El monto de la multa se determina según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/4.,00.
La Cámara de Comercio del Lima (CCL) informa que si los empleadores no pagan o depositan hasta el 15 de diciembre la gratificación por Navidad (infracción grave), pueden ser sancionados con multas diferenciadas que van desde los S/ 473 hasta los S/ 112.316, según el régimen laboral de la empresa.
“Las empresas deben tener en cuenta que el plazo para efectuar el pago de la gratificación y de la asignación extraordinaria del 9% sobre dicha gratificación, vence el martes 15 de diciembre de 2020, por tanto recomendamos a los empleadores tomar las precauciones del caso”, manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Cabe mencionar que las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D.S. 008-2020-TR y están dirigidas primero para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No MYPE).
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/4.300 para el 2020.
Las multas para microempresas y pequeñas empresas, inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
En el siguiente cuadro se detalla las multas mínimas y máximas por no pagar o depositar la gratificación por Navidad, según el tipo de empresa.
MULTAS MÍNIMAS Y MÁXIMAS POR NO PAGAR LA GRATIFICACIÓN
(DS. 008-2020-TR, EL PERUANO 10.02.20)
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MICROEMPRESA |
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INFRACCIÓN |
MULTA MÍNIMA |
MULTA MÁXIMA |
NO PAGAR GRATIFICACIÓN |
S/ 473,00 |
S/ 1,935.00 |
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PEQUEÑA EMPRESA |
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NO PAGAR GRATIFICACIÓN |
S/ 1,935.00 |
S/ 19,350.00 |
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MEDIANA Y GRAN EMPRESA |
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NO PAGAR GRATIFICACIÓN |
S/ 6,751.00 |
S/ 112,316.00 |