contando dolaresLima, nov. 17 (ANDINA). Los depósitos en las Cooperativas de Ahorro y Crédito (CAC) que operan en Perú sumaron 4,479 millones de nuevos soles al 30 de junio del año 2013, lo que representa un crecimiento de casi 70 por ciento en los últimos tres años, informó hoy la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS).

"Las CAC muestran un marcado dinamismo en los últimos años, constituyéndose en un apoyo importante para el financiamiento de actividades productivas y una alternativa de ahorro, principalmente, en las provincias", indicó la SBS y añadió que el referido monto es casi 2,800 soles más de lo captado por las cajas rurales a esa fecha.

Señaló que es necesario incorporar estas entidades al ámbito de su supervisión para cautelar su crecimiento y proteger a sus ahorristas, por lo que saludó el dictamen de la Comisión de Economía del Congreso de República que lo respalda.

La Comisión de Economía presentó el Proyecto de Ley N°2195-2012-CR, a propuesta del congresista Víctor Andrés Belaúnde, ante la necesidad de cautelar un sano crecimiento del sistema de CAC, en un contexto de creciente competencia en el sistema financiero y respetando su forma asociativa de constitución.

La SBS consideró que esta propuesta legislativa resuelve los problemas que enfrenta el actual modelo de supervisión de las CAC.

Explicó que hoy en día, la supervisión de estas entidades se encuentra bajo responsabilidad de Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Fenacrep), mientras que la SBS se encarga de la regulación, para lo cual emitió diversas normas como el Reglamento de las CAC, que establece lineamientos respecto a las operaciones, servicios, gestión y medidas prudenciales.

Precisó que el primer problema del modelo de supervisión de las CAC es el conflicto de intereses y la falta de cobertura.

La Fenacrep es una organización de integración cooperativa constituida por las propias CAC y ejerce una labor de promoción (defensa, educación cooperativa, asistencia técnica y capacitación), por lo que se genera una situación de conflicto de intereses con las facultades de supervisión y de sanción.

Asimismo, se debe precisar que la afiliación a la Fenacrep es voluntaria. De las 330 CAC registradas en los padrones de dicho organismo, solo 90 de ellas se encuentran afiliadas; mientras que las 240 restantes no están sujetas a ningún tipo de supervisión.

Un segundo problema lo constituyen los antecedentes en contra de la supervisión delegada de Fenacrep.

 Una sentencia del Tribunal Constitucional (acción de amparo por la CAC Luz y Fuerza) precisa que la facultad de supervisión y sanción por parte de la Fenacrep no tiene sustento constitucional y que la facultad de supervisar a las CAC es exclusiva y excluyente de la SBS.

Finalmente, no existe una adecuada protección a los socios ahorristas. Los depósitos de las CAC enfrentan los mismos riesgos que los depósitos que captan demás instituciones de microfinanzas (cajas municipales y cajas rurales) que son supervisadas por la SBS, pero no cuentan con protección en el caso de quiebra y liquidación.

Dictamen
La SBS indicó que el dictamen aprobado por la Comisión de Economía propone criterios adecuados de supervisión y regulación de las CAC, que permitirán disminuir los posibles riesgos a los que están expuestas dichas entidades y se protege a los socios ahorristas.

En este sentido, plantea que su supervisión y regulación esté a cargo de la SBS, pudiendo realizar la supervisión directa o a través de Fenacrep u otros organismos cooperativos de grado superior (modelo mixto de supervisión).

Otra de las novedades que incorpora es la creación de un registro nacional de CAC que estará a cargo de la SBS, y de este modo, se podrá conocer cuántas CAC operan en el país, y de un Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo exclusivo para estas entidades.

También propone la libertad para fijar las tasas de interés en las CAC (aplicación artículo 9° de la Ley General) y se precisa que la actividad de captación de ahorros de socios sea exclusiva y excluyente de las CAC, evitando que aquellas cooperativas de diferente naturaleza realicen dicha actividad combinada con las de su giro.

Asimismo, se establece un plazo de adecuación para las CAC, a este nueva Ley, de cuatro años, mientras que en un inicio se planteó dos años.

Cabe indicar que actualmente la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas del Congreso viene debatiendo un proyecto de Ley General de Cooperativas, el cual también incluirá a las CAC.

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