En un trabajo conjunto, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) decomisaron en la provincia de Sullana, 1,508 kilogramos de palo santo por presentar una Guía de Transporte Forestal (GTF) presumiblemente falsa.
El producto forestal en trozas de diferentes tamaños estaba en 58 sacos de polietileno, e iba a bordo de un tráiler, cuyos ocupantes presentaron una Guía de Transporte Forestal. Este documento señalaba que el cargamento procedía de un permiso de una Declaración de Manejo (DEMA) del sector Tondopa, en la provincia de Ayabaca, y consignaba como destino la ciudad de Lima.
La GTF es el documento que en Piura otorga el SERFOR, que acredita el origen legal de los productos forestales y de fauna silvestre, y que permite el transporte de estos.
La Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, órgano descentralizado del SERFOR, al revisar el documento identificó que la firma no correspondía a la –firma- del responsable de la ATFFS Piura; además al constatar con el registro de emisión de GTF de la ATFFS, dicho número no figuraba como registrado.
Por ello, la ATFFS Piura dispuso el decomiso del palo santo, la inmovilización del vehículo y el inicio del proceso administrativo sancionador a los responsables; de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Asimismo, se informó al Ministerio Público para las investigaciones y posibles sanciones por delitos ecológicos.
La sanción administrativa por este acto ilícito es el pago de una multa de entre 0,1 y 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), según los criterios de gradualidad.
Su valor en el mercado nacional asciende a S/ 45,240. En el extranjero se duplicaría.
El SERFOR exhorta a los conductores de vehículos que tienen la obligación de verificar que los productos forestales que transportan tengan su respectiva GTF, así como que las cantidades correspondan a las señaladas en la guía (número de piezas y volumen).
Es importante reiterar que el palo santo (Bursera graveolens) es una especie forestal categorizada como en Peligro Crítico según la legislación nacional, debido a la extracción indiscriminada por su importante valor comercial y que pone en riesgo su crecimiento y regeneración.
Más información
La Ley N.° 29763, permite el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como el establecimiento de lugares de acopio, depósitos y centros de comercialización de productos. En el caso del palo santo el Gobierno autoriza únicamente el aprovechamiento del recurso forestal seco y caído de manera natural.