Por Humberto Campodónico
La aprobación por el Congreso de una comisión que investigue las razones de la venta de Petro-Tech es un hecho de singular importancia porque pone en el primer plano, de un lado, la discusión acerca del rol de la inversión extranjera y, de otro, la revisión de la legislación existente, así como de los actos de los funcionarios.
Puede ser, como dice la oposición, que se trate de una cortina de humo para salvar las responsabilidades del Ejecutivo o, también, de una dilatada prolongación en la discusión (60 días) para disminuir su importancia en la agenda. Sea lo que fuere, la comisión ya está aquí y tendrá que abordar los casos señalados.
Un tema clave es que las ganancias de capital por la venta de empresas que generan renta en el Perú paguen ese impuesto aquí. Y no en el extranjero. Por ejemplo, podría ser “legal” que no pagaran aquí ese impuesto. Pero, ¿es acaso legítimo que un país pobre no lo recaude y sí lo haga el ente fiscal de otro país?
Desde hace años se sabía de ese “vacío legal” pues lo mismo sucedió con Perenco-Barrett (lote petrolero), Zijin-Monterrico Metals (Majaz) y Chinalco-Peru Copper (Toromocho), lo que nos ha costado decenas de millones de dólares. Pero recién ahora se dice que hay que “subsanarlo” (pero se redactaron 100 decretos legislativos para el TLC en menos de 100 días). Lo que es peor: hay quienes piensan que está muy bien que los impuestos no se paguen aquí.
Dicho esto, el decano del Colegio de Ingenieros, Carlos Herrera, señala “que la oferta de compra tenía que ser evaluada y aceptada, por escrito, por Perupetro; y que cualquiera de estas transacciones tenía que hacerse en el territorio del Perú y bajo la ley peruana, debiendo ser aprobado por decreto supremo”.
En efecto, la cláusula 17.1 del contrato establece que si Petro-Tech tiene una oferta de compra, Petroperú (después Perupetro), dentro de los 30 días posteriores a la notificación, “gozará de derecho preferencial para adquirir la participación a que se refiere dicha propuesta por el mismo precio y bajo los mismos términos y condiciones”. Lo que no ha sido el caso.
La razón central es que se sigue pensando que la actividad empresarial del Estado es subsidiaria: solo puede invertir allí donde los privados no lo hacen (Art. 60 de la Constitución de 1993). A lo que se suma el argumento de que las empresas públicas son ineficientes per se.
Eso explica que Petroperú no fuera tomada en cuenta, a pesar de que la Ley 28440 del 2006 le encarga “participar en todas las fases de la industria del petróleo” (Art. 2). Esta era “la” oportunidad”. Lo mismo pasó cuando se vendieron los grifos de Mobil a Repsol en el 2005 (Petroperú pudo haberlos comprado) y cuando se le excluyó del proyecto petroquímico que tenía con Petrobrás (en el 2007).
Hay muchas cosas más, como la designación en el 2000 de un funcionario de Petro-Tech para que sea presidente de Perupetro, favoreciendo a su empresa en el litigio sobre la retribución que esta debiera recibir. Más allá de las sanciones legales a determinarse, la pregunta es: ¿cómo pudo eso suceder? Y, también, ¿por qué no se pudo corregir a tiempo? Aquí claramente se ve que la cosa va más allá de una “matriz teórica”, pues hay intereses concretos detrás.
La respuesta a esas —y otras— preguntas es lo que necesitamos. Con Petro-Tech en el primer plano hay una excelente oportunidad para una reflexión que permita superar los planteamientos del Consenso de Washington (liberalizar, desregular, privatizar) que aquí todavía están vigentes, lo que no sucede ni siquiera en países como Colombia y Chile, que tienen una visión pragmática y no dogmática. No sabemos cuánto quiera o pueda la Comisión del Congreso avanzar en esa dirección.
Pero la cuestión central es, como indica la actual crisis global, que dejado a su libre albedrío, “sin el ojo del gobierno, el mercado puede girar sin control y la nación no puede salir adelante cuando se favorece solo a los prósperos” (Barack Obama). Si ese nuevo sentido común se impone, en las conciencias y los actos, habremos avanzado.
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