No es facultad del presidente de la República nombrar jueces o fiscales, precisa Decano del CAL

El decano del Colegio de Abogados de Lima, Dr. Walter Gutiérrez, manifestó que la Resolución Suprema que nombra a los vocales y fiscales supremos del Fuero Castrense es inconstitucional, al igual que la ley 29812 que autoriza dicho nombramiento.

“En este punto el presidente no ha sido debidamente asesorado; existe reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional señalando que quien es competente para nombrar a estos magistrados es el Consejo Nacional de la Magistratura , y no el Ejecutivo”, aseveró. 

Gutiérrez explicó que los referidos dispositivos invaden los fueros de un órgano constitucional como es el Consejo Nacional de la Magistratura y también desconocen que el servicio de Administración de Justicia es un sistema del cual el fuero militar también forma parte.

Dijo que la referida Resolución Suprema desconoce que el poder político no puede tener injerencia en este sistema de justicia y que se ignora el principio de independencia judicial, “ignoran el principio de independencia judicial y con ello, se violenta la regla de división de poderes a la que esta sujeto nuestro ordenamiento jurídico”.

El decano del CAL, manifestó su preocupación al respecto ya que “se ha cometido un grave error que es urgente corregir”. Además, señaló que se ha incumplido el principio de primacía de la Constitución así como el de legalidad al que se encuentran sometidos todos los funcionarios públicos, desde el cargo más elevado hasta el más modesto.

“Digo esto porque, si bien, el Presidente es jefe supremo de las Fuerzas Armadas, no es la cabeza del sistema de justicia, en ninguna parte en la Constitución se establece como facultad del presidente nombrar jueces o fiscales, en tal sentido un mandatario no puede hacer más allá de lo que le permite la Constitución y la ley. Esto lo deberían saber muy bien los congresistas que aprobaron esta ley y los ministros que han refrendado el Decreto Supremo”, concluyó.