La exigencia estaba contenida en la Ordenanza Municipal N.° 011-2015 de la Municipalidad Provincial de Chiclayo. El Indecopi ordenó su inaplicación con efectos generales en toda la provincia.
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque, con apoyo de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas (SRB), declaró barrera burocrática ilegal la exigencia de tramitar una autorización municipal para instalar anuncios publicitarios en locales y módulos ubicados en el interior de galerías o centros comerciales. Esta fue impuesta por la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la Ordenanza Municipal N.° 011-2015-MPCH/A, por lo cual se ordenó su inaplicación con efectos generales en su jurisdicción.
Mediante la Resolución Final N.° 0003-2023/CEB-INDECOPI-LAM, la Comisión señaló que las competencias municipales referidas a anuncios publicitarios no le permiten exigir autorizaciones en el interior de establecimientos comerciales, sino únicamente cuando estos anuncios se ubican en la vía pública o en el exterior de bienes privados, según el artículo 79.° de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 29729). Por lo tanto, la comuna excedió sus competencias y vulneró el principio de legalidad de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N.°27444).
La Comisión resolvió en sentido similar a lo señalado por la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema en la Casación N.° 23799-2017.
Además, la Comisión precisó que su pronunciamiento no desconoce las competencias establecidas en el ordenamiento a los gobiernos locales para evaluar y verificar las condiciones de seguridad en un determinado establecimiento, de conformidad con lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley N.°28976 (Ley Marco de Licencia de Funcionamiento), la cual establece que las municipalidades evalúan las condiciones de seguridad en defensa civil.
Por ello dispuso su inaplicación con carácter general en la provincia de Chiclayo, en favor de los empresarios, emprendedores o administrados en general, que también se vean afectados por la imposición de la mencionada disposición.
La decisión fue declarada consentida por la SRB, al no haber sido apelada dentro de los quince días hábiles posteriores a la notificación de la resolución final.
La resolución es pública y puede ser vista en el siguiente enlace: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/fb469f99-784e-4047-9cf7-0f6ab2f92070
En caso de verificar la imposición de requisitos, alguna limitación, cobro o exigencia a nivel regional, los ciudadanos y agentes económicos pueden realizar sus consultas al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o llamando al 987 110 764.