CCL: se debe ajustar marco normativo de las compras estatales
Eliminar exoneraciones y barreras en el proceso de contrataciones del Estado dotará de mayor transparencia a las compras públicas
La Cámara de Comercio de Lima considera necesario mejorar aspectos del marco normativo de las contrataciones estatales para hacerlo más transparente, eficiente, equitativo y predictivo, permitiendo así el libre concurso de las empresas nacionales y fomentando la participación de las pequeñas y microempresas (Mypes).
La Cámara de Comercio de Lima considera necesario mejorar aspectos del marco normativo de las contrataciones estatales para hacerlo más transparente, eficiente, equitativo y predictivo, permitiendo así el libre concurso de las empresas nacionales y fomentando la participación de las pequeñas y microempresas (Mypes).
La CCL señaló que existen barreras para que las Mypes participen en las compras públicas, como el hecho que las compras menores a 3 UIT ( S/. 10.800) estén fuera de la normativa de las compras estatales.
Por compras más transparentes
Para la CCL, deben mejorarse aspectos de la Ley de Contrataciones del Estado, que rige desde inicios del año pasado y que fue aprobada al amparo de las facultades dadas al Ejecutivo por el Congreso de la Republica para implementar el acuerdo comercial suscrito con Estados Unidos.
Por ejemplo, actualmente, se limita el derecho a la “segunda instancia” distinta de la entidad que convoca el proceso. Todas las empresas que participan en licitaciones deben contar con el derecho de elevar sus observaciones e impugnaciones sobre un proceso de contrataciones ante el OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones.
Solo las empresas que participan en procesos con valor referencial igual o mayor a 300 UIT (más de un millón ochenta mil soles, de acuerdo con la UIT vigente) pueden solicitar la elevación de sus observaciones a las bases del proceso al OSCE.
Para acceder al Tribunal de Contrataciones en la solución de impugnaciones, el valor referencial del proceso debe superar las 600 UIT (más de dos millones ciento sesenta mil soles, de acuerdo con la UIT vigente). Las empresas que participan en procesos menores a dichos valores, simplemente, no tienen acceso ni al OSCE ni al Tribunal, lo cual es discriminatorio.
En dichos casos, es la propia entidad licitante la que resuelve sobre las observaciones e impugnaciones, con lo que se convierte en “juez y parte” —tanto para la primera como la segunda instancia— en la resolución de las controversias.
“El acceso a un Tribunal Administrativo, especializado y distinto de la entidad licitante, no debe ser una barrera para los postores. Muy por el contrario, debe ser asumido como una garantía de imparcialidad, predictibilidad y de seguridad jurídica para los empresarios nacionales”, dice la CCL.
Al restringir el acceso a dichas garantías se origina desconfianza en los postores y —por consiguiente— disminuye su participación en los procesos selectivos que se convoquen por debajo de 600 UIT, que según cifras del OSCE son aproximadamente el 95% del total de los procesos.
Mayor equidad
De otro lado, conforme a lo establecido en el TLC con Estados Unidos, para la CCL resulta paradójico que mientras las empresas estadounidenses que participen en las compras estatales puedan acudir al Tribunal de Contrataciones, este derecho le es negado a las empresas peruanas, con lo que se viene generando un evidente trato discriminatorio, el cual debe ser corregido.
Para la CCL también se deben armonizar las compras por encargo, es decir, aquellas que se “encargan” a entidades internacionales como la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), entre otras. Este tipo de adquisiciones se realizan mediante procesos y reglas administrativas “propias”, que difieren de los procesos administrados en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado.
La Cámara de Comercio de Lima sostiene que las adquisiciones con recursos del Estado deben efectuarse siguiendo la normativa nacional, en aras de conseguir mayor transparencia a estos procesos.
La CCL considera que el Congreso de la República puede corregir estos aspectos de la Ley de Contrataciones del Estado, a fin de dotar de mayor credibilidad a las compras públicas y fomentar la sana competencia entre las empresas peruanas para venderle al Estado. “La pluralidad de postores para fomentar competencia es la mejor garantía de transparencia en los procesos”, afirma el gremio empresarial.
La CCL recordó que el Estado peruano es un gran demandante de bienes y servicios. Según cifras del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), durante el año pasado se desembolsaron más de S/. 25.000 millones en más de 109 mil convocatorias.
Para este año, el OSCE estima que se ejecutará como gasto de adquisiciones alrededor de S/. 26.000 millones. Asimismo, en el Estado existen cerca de 2.750 entidades, entre dependencias del gobierno central, los gobiernos regionales y locales, los organismos autónomos, las universidades públicas y los institutos armados, entre otros. Asimismo, hay más de 200,000 postores inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), que van desde proveedores de útiles de oficina o equipos electrónicos hasta servicios de telefonía, medicinas o alimentos.
