La integrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Luz Inés Tello, solicitó al presidente del Congreso, Alejandro Soto, declarar inexistente el acuerdo del pleno, aprobado la víspera, de inhabilitarla de la función pública por diez años, acusándola de una presunta infracción a la Constitución.
La magistrada señala que basa su petición en que el proyecto de resolución legislativa solo obtuvo 66 votos y no 67, número mínimo requerido según la Constitución y el Reglamento del Congreso.
“Sin embargo, en la sesión de hoy se indicó que la acusación constitucional en mi contra alcanzó 67 votos, pero el voto indebidamente considerado para llegar a ese número de votos es del congresista José Luna Gálvez, quien es integrante de la Comisión Permanente”, argumentó mediante un oficio.
Sigue siendo miembro de la JNJ
Tello recordó que, tanto el artículo 100 de la Constitución, como el artículo 89, inciso l, del Reglamento del Congreso, establecen que en la votación del pleno en el juicio político no participan los miembros de la Comisión Permanente.
“Hago presente que, a la luz de la Constitución y del Reglamento del Congreso, considero que sigo siendo miembro de la Junta Nacional de Justicia”, precisó.
La moción de destitución de los magistrados de la JNJ fue planteada por el parlamentario de la bancada de Renovación Popular, Jorge Montoya y comprende a todos los miembros de la JNJ, Antonio de la Haza Barrantes, Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Henry Ávila Herrera (quien renunció al cargo), María Zavala Valladares y Guillermo Thornberry Villarán, por la presunta infracción de los artículos 156, inciso 3, y 139, inciso 3, de la Constitución; y en el caso de Luz Inés Tello de Ñecco, por la presunta infracción del artículo 156, inciso 3, de la Constitución
La denuncia constitucional aduce que los magistrados habrían interpretado la Constitución para permitir la continuidad de Luz Tello en el cargo al superar los 75 años, sin considerar el requisito de tener entre 45 y 75 años de edad para ser parte de ese organismo público.
La ley es bien clara y señala que entre los requisitos para postular a ser magistrado de la JNJ la edad máxima es de 75 años, por lo cual es absurda la acusación del Congreso, pues si se elige a un magistrado de 75 años, debería renunciar desde un día a menos de un año después, antes de cumplir los 76. Ese no es el sentido de la norma, porque si resultan elegidos deben permanecer en el cargo por cinco años, es decir, la magistrada Tello cumplirá los cinco años al llegar a la edad de 80.