La ministra de Comercio Exterior y Turismo, Magali Silva Velarde-Álvarez, señaló hoy que las restricciones comerciales impuestas por algunos países sudamericanos, como Argentina, Ecuador, Brasil y Colombia, están en proceso de resolución luego de las gestiones bilaterales y multilaterales en el marco de los acuerdos de integración.
El conjunto de medidas adoptadas por los países mencionados afectan a productos cuyo nivel de exportación en el 2013 ascendió a US$ 132 millones, es decir, cerca del 1% de las exportaciones no tradicionales.
En el caso de Argentina, las medidas adoptadas desde el 2012 aplican a todo el universo arancelario, aunque en el caso peruano afecta principalmente a los productos del sector confecciones. Desde un inicio el gobierno peruano tomó acciones en el marco del acuerdo comercial con MERCOSUR, lo que generó que el 2013 el gobierno argentino derogara las licencias no automáticas que afectaban a 600 productos. Actualmente se vienen haciendo las gestiones para levantar las restricciones presentadas con el requerimiento de la Declaración Jurada Anticipada de Importación, que afectan envíos peruanos por US$ 6,6 millones.
En el caso de Brasil, han iniciado una investigación antidumping sobre las películas de polipropileno biorientado procedentes de Chile, Argentina, Colombia, India, Taipei Chino y Perú, la misma que se encuentra en proceso y aún no se han impuesto medidas provisionales o definitivas. Asimismo, Brasil ha impuesto licencias de importación no automáticas sobre el referido producto. Desde el inicio, el MINCETUR, conjuntamente con la OCEX en ese país, vienen apoyando a la empresa peruana OPPFilms para el mejor sustento de su defensa en la investigación en ciernes, a fin de que cuente con toda la información y mecanismos necesarios para su defensa. Asimismo, las gestiones efectuadas han permitido que la empresa reciba las licencias de importación para sus operaciones. Adicionalmente, se vienen utilizando los espacios disponibles a nivel bilateral, regional y multilateral para mostrar la preocupación peruana por este tipo de medidas, por ejemplo en las próximas reuniones del Comité Antidumping de la OMC (30 de abril y 1 de mayo de 2014) y del Comité de Licencias de Importación de la OMC (el 15 de abril de 2014).
En el caso de Colombia, el 07 de diciembre de 2013 adoptó medidas de salvaguardia a las importaciones provenientes de la Comunidad Andina (CAN) y MERCOSUR de cebolla, frijol, leche, lactosuero, tomate, arveja, papa, pera y queso. El Perú inició el caso ante la Secretaria General de la CAN, organismo que dejó sin efecto las medidas aplicadas por Colombia, excepto para el caso de la cebolla, producto en el cual se preservan las corrientes comerciales autorizando la aplicación de un contingente a importaciones originarias del Perú, libre de gravámenes (cero aranceles), para un total de 76 795 toneladas anuales. Cabe señalar que durante el 2013 las exportaciones de cebollas peruanas a Colombia alcanzaron los 55 129 toneladas, con lo cual está garantizado hasta un crecimiento de 39.3% en el volumen de cebollas al mercado colombiano.
En el caso de Ecuador, la Resolución 116 del COMEX y sus modificatorias imponen controles previos a la importación de 335 productos. Bajo esta medida se exige un Certificado de Reconocimiento antes de la importación. El MINCETUR ha cursado comunicaciones a las autoridades del Ecuador planteando las preocupaciones del Perú y sus exportadores, así como a la Secretaría General de la CAN respeto al ordenamiento jurídico andino. Asimismo, se ha sostenido una reunión bilateral en Quito (15-Enero-2014) con autoridades del Ecuador para evaluar soluciones rápidas y prácticas. No obstante, se continúa buscando espacios a nivel bilateral, regional y multilateral para mostrar la preocupación peruana por este tipo de medidas, por ejemplo la reunión del Comité Obstáculos Técnicos de la OMC (18-20 marzo de 2014). Asimismo, se viene desarrollando las argumentaciones para un posible caso en la CAN. Cabe señalar que, en el caso puntual de pilas eléctricas, el Perú presentó el caso ante la CAN, organismo que se pronunció de manera favorable a los argumentos peruanos.
En síntesis, el Perú es respetuoso del ordenamiento jurídico internacional y aplica las disposiciones de los acuerdos comerciales para solucionar este tipo de restricciones comerciales. El Perú no aplica medidas de retaliación sin sustento jurídico que puedan afectar su imagen internacional. Por este motivo, se analiza cada caso buscando la mejor respuesta y sustento en favor de los argumentos peruanos, lo cual ya ha permitido el levantamiento de algunas de las restricciones señaladas anteriormente.
Adicionalmente, se viene trabajando en la apertura de nuevos mercados y el mejor aprovechamiento de las ventajas que tienen los acuerdos comerciales vigentes, de la mano con el sector empresarial, situación que se potenciará con el accionar de las Oficinas Comerciales en el Exterior.
País |
Medida |
Exportaciones del Perú 2013 |
Argentina |
Declaración JuradaAnticipada de Importación |
US$ 6,6 Millones |
Brasil |
Investigación Antidumping a películas BOPP |
US$ 14 Millones |
Colombia |
Salvaguardia a productos agrícolas |
US$ 15,6 Millones |
Ecuador |
Resolución 116 (Certificado de Reconocimiento) |
US$ 96 Millones |
Total |
US$ 132 Millones |