sanciones de hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a más de un millón y medio de nuevos soles.