Licencias de negocios en 8 días promoverán la formalización y la competitividad
Actualmente algunas municipalidades exigen más de 30 requisitos adicionales
La Cámara de Comercio de Lima expresó su confianza en que la plataforma virtual para simplificar los trámites municipales, que acaba de anunciar la Dirección del Consejo Nacional de la Competitividad, se implemente progresivamente en Lima y en el resto del país, al más breve plazo.
Actualmente algunas municipalidades exigen más de 30 requisitos adicionales
La Cámara de Comercio de Lima expresó su confianza en que la plataforma virtual para simplificar los trámites municipales, que acaba de anunciar la Dirección del Consejo Nacional de la Competitividad, se implemente progresivamente en Lima y en el resto del país, al más breve plazo.
“Las trabas para la obtención de licencias municipales se han convertido en un problema permanente que desalienta la formalización de las pequeñas empresas, principalmente”, señaló el Ing. Carlos Durand Chahud, presidente de la Cámara de Comercio de Lima.
Refirió que el nuevo sistema virtual para la constitución de empresas, obtención del RUC y la licencia municipal en 8 o 10 días acabará con las trabas y barreras burocráticas ilegales e irracionales y la discrecionalidad que impera en el aparato estatal, que impiden la formalización de los negocios y le restan competitividad al país.
Reporte de INDECOPI:
La Cámara de Comercio de Lima refiere que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del INDECOPI, ha divulgado en su página web que de los 52 procedimientos resueltos a la fecha, 20 son contra las municipalidades que al exigir documentos y requisitos no previstos en la Ley, vienen imponiendo trabas burocráticas ilegales que impiden el ingreso formal de las empresas al mercado.
Requisitos de Ley:
Conforme a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento – Ley 28976, los únicos requisitos que deben de exigir las municipalidades para otorgar licencias de funcionamiento son:
a. Solicitud de Licencia de Funcionamiento, indicando RUC y DNI o carné de extranjería, según los casos.
b. Vigencia de poder del representante legal (personas jurídicas).
c. Declaración jurada de observancia de condiciones de seguridad o inspección técnica de seguridad en Defensa Civil de detalle o multidisciplinaria, según los casos.
d. Adicionalmente y según los rubros: copia del título profesional (servicios de salud), copia de la autorización sectorial, copia de autorización del INC cuando corresponda.
Una vez verificados los requisitos, se paga la tasa por el derecho de trámite.
Requisitos y documentos adicionales:
En la Comisión del INDECOPI y sólo en el año 2010, se constatan diversas denuncias contra las municipalidades, consideradas barreras burocráticas ilegales, por exigir requisitos no autorizados por ley. Por ejemplo, se exige:
- Copia autenticada del RUC.
- Título de propiedad del inmueble.
- Contrato de arrendamiento.
- Foto tamaño carné “de frente” del solicitante.
- Carpeta de trámite.
- Certificado de compatibilidad de uso
- Certificado de Defensa Civil.
- Certificado de zonificación.
- Certificado de conformidad de estacionamientos.
- Testimonio de constitución de la empresa.
- Certificado de habilitación sanitaria.
- Certificado de no estar inhabilitado para operar (farmacias).
- Acreditar el número de estacionamientos
- Presentar un plan de seguridad del local.
- Constancia del colegio profesional de no estar inhabilitado.
- Condición del local (propietario, inquilino)
- Niveles operacionales (número de personas, horarios de trabajo)
- Constancia de posesión legítima del inmueble.
- Autorización del más de 50% de la Junta de Propietarios.
- Plano urbanístico y arquitectónico (acceso de personas con discapacidad)
- Estudio acústico de un especialista.
- Acreditar capital social mínimo.
- Pagar derechos por fiscalización posterior.
- Contar con un estacionamiento vehicular por cada 10 metros cuadrados.
- Detallar y numerar el objeto social de la empresa.
- Certificado de clasificación de tenedores (restaurantes).
- Acreditar estándares de calidad (restaurantes).
- Presentar carné de salud de todos los trabajadores.
- Presentar certificado de numeración del inmueble.
- Constancia de haber pagado el impuesto predial.
- Constancia de haber pagado los arbitrios.
Datos adicionales:
- Algunas municipalidades no aceptan la Licencia Ficta (silencio positivo).
- Otras municipalidades exigen la renovación anual de licencias, a pesar que la licencia es permanente, con el objetivo de recaudar más.
- El 60% de tasa se cobran al cálculo sin estructura de costos.
El presidente de la Cámara de Comercio de Lima, Ing. Carlos Durand Chahud, reiteró que la institución que representa se encuentra en una campaña para eliminar las barreras burocráticas y monitorear los avances en este aspecto y mejorar la competitividad del Perú.
Refirió que el nuevo sistema virtual para la constitución de empresas, obtención del RUC y la licencia municipal en 8 o 10 días acabará con las trabas y barreras burocráticas ilegales e irracionales y la discrecionalidad que impera en el aparato estatal, que impiden la formalización de los negocios y le restan competitividad al país.
Reporte de INDECOPI:
La Cámara de Comercio de Lima refiere que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del INDECOPI, ha divulgado en su página web que de los 52 procedimientos resueltos a la fecha, 20 son contra las municipalidades que al exigir documentos y requisitos no previstos en la Ley, vienen imponiendo trabas burocráticas ilegales que impiden el ingreso formal de las empresas al mercado.
Requisitos de Ley:
Conforme a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento – Ley 28976, los únicos requisitos que deben de exigir las municipalidades para otorgar licencias de funcionamiento son:
a. Solicitud de Licencia de Funcionamiento, indicando RUC y DNI o carné de extranjería, según los casos.
b. Vigencia de poder del representante legal (personas jurídicas).
c. Declaración jurada de observancia de condiciones de seguridad o inspección técnica de seguridad en Defensa Civil de detalle o multidisciplinaria, según los casos.
d. Adicionalmente y según los rubros: copia del título profesional (servicios de salud), copia de la autorización sectorial, copia de autorización del INC cuando corresponda.
Una vez verificados los requisitos, se paga la tasa por el derecho de trámite.
Requisitos y documentos adicionales:
En la Comisión del INDECOPI y sólo en el año 2010, se constatan diversas denuncias contra las municipalidades, consideradas barreras burocráticas ilegales, por exigir requisitos no autorizados por ley. Por ejemplo, se exige:
- Copia autenticada del RUC.
- Título de propiedad del inmueble.
- Contrato de arrendamiento.
- Foto tamaño carné “de frente” del solicitante.
- Carpeta de trámite.
- Certificado de compatibilidad de uso
- Certificado de Defensa Civil.
- Certificado de zonificación.
- Certificado de conformidad de estacionamientos.
- Testimonio de constitución de la empresa.
- Certificado de habilitación sanitaria.
- Certificado de no estar inhabilitado para operar (farmacias).
- Acreditar el número de estacionamientos
- Presentar un plan de seguridad del local.
- Constancia del colegio profesional de no estar inhabilitado.
- Condición del local (propietario, inquilino)
- Niveles operacionales (número de personas, horarios de trabajo)
- Constancia de posesión legítima del inmueble.
- Autorización del más de 50% de la Junta de Propietarios.
- Plano urbanístico y arquitectónico (acceso de personas con discapacidad)
- Estudio acústico de un especialista.
- Acreditar capital social mínimo.
- Pagar derechos por fiscalización posterior.
- Contar con un estacionamiento vehicular por cada 10 metros cuadrados.
- Detallar y numerar el objeto social de la empresa.
- Certificado de clasificación de tenedores (restaurantes).
- Acreditar estándares de calidad (restaurantes).
- Presentar carné de salud de todos los trabajadores.
- Presentar certificado de numeración del inmueble.
- Constancia de haber pagado el impuesto predial.
- Constancia de haber pagado los arbitrios.
Datos adicionales:
- Algunas municipalidades no aceptan la Licencia Ficta (silencio positivo).
- Otras municipalidades exigen la renovación anual de licencias, a pesar que la licencia es permanente, con el objetivo de recaudar más.
- El 60% de tasa se cobran al cálculo sin estructura de costos.
El presidente de la Cámara de Comercio de Lima, Ing. Carlos Durand Chahud, reiteró que la institución que representa se encuentra en una campaña para eliminar las barreras burocráticas y monitorear los avances en este aspecto y mejorar la competitividad del Perú.