La presidente del Congreso, Maricarmen Alva Prieto, firmó hoy la autógrafa de la ley, aprobada en la víspera por el Pleno, que exonera el pago del Impuesto General a las Ventas que grava la venta de alimentos esenciales de la canasta básica familiar: pollo, huevos, harina de trigo, azúcar, fideos y productos cárnicos, hasta el 31 de diciembre de este año.
Con el fin de mitigar el incremento de productos de primera necesidad por efectos de la inflación externa, el Poder Ejecutivo había presentado al Congreso de la República el proyecto de ley que permitirá la rebaja de los alimentos de mayor incidencia en la canasta básica familiar como: la carne de pollo, el pan, huevos, aceites comestibles y azúcar refinada.
Esta es una medida con efecto temporal para mitigar el alza de los precios de los alimentos y que debe tener un impacto inmediato en beneficio de los hogares peruanos.
El proyecto de ley modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV), permitiendo incluir temporalmente en el Apéndice I o lista de bienes preferentes, sociales o meritorios exonerados del pago del IGV, a productos alimenticios que formen parte de la canasta básica familiar, así como de los insumos principales que se requieran para su producción. Esto por un período no mayor a 3 meses.
Según la propuesta, la inclusión de los productos en el Apéndice I se realizará siempre y cuando se registre una variación anual (últimos doce meses) del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana superior a 6%, y que los productos alimenticios considerados tengan una incidencia sobre la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana superior a 0,12 puntos porcentuales. Considerando estos requisitos, el Ministerio de Economía y Finanzas definirá la lista de productos exonerados del IGV.
Se trata de una herramienta técnica y acotada, con parámetros definidos, que solo podrá ser usada en situaciones excepcionales, como lo exige la coyuntura actual. Asimismo, su permanencia demandará de una evaluación periódica de parte del Ministerio de Economía y Finanzas.
Solo en tres oportunidades la inflación anual superó el 6% de incremento en los últimos diez años, debido a que el país mantuvo una meta anual, promedio, de inflación que oscila entre 1% y 3%.
Las exoneraciones tributarias son instrumentos de política fiscal de carácter temporal, y si bien no son las herramientas más eficientes para reducir los precios, en este caso, dada la coyuntura excepcional se propone su implementación, con el objetivo, de manera conjunta con otras medidas adoptadas, de ayudar a sostener la economía de los hogares peruanos.