El Ministerio de la Producción informó hoy que atendiendo la recomendación del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) ha establecido un cronograma de vedas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), para las embarcaciones artesanales y de menor escala, desde el extremo norte del dominio marítimo peruano hasta los 16°00´00” Latitud Sur (en Ático, Región Arequipa).

Según la Resolución Ministerial 284-2013-PRODUCE, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, este régimen permitirá al Imarpe contar con una plataforma de observación científica para monitorear los indicadores reproductivos de estos recursos.

 La suspensión de las actividades extractivas será de la siguiente manera:

    Del 16 al 22 de setiembre de 2013: veda reproductiva.

    Del 23 al 29 de setiembre de 2013: se permitirá la extracción del recurso.

    Del 30 de setiembre al 6 de octubre de 2013: veda reproductiva.

    Del 7 al 13 de octubre de 2013: se permitirá la extracción del recurso.

    Del 14 de octubre de 2013 en adelante: veda reproductiva hasta que se establezca un nuevo cronograma atendiendo a los resultados del monitoreo que realice Imarpe durante el proceso de extracción.

Es importante mencionar que los establecimientos industriales pesqueros con licencia de procesamiento pesquero para desarrollar actividades productivas destinadas al consumo humano directo, ubicados dentro del área que comprende la suspensión de las actividades extractivas, podrán recibir y procesar los recursos anchoveta y anchoveta blanca provenientes de las embarcaciones artesanales y de menor escala hasta las 24:00 horas del último día que se permita la extracción, según el cronograma establecido en el artículo anterior.

El Imarpe, informará a  la Dirección General de Políticas y Desarrollo pesquero del Produce sobre los resultados del monitoreo del recurso anchoveta; recomendando con  la prontitud del caso, las medidas de ordenamiento que sean necesarias adoptar para garantizar el adecuado uso de los recursos pesqueros.

VEDA DE MERLUZA

De otro lado, el Ministerio de la Producción estableció  a través de la Resolución Ministerial 283-2013-PRODUCE, el periodo de veda reproductiva de la merluza (Merluccios gayi), en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano hasta los 6°00” Latitud Sur (en Punta La Negra, Región Piura).

De esta manera, se prohíbe extraer, transportar y comercializar el citado recurso a partir de las 00:00 horas del día lunes 16 de setiembre del 2013, así como procesarlo a partir de las 00:00 horas del tercer día calendario posterior a dicha fecha.

 Cabe mencionar que esta prohibición también será aplicable para los hombres de mar artesanales que realizan la extracción de merluza  con sistemas de pesca basados en líneas  con anzuelo a usarse a nivel de fondo, de la siguiente manera:

    De las 00:00 horas del 16 al 22 de setiembre del 2013: veda reproductiva.

    Del 23 al 29 de setiembre de 2013: se permitirá la extracción del recurso solo para los pescadores artesanales quienes utilicen el sistemas de pesca en líneas  con anzuelo a usarse a nivel de fondo, así como su comercialización y transporte no industrial.

    De las 00:00 horas del 30 de setiembre del 2013 en adelante: veda reproductiva hasta que se establezca un nuevo cronograma atendiendo a los resultados del monitoreo que realice el Imarpe durante el periodo de extracción.