Los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) brindaron sus descargos ante la Comisión Permanente del Congreso de la República, que debate el informe final que plantea acusar a los magistrados de infringir la Constitución, además de inhabilitarlos para ejercer la función pública por 10 años.

 

Junta Nac Justicia

De acuerdo al informe de la denuncia constitucional 373, que fue presentado por el legislador Jorge Montoya (RP), los magistrados Antonio De La Haza Barrantes, Guillermo Thornberry Villarán, María Zavala, Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos y el renunciante Henry Ávila Herrera habrían incurrido en la presunta infracción de los artículos 156, inciso 3 y 139 inciso 3 de la Constitución Política.

Del mismo modo, a la magistrada Inés Tello de Ñecco se le acusa de infringir el artículo 156, inciso 3 de la Constitución Política. Precisamente, el fundamento principal de la denuncia radica en que los miembros de la JNJ violaron la Constitución al mantenerla en el cargo pese a que supera los 75 años de edad.

Los descargos

En defensa de los magistrados, el abogado Samuel Abad Yupanqui, indicó que el Congreso no puede destituir a los miembros de la JNJ por no compartir su criterio interpretativo de la Constitución, debido a que es un órgano autónomo.

“Esto es como destituir a toda la Corte Suprema, a todo el Tribunal Constitucional o a todo el Jurado Nacional de Elecciones, es decir, es una decisión sumamente grave, porque es destituir a todos los integrantes de la Junta Nacional de Justicia y no podría constituirse nuevamente porque de los suplentes hay tres personas que superan el límite de los 75 años”, manifestó el letrado.

De acuerdo con Abad, el procedimiento que se debió seguir, según la denuncia constitucional, fue el de una vacancia, ya que se habría incurrido en una causal que “impedía la permanencia” de la magistrada Inés Tello. Sin embargo, eso tampoco era viable.

Para el abogado, los argumentos de la denuncia constitucional se centran en el límite de edad, pues se alega que la Constitución establece que el límite de 75 años para la permanencia en el cargo de la JNJ, pero dicha entidad sostiene que es solo para el acceso al puesto.

“Durante el informe de la determinación de hechos, se efectuó una verificación sobre los alcances de una resolución emitida por la JNJ, que interpreta un artículo de la Constitución para precisar que los 75 años es para el acceso y no para la permanencia en el puesto. Se trató de darle seguridad jurídica a este tema; es una resolución de hace cuatro años, en el 2002, y nadie la cuestionó”, indicó Abad.

Agregó que la Carta Magna puede ser interpretada por distintos órganos del Estado, pero la última interpretación la da el Tribunal Constitucional. «Nunca hemos dicho que la JNJ lo ha interpretado de forma definitiva. Lo que sí hemos dicho es que nadie impugnó esa resolución”, manifestó.

Luego, dijo que el informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, sustentado por el legislador Esdras Medina (UyD), en realidad reitera prácticamente lo que dice la denuncia presentada por los magistrados.

“De haberse iniciado un procedimiento de vacancia con el argumento de los 75 años a la señora Inés Tello, sí se hubiera vulnerado la Constitución y la ley, porque en ninguna parte de la Constitución se dice que se puede vacar a un integrante de la JNJ”, manifestó.

Por su parte, el abogado Omar Cairo, defensa de la magistrada Inés Tello, señaló que la infracción que se le imputa a su patrocinada no tiene como destinatario a ella, sino a los miembros de la Comisión Especial que nombra a los integrantes de la JNJ. “Pido a esta Comisión Permanente que no proponga al Pleno la destitución de mi patrocinada y tampoco de los otros miembros, porque nadie infringió ninguna norma constitucional”, sostuvo.

En tanto, el magistrado Aldo Vásquez negó que haya un presunto conflicto de interés por el nombramiento del actual secretario general de la JNJ, Juan Carlos Cortes Carcelén.

“No fue miembro de la Comisión Especial que nos nombró, no fue asesor de sus integrantes, ni secretario técnico, ni evaluador, ni elaboró examen alguno, pues el examen de conocimiento fue oral. El nombramiento del señor Cortés no fue un acto personal sino de la JNJ”, acotó.

Finalmente, el presidente de la JNJ, Antonio de la Haza, cuestionó el informe de Esdras Medina con argumentos similares al del abogado Abad. Luego, pidió que se archive la denuncia en su contra.

Uno de los ausentes a la sesión de la Comisión Permanente fue Henry Ávila, quien días atrás renunció a su cargo de magistrado de la JNJ. En esta ocasión no presentó ninguna justificación y, por ello, la Mesa Directiva calificó su ausencia como injustificada.

Además de los descargos de la JNJ, al inicio de la sesión, la congresista Lady Camones (APP), que preside la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, alegó que la denuncia constitucional ha cumplido con el procedimiento que estipula la Constitución y el artículo 89 del Reglamento del Congreso.

Por su parte, el parlamentario Esdras Medina Minaya (UyD), quien presentó el informe contra los magistrados, detalló que su informe recomienda que el Ministerio Público analice lo posible comisión de ilícitos penales que involucraría al no aforado, Juan Carlos Cortés Carcelén, actual secretario general de la JNJ, debido a que habría sido consultor de la Comisión Especial, lo cual implicaría su participación en la evaluación y desarrollo de los exámenes para los postulantes que resultaron elegidos magistrados.

“Implicaría un grave conflicto de interés, además de cometerse presuntamente los delitos de colusión y tráfico de influencias entre otros tipos penales”, destacó Medina.