El Reglamento Nacional de Tránsito ha modificado las velocidades máximas y en las avenidas no se podrá exceder de 50 km/hora, según norma publicada en el diario oficial.
 
vehiculos San Isidro  
Según el Decreto Supremo N.° 025-2021-MTC, publicado en el diario oficial El Peruano,  mediante el cual se modifica el Reglamento Nacional de Tránsito la modificación busca reducir la velocidad en zonas urbanas para reducir a su vez los accidentes de tránsito.
 
La velocidad máxima para los vehículos motores que circulen por calles y jirones será de 30 kilómetros por hora, mientras que en las avenidas será de 50 km/hora, a fin de reducir los accidentes de tránsito y el número de fallecidos a causa del exceso de velocidad.
 
 
La norma señala que reducir la velocidad en las vías urbanas y reconocer al ciclista como usuario vulnerable, constituyen los primeros pasos para afianzar la importancia de la movilidad activa, sobre todo en el contexto de la nueva normalidad que abordan Lima y Callao por efecto de la pandemia del COVID-19.
 
 
 
Los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados y/o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales son los siguientes:
 
a) En zonas comerciales: 30 km/h.
 
b) En zonas residenciales: 50 km/h.
 
c) En zonas escolares/hospitales: 30 km/h.
 
La Autoridad competente, debe señalizar estos cruces”.