FRENTE NACIONAL MILITAR-POLICIAL
F R E N M I L P O L
PRONUNCIAMIENTO
Al Señor Presidente de la República y Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
COMANDANTE E.P. OLLANTA HUMALA TASSO
Sr. Presidente, las 83 asociaciones de pensionistas a nivel nacional respetuosamente le expresamos que, Ud. como nosotros, se forjó en la Escuela del Honor, del cumplimiento de la palabra, la lealtad al superior y al subalterno, pilares del respeto y la disciplina en nuestras Instituciones Tutelares, en las que la Patria deposita su seguridad y su existencia, exigiéndonos todo, incluso nuestras propias vidas, vidas que ofrendamos en situación de actividad y retiro, como lo fuera la del Sr. Gral de División Enrique López Albujar Trint, el Vicealmirante Gerónimo Caferata Marazzi, el Vicealmirante Carlos Ponce Canessa, el Contralmirante Juan Vega Llona el Teniente General FAP Julio Olivera Ángeles y tantos más de todas las jerarquías, certificando así que el riesgo de vida no es exclusivo del personal en servicio activo; en la PNP., se habilitó el Comedor de Cadetes para funeraria, por el número de fallecidos en actividad y retiro, por el accionar del terrorismo.
PRIMERO:
Ha dicho Ud. que: "Los Decretos Legislativos 1132 y 1133 publicados el 9 de Diciembre del 2012; hacen justicia a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, después de 23 años de olvido, dando una justa solución a las expectativas de las Fuerzas del 2
Orden". Esta afirmación, ampliamente publicitada por su gobierno no es veraz pero ha calado en la opinión pública que ahora ve en nosotros un sector privilegiado que en 5 años ganaremos el doble.. Sus mal llamadas soluciones, elaboradas en SECRETO y desatendiendo nuestra petición de publicación previa,son peores que la del ex –Presidente Alan García Pérez, reconocido anti-militarista, que no logró su propósito porque fue el Congreso de la República que en demostración de patriótica responsabilidad se lo devolvió con observaciones, por transgredir la Constitución Política del Estado y las Leyes que salvaguardan nuestros legítimos derechos adquiridos. Sr. Presidente, Ud. como militar sabe que las FF.AA. y la PNP no son las legiones del César, quien podía hacer con ellas lo que quería. Somos las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional de la Nación, regidas al amparo del Estado de Derecho que debemos respetar todos.
SEGUNDO:
Es por ello que la infausta Ley de Delegación de Funciones Legislativas N° 29915 llena de vaguedades y concepción malsana en contra del gremio militar policial ha engendrado los Decretos Legislativos de remuneraciones y pensiones que han causado malestar e indignación al haberse defraudado nuestras justas y relegadas expectativas, confiados en sus declaraciones públicas cuando era candidato a la presidencia y en sus Mensajes a la Nación cuando ya asumió la presidencia de la República. Los Decretos Legislativos en cuestión, son lesivos a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional y a los sagrados intereses nacionales.
TERCERO