Aduciendo la lucha contra el delito de fraude inmobiliario, la Comisión de Vivienda y Construcción del Congreso aprobó un proyecto de ley basado, cuándo no, en la ignorancia sobre las operaciones inmobiliarias, pues pretenden imponer pesadas regulaciones a los agentes inmobiliarios, como depositar una fianza de 2 UIT (S/ 10,300), mientras que a los verdaderos responsables (abogados que tramitan estas operaciones, notarías y funcionarios de la SUNARP) los exonera de estas cargas.
El proyecto fue promovido por la bancada de Perú Libre, PL, a través del congresista Américo Gonza Castillo, quien logró unanimidad en la comisión presidida también por Perú Libre con la parlamentaria María Agüero Gutiérrez (PL).
Estos sujetos dicen preocuparse por garantizar la seguridad jurídica de la propiedad inmueble, pero son los políticos, congresistas o postulantes a la presidencia los que socavan la seguridad jurídica, por ejemplo al alentar a los invasores y traficantes de terrenos, pero para atacar ese problema no crean solución, porque ellos son los causantes al prometer ayudar en titulaciones delincuenciales que después de elecciones se convierten en tráfico de influencias y otros delitos.
Los agentes inmobiliarios son personas con especialidad comercial, conocen sobre las operaciones de compra, venta y otras de inmuebles, pero para finiquitar estas operaciones final y obligatoriamente intervienen los abogados de las partes, las notarías y los funcionarios de la SUNARP, quienes con sus abogados especializados en derecho de propiedad se encargan de dicho proceso con toda la legalidad del caso. Esto es, si se trata de delinquir, quienes lo hacen con pleno y especializado conocimiento de causa son los abogados, notarías y empleados de la SUNARP, no los agentes inmobiliarios. Cuando abogados, notarías y funcionarios de la SUNARP delinquen no necesitan de agentes inmobiliarios.
Entonces, ¿por qué sólo se pretende recargar la labor de los agentes inmobiliarios y no las de los otros actores principales? Como todos sabemos, de vez en cuando se publican en los medios escándalos de abogados, funcionarios de la SUNARP o notarías que perpetran delitos en perjuicio de propietarios. Un agente inmobiliario con malas intenciones no podría ejecutar sus objetivos sin la participación principal de ellos.
Negocio para universidades
Como si fuese una norma promovida por dueños de universidades, otro de los aspectos del proyecto es obligar a los agentes inmobiliarios a cursos de actualización todos los años, cuando sabemos que no todos los años se promulgan nuevas normas relativas a este rubro. ¿Por qué no obligan a los abogados, funcionario de la SUNARP y notarías a tomar también cursos cada año?
¿Por qué en el Congreso qué se preocupan del negociados de cursos para agentes inmobiliarios si en el Congreso pueden ser congresistas hasta los analfabetos? ¿Por qué no establecen que el requisito mínimo para postular a dicho cargo sea ser profesional titulado?
Se señala en la propuesta que en la actualidad se están infringiendo las leyes logrando registrar y transferir bienes e inmuebles, a través de documentos fraudulentos, ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), sin el consentimiento del propietario legítimo, hecho que se conoce como “suplantación de identidad”, ¿por qué no se considera culpables de ello a los abogados tramitadores, notarías y funcionarios de la SUNARP y sólo a los agentes inmobiliarios?
Más ignorancia de los congresistas y sus asesores bien pagados
El proyecto de ley también establece que al ministerio de Vivienda, a cargo del registro de agentes inmobiliarios, los agentes inmobiliarios deben presentar copia certificada de su DNI, cuando por DL 1246 de 2016 el Ejecutivo prohibió a todas las entidades públicas requerir copia del DNI.
Finalmente, desde la creación del registro de agentes inmobiliarios con Ley 29080, que establece que sólo deben ejercer la actividad de agentes inmobiliarios aquellos que se inscriban en el registro, el ministerio de Vivienda nunca se ha preocupado de sancionar a personas inescrupulosas que ejercen esa actividad sin estar inscritas en el registro, permitiendo la competencia desleal contra los agentes registrados. Si trabaja tan mal ese ministerio, ¿se preocuparía ahora?
Más detalles de las nuevas imposiciones a los agentes inmobiliarios pueden verse en este enlace del Congreso:
https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/OTk3NDc=/pdf