De esa forma, se recordó a las personas que tienen previsto participar en las paralizaciones convocadas para esta semana, que todos los peruanos tienen el deber de respetar, cumplir y defender el ordenamiento jurídico de la Nación.
A través de un comunicado de prensa, el Minjus indicó que se incurre en delito de extorsión, cuando las personas que, usando violencia o amenaza, toman locales, obstaculizan vías de comunicación, impiden el libre tránsito o perturban el normal funcionamiento de servicios públicos, con el objeto de obtener de las autoridades cualquier beneficio o ventaja.
En estos casos la sanción es de prisión de entre 5 y 10 años, conforme al Artículo 200° del Código Penal y de haber rehenes, la pena puede llegar hasta cadena perpetua.
Respecto al delito de atentado contra la seguridad común, ocurre si las manifestaciones implican atentados contra instalaciones destinadas a los servicios públicos de electricidad, telecomunicaciones o de transportes destinados al uso público.
En ese caso, la sanción que se impondrá es de entre 6 y 10 años de prisión, conforme al Artículo 281° del Código Penal.
Asimismo, se precisa que quienes impidan o entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios de transporte, comunicación, provisión de agua, electricidad o hidrocarburos, incurren en delito de entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos
Esas personas serán condenadas con penas de entre 4 a 6 años y si actúan con violencia o contra la integridad de las personas, recibirán entre 6 y 8 años de pena privativa de la libertad, se advierte.
Además, se recuerda que si en una reunión masiva se atenta contra la integridad física de otras personas y/o mediante violencia causa grave daño a la propiedad pública o privada, la persona comete el delito de disturbios de acuerdo al Artículo 315° del Código Penal y recibirá una pena de entre 6 y 8 años. (Con información de RPP)