Comisión Nacional contra la Biopiratería presidida por el Indecopi logró, a favor del Perú, que se rechace solicitud de patente relacionada a la Tara. "Empresa china pretendía patentar un uso de la Tara, recurso biológico peruano, ante la oficina de patentes de Taiwán."

La Comisión Nacional contra la Biopiratería, presidida por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), logró que la Oficina de Propiedad Intelectual de Taiwán (TIPO, por sus siglas en inglés) rechace una solicitud de patente relacionada a la Tara (Caesalpinia spinosa), recurso biológico de origen peruano.

 

tara vainas

La solicitud fue presentada en junio de este año ante la TIPO, por la empresa de origen chino Access Business Group International, con el nombre “Composición antiinflamatoria y antioxidante y métodos relacionados con su uso”.

Durante la investigación, la Comisión determinó que dicha solicitud de patente era indebida, debido a que no cumplía con los requisitos de patentabilidad (novedad y nivel inventivo) exigidos por la Ley de Patentes de Taiwán. Se coordinó con la  División de Economía de la Oficina Cultural y Economía de Taipei en Lima para poder presentar la observación y así sustentar la posición peruana respecto de esta solicitud.

Como resultado de esta gestión, la División de Asuntos Internacionales y Planificación de la TIPO, informó que dicha solicitud fue denegada, tomando en cuenta la información proporcionada por la Comisión Nacional contra la Biopiratería.

Como se sabe, esta Comisión, única en el mundo, realiza búsquedas en las oficinas de patentes de todos los países, con el fin de identificar patentes e incluso solicitudes de las mismas, en las que estén involucrados recursos biológicos del Perú o conocimientos sobre sus usos que tienen nuestras comunidades nativas.

A la fecha la Comisión Nacional ha identificado 34 casos de biopiratería relacionados a recursos biológicos peruanos, en el sistema de patentes, de los cuales hasta el momento se han resuelto 19, todos ellos a favor del Perú.

Glosario

¿Qué es la Biopiratería?

Es el acceso y/o uso no autorizado y/o no compensado de recursos biológicos o conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, en contravención de los principios establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica y las normas vigentes sobre la materia, tales como:

  • DECISIÓN 391-Régimen Común sobre Acceso a los recursos genéticos, vigente en los 5 países miembros de la Comunidad Andina de Naciones desde 1996, cuyo reglamento ha entrado en vigencia en febrero del 2009.
  • LEY N° 27811-Ley que establece el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos, vigente desde agosto del 2002.

Conforme a lo señalado en las normas antes mencionadas:

  • El Estado peruano cuenta con derechos soberanos sobre sus recursos genéticos. 
  • Los pueblos indígenas cuentan con derechos sobre los conocimientos colectivos que han creado, desarrollado y preservado a través de los siglos, sobre los recursos de la biodiversidad de su entorno.

Cuando se accede a estos recursos o a estos conocimientos sin respetar los derechos del Estado peruano o de los pueblos indígenas, según sea el caso, existe biopiratería.

Patente

Es un derecho exclusivo que se concede a una persona o empresa sobre su invención. Con este derecho, el titular puede decidir si su invención es utilizada por terceros y de qué forma. En la mayoría de los países una patente tiene vigencia de 20 años.

Comisión Nacional contra la Biopiratería

Fue creada para la protección al acceso a la diversidad biológica peruana y a los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas, mediante la Ley N° 28216, publicada el 1 de mayo de 2004. Esta Comisión se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros y es presidida por el Indecopi. Además, está conformada por representantes de las instituciones siguientes:

  1. Ministerio de Relaciones Exteriores
  2. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR)
  3. Ministerio  del Ambiente (MINAM)
  4. Comisión de Promoción del Perú (PROMPERU)
  5. Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (Ex INRENA)
  6. Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA)
  7. Centro Internacional de la Papa (CIP)
  8. Centro Nacional de Salud Intercultural (CENSI)
  9. Ministerio de Cultura 
  10. Asamblea Nacional de Rectores (ANR)
  11. Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), en representación de las ONGs
  12. Instituto Peruano de Productos Naturales (IPPN), en representación de los gremios empresariales.