edificio departamentos 2A diferencia del año 2013, en el que el Impuesto Predial de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao subió en promedio el 8% y en el resto de la costa el 5%, en el año 2014 el aumento del impuesto será de 4.3% en promedio para todas las edificaciones de la Costa en general.

La Cámara de Comercio de Lima informa que el Impuesto Predial en el año 2014 subirá - en promedio - hasta en 4.3% para todos los predios ubicados en la Costa; como consecuencia del reajuste de los valores oficiales de edificaciones, recientemente aprobados por el Ministerio de Vivienda.

En efecto, tomando como base los nuevos Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones, elaborados por la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda (Res. N.o 278-2013-VIVIENDA), publicados en El Peruano el 30 de octubre último, estima que el impuesto predial para el 2014 se incrementará un punto adicional a la inflación proyectada en no más del 3% para el año 2013.

La CCL recuerda que el Impuesto Predial es pagado anualmente por las personas naturales y jurídicas que son propietarios de terrenos, casas, edificios y construcciones en general, a favor de las municipalidades distritales donde se ubica el predio.

De acuerdo a los cálculos efectuados por la Gerencia Legal CCL, los nuevos valores de edificaciones de Lima y Callao para el año 2014 en las categorías A, B, C y D se han incrementado en promedio en 3.7%, en relación a los valores del año 2013.

JUBILADOS | Derecho a deducir del autoavalúo

Los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a casa habitación y cuyos ingresos (del jubilado) estén constituidos únicamente por su pensión – que no debe exceder de una UIT – tienen derecho a deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT, debiendo pagar el impuesto predial sólo por el exceso a las 50 UIT, recuerda la CCL.

Por ejemplo, si el autoavalúo 2014 de la casa del jubilado es S/. 220,000 se descontarán S/. 190,000 (50 UIT proyectada de S/. 3,800). En este caso, el autoavalúo afecto será S/.30,000 x 0.2% y el impuesto predial anual del jubilado será de S/. 60.

 

MUNICIPALIDADES | Impuesto mínimo

Cabe recordar que conforme al artículo 13º del D. Leg. 776, las municipalidades están facultadas a cobrar un impuesto predial mínimo, equivalente a 0.6% de la UIT (con la UIT proyectada de S/. 3,800 será S/. 23).

 

MÁS DATOS | Instalaciones Fijas

Según el Anexo II de la Res. 278-2013-VIVIENDA, la metodología para la determinación de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes será la siguiente:

“Para la determinación del valor de las edificaciones con características especiales, las obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, se deberán efectuar los correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos”.

Los valores resultantes deben estar referidos al 31 de octubre del año anterior.

La resultante del valor obtenido se multiplicará con FACTOR DE ACTUALIZCIÓN: Fo = 0,68

En el Anexo III de la citada resolución se establecen los valores unitarios a costo directo de algunas obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao al 31.10.13

  

VARIACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL 2013 – 2014 (*)

(En Lima Metropolitana y el Callao)

PREDIO CATEGORÍA A

Vivienda, 400 m2 de construcción, Estado: Muy bueno, Menos de 5 años de antigüedad (0% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2013

2013

1,656.01

662,404

5,514

 

         4.08%

2014

1,719.71

687,884

5,739

 

PREDIO CATEGORÍA B

Vivienda, 200 m2, Estado: Bueno, Menos de 10 años de antigüedad (5% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2014

2013

1,090.65

207,223.5

1021.34

 

4.11%

2014

1,132.63

215,200

1,063

 

PREDIO CATEGORÍA C

Vivienda, 200 m2, Estado: Regular, Menos de 20 años de antigüedad (29% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2014

2013

767.46

108,979

432

 

4%

2014

794.7

112,847

449

 

PREDIO CATEGORÍA D

Vivienda, 120 m2, Estado: Bueno, Menos de 15 años de antigüedad (16% depreciación)

 

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2014

2013

600.8

60,561

141.4

 

5%

2014

622.12

62,710

148

(*) Considerando una UIT proyectada de S/. 3,800 para el año 2014.

Fuente: Gerencia Legal CCL