Acuerdo energético con Brasil debe ser revisado
Alertamos sobre trámite apresurado e irregular ante el Congreso.
Ante la inminente discusión, en la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República, del Proyecto de Ley 00391/2011-PE, que somete a aprobación el Acuerdo para el Suministro de Electricidad al Perú y la Exportación de Excedentes al Brasil, alertamos a las autoridades y a la opinión pública sobre el riesgo de precipitar decisiones potencialmente dañinas para nuestro país.
Dicho Proyecto de Ley no ha cumplido con las condiciones previstas en el Reglamento del Congreso, que especifica: “Las proposiciones de resolución legislativa para la aprobación de tratados, de acuerdo al artículo 56º de la Constitución Política, deben ir acompañadas por el texto íntegro del instrumento internacional, sus antecedentes, un informe sustentatorio que contenga las razones por las cuales el Poder Ejecutivo considera que debe ser aprobado por el Congreso, la opinión técnica favorable del sector o sectores competentes y la resolución suprema que aprueba la remisión del tratado al Poder Legislativo.” (Art. 76-f). Sin embargo, el expediente presentado al Congreso carece del informe sustentatorio requerido, y ha sido presentado por la Cancillería como un mero trámite de actualización junto con un bloque de otros proyectos de tratados internacionales asumidos por el gobierno anterior.
Este Acuerdo, donde el Perú se compromete a fijar su demanda energética y los precios del mercado regulado por treinta años, para garantizar el suministro de energía a una potencia extranjera, no puede ser objeto de un trámite apresurado. Requiere, por el contrario, una revisión cuidadosa, informada y transparente, con participación ciudadana. Esto ha sido exigido repetidamente por la sociedad civil.
El Sr. ministro de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, recientemente anunció que el Acuerdo sería revisado. Lo mismo expresó el ministro de Ambiente, Ricardo Giesecke. Desafortunadamente, esos sabios anuncios habrían sido abandonados, aunque el ministro de Energía ha vuelto a declarar “No es justo que asumamos los problemas ambientales, entreguemos energía y encima la propiedad” (diario La República, 18-X-2011).
En efecto, este Acuerdo pone en severo riesgo la soberanía nacional, pues condiciona la explotación de nuestro potencial hidroeléctrico, un recurso estratégico, a las demandas de una potencia extranjera. Contiene además, graves falacias verbales, pues denomina “exportación de excedentes” a lo que sería, sin duda alguna, una proporción mayor de la energía producida, que el Perú se vería forzado a vender al Brasil, tanto por las condiciones del Acuerdo como por imperativos mercantiles. Las propuestas iniciales del propio MEM mencionan que el 80% de la energía prevista en el Acuerdo iría al Brasil.
Es inadmisible ceder fuentes energéticas a una potencia extranjera, cuando el Perú no cuenta actualmente con un Plan Estratégico de Desarrollo Energético, cuando la evaluación más reciente de nuestro potencial hidroeléctrico data de fines de los años 70 y cuando el proceso de definición de la Nueva Matriz Energética Sostenible (NUMES) está muy retrasado. El Perú debe, primero, establecer su estrategia nacional de desarrollo energético, y sólo entonces será posible decidir si podemos favorecer a potencias extranjeras.
Invocando las palabras del Sr. Ministro de Energía y Minas, nos preocupa sobremanera la aguda inequidad del Acuerdo, donde el Perú asume prácticamente todos los costos y riesgos sociales y ambientales de establecer grandes represas en la Amazonía, que impondrían el desplazamiento de miles de ciudadanos peruanos, afectación directa de derechos de pueblos indígenas, la inundación de miles de hectáreas de bosques y la pérdida del control sobre nuestros propios recursos durante décadas. Por su parte, el Brasil se beneficiará con el grueso de la energía producida, con el control sobre recursos fuera de su territorio nacional, evitará conflictos sociales con sus propios ciudadanos e incluso obtendría los contratos de construcción y gestión de las represas.
En consecuencia:
1. El Congreso de la República debe revisar el procedimiento apresurado e irregular por el cual el Proyecto de Ley 00391/2011-PE ha ingresado a la Comisión de Relaciones Exteriores, y debe exigir al Ejecutivo solucionar las carencias del expediente. La Comisión debe abstenerse de revisar el Proyecto de Ley.
2. El Gobierno Nacional debe revisar y definir la estrategia nacional de desarrollo energético, convocando a un debate nacional técnicamente informado, transparente y participativo. Esto incluye la necesidad imperiosa de mejorar los procesos nacionales de licenciamiento ambiental y social de proyectos energéticos, que hoy son inferiores a los estándares internacionales, incluidos los del Brasil.
3. El Acuerdo energético con Brasil debe ser profundamente revisado y renegociado, para garantizar que sus términos correspondan a un tratado justo y equitativo entre naciones hermanas, donde tanto los beneficios como los costos y riesgos sean adecuadamente compartidos.
Centro para la Sostenibilidad Ambiental – Universidad Peruana Cayetano Heredia (CSA)
Decanatura de Derecho - Universidad Científica del Sur
ProNaturaleza
Central Asháninka del Río Ene (CARE)
Asociación Servicios Educativos Rurales (SER)
Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)