El Congreso aprobó impedir que las personas sentenciadas por delitos dolosos graves ocupen cargos públicos, pero consideran sólo cuatro supuestos: terrorismo, apología, violación sexual y tráfico de drogas, lo cual abre las puertas a otros sentenciados como los corruptos, estafadores, ladrones, asaltantes, etc.
La medida debe ampliarse a todos los delitos dolosos. Por ejemplo, un agresor que haya causado lesiones graves contra una persona podría gozar de un cargo público. La lista es larga.
Delitos culposos
Absurdamente se excluye a los delitos culposos, es decir, que una persona no planificó causar un daño, sino que básicamente con su negligencia lo causó. Ejemplo de homicidios culposos y otros delitos culposos:
- Un borracho conduce su vehículo y mata o deja incapacitada a una persona
- Una enfermera se roba medicamentos caros y da otra cosa a un paciente. Si éste muere sería homicidio culposo.
- Un ingeniero construye negligentemente un puente y éste cae, con lo cual hay personas que pueden morir o quedar gravemente heridas.
- Una autoridad no cumplió con su obligación de denegar autorización a alguna actividad peligrosa realizada sin las condiciones de seguridad adecuadas. A consecuencia de ello puede haber pérdida de vidas y materiales
Entonces, si tenemos a un funcionario público, electo o por designación, que tiene en su haber delitos dolosos, estaríamos avalando la incapacidad, el delito y el atraso, por lo cual el Congreso debe reconsiderar su posición e incluir a todos los delitos dolosos y culposos.
Otros
También deberían incluir en la lista de impedimentos a los deudores alimentarios, inquilinos morosos, deudores tributarios, deudores morosos del sistema financiero, violadores del estado de emergencia por la pandemia de coronavirus, los que escupen u orinan en la calle, etc.
Llama la atención del silencio de muchos políticos sobre esta grave omisión.