Exoneraciones
Asimismo, la CCL llamó la atención sobre el crecimiento injustificado de las exoneraciones en las licitaciones en compras del Estado. Refirió que el año pasado hubo 2.000 compras estatales que fueron exoneradas de hacer licitaciones, lo que representó el doble al año anterior, superando un monto de 2 mil millones de soles.
Una exoneración es justificable cuando ocurren catástrofes o por desabastecimiento, pero es necesario frenar la proliferación de esta modalidad de evasión de los controles. “Las exoneraciones por deficiencias en la programación de procesos que los convierten en compras por emergencias no son aceptables”, puntualiza la CCL.
Por compras más transparentes
Para la CCL, deben mejorarse aspectos de la Ley de Contrataciones del Estado, que rige desde inicios del año pasado y que fue aprobada al amparo de las facultades dadas al Ejecutivo por el Congreso de la Republica para implementar el acuerdo comercial suscrito con Estados Unidos.
Por ejemplo, actualmente, se limita el derecho a la “segunda instancia” distinta de la entidad que convoca el proceso. Todas las empresas que participan en licitaciones deben contar con el derecho de elevar sus observaciones e impugnaciones sobre un proceso de contrataciones ante el OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones.
Solo las empresas que participan en procesos con valor referencial igual o mayor a 300 UIT (más de un millón ochenta mil soles, de acuerdo con la UIT vigente) pueden solicitar la elevación de sus observaciones a las bases del proceso al OSCE.
Para acceder al Tribunal de Contrataciones en la solución de impugnaciones, el valor referencial del proceso debe superar las 600 UIT (más de dos millones ciento sesenta mil soles, de acuerdo con la UIT vigente). Las empresas que participan en procesos menores a dichos valores, simplemente, no tienen acceso ni al OSCE ni al Tribunal, lo cual es discriminatorio.
En dichos casos, es la propia entidad licitante la que resuelve sobre las observaciones e impugnaciones, con lo que se convierte en “juez y parte” —tanto para la primera como la segunda instancia— en la resolución de las controversias.
“El acceso a un Tribunal Administrativo, especializado y distinto de la entidad licitante, no debe ser una barrera para los postores. Muy por el contrario, debe ser asumido como una garantía de imparcialidad, predictibilidad y de seguridad jurídica para los empresarios nacionales”, dice la CCL.
Al restringir el acceso a dichas garantías se origina desconfianza en los postores y —por consiguiente— disminuye su participación en los procesos selectivos que se convoquen por debajo de 600 UIT, que según cifras del OSCE son aproximadamente el 95% del total de los procesos.
Mayor equidad
De otro lado, conforme a lo establecido en el TLC con Estados Unidos, para la CCL resulta paradójico que mientras las empresas estadounidenses que participen en las compras estatales puedan acudir al Tribunal de Contrataciones, este derecho le es negado a las empresas peruanas, con lo que se viene generando un evidente trato discriminatorio, el cual debe ser corregido.
Para la CCL también se deben armonizar las compras por encargo, es decir, aquellas que se “encargan” a entidades internacionales como la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), entre otras. Este tipo de adquisiciones se realizan mediante procesos y reglas administrativas “propias”, que difieren de los procesos administrados en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado.
La Cámara de Comercio de Lima sostiene que las adquisiciones con recursos del Estado deben efectuarse siguiendo la normativa nacional, en aras de conseguir mayor transparencia a estos procesos.
La CCL considera que el Congreso de la República puede corregir estos aspectos de la Ley de Contrataciones del Estado, a fin de dotar de mayor credibilidad a las compras públicas y fomentar la sana competencia entre las empresas peruanas para venderle al Estado. “La pluralidad de postores para fomentar competencia es la mejor garantía de transparencia en los procesos”, afirma el gremio empresarial.
La CCL recordó que el Estado peruano es un gran demandante de bienes y servicios. Según cifras del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), durante el año pasado se desembolsaron más de S/. 25.000 millones en más de 109 mil convocatorias.
Para este año, el OSCE estima que se ejecutará como gasto de adquisiciones alrededor de S/. 26.000 millones. Asimismo, en el Estado existen cerca de 2.750 entidades, entre dependencias del gobierno central, los gobiernos regionales y locales, los organismos autónomos, las universidades públicas y los institutos armados, entre otros. Asimismo, hay más de 200,000 postores inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), que van desde proveedores de útiles de oficina o equipos electrónicos hasta servicios de telefonía, medicinas o alimentos.
Exoneraciones
Asimismo, la CCL llamó la atención sobre el crecimiento injustificado de las exoneraciones en las licitaciones en compras del Estado. Refirió que el año pasado hubo 2.000 compras estatales que fueron exoneradas de hacer licitaciones, lo que representó el doble al año anterior, superando un monto de 2 mil millones de soles.
Una exoneración es justificable cuando ocurren catástrofes o por desabastecimiento, pero es necesario frenar la proliferación de esta modalidad de evasión de los controles. “Las exoneraciones por deficiencias en la programación de procesos que los convierten en compras por emergencias no son aceptables”, puntualiza la CCL.