Espera que la Corte Suprema resuelva apelación del Congreso
El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la medida cautelar presentada por el Congreso contra el Poder Judicial, que dispuso la reincorporación de los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez a la Junta Nacional de Justicia (JNJ), quienes habían sido inhabilitados por el Legislativo.
La sentencia señala:
Sobre el Expediente 00004-2024-PCC/TC, correspondiente al conflicto competencial, seguido por el Congreso de la República contra el Poder Judicial, se adoptaron las siguientes decisiones:
a. Dispuso, por unanimidad, ADMITIR a trámite la demanda de conflicto competencial interpuesta por el Congreso de la República contra el Poder Judicial; y, correr traslado de esta al demandado para que se apersone al proceso y la conteste dentro de los treinta (30) días útiles siguientes a la notificación de la presente resolución. La parte demandante alega que se ha producido un conflicto por menoscabo de competencias en sentido estricto, por cuanto el Poder Judicial habría ejercido su potestad de administrar justicia de manera indebida e impidiendo que el Congreso de la República ejerza las competencias que le asignan de forma exclusiva los artículos 99 y 100 de la Constitución Política.
b. Declarar, por mayoría de 5 votos contra 2, FUNDADA en parte la solicitud de medida cautelar solicitada por el Congreso de la República; en consecuencia, ordena:
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- SUSPENDER los efectos de la Resolución 1, de fecha 22 de marzo de 2024, emitida por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el cuaderno cautelar del Expediente 01034-2024-69-1801-SP-DC-01, hasta que la Sala de Derecho Social y Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de la República resuelva el recurso de apelación interpuesto por el Congreso de la República.
- RESTABLECER la vigencia de la Resolución Legislativa 008-2023-2024-CR y de la Resolución Legislativa 009-2023-2024-CR, emitidas por el Congreso de la República, quedando sin efecto la reposición de doña Luz Inés Tello de Ñecco y de don Aldo Alejandro Vásquez Ríos en sus cargos de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, dispuesta por la mencionada Resolución 1.
- Declarar INFUNDADA la solicitud, en lo demás que contiene.
Tras la reposición ordenada por el Poder Judicial, el Congreso había presentado una demanda competencial y una medida cautelar para anular los efectos de la resolución emitida por la Primera Sala Constitucional de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima que permitió la restitución de los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez como miembros de la Junta Nacional de Justicia, por considerar “arbitraria e inconstitucional” su inhabilitación, pues los congresistas José Jerí y José Luna Gálvez votaron en el pleno a favor de la sanción, pese a ser miembros de la Comisión Permanente.
La inhabilitación para ejercer función pública por 10 años a ambos magistrados la perpetró el Congreso, con 67 votos, por supuestamente haber infringido la Constitución, al permitir que la primera continúe en la JNJ tras cumplir 75 años de edad. Dos miembros de la Comisión Permanente —José Luna Gálvez, de Podemos Perú, y José Jerí Oré, de Somos Perú– votaron a pesar de que el artículo 100 de la Constitución lo prohíbe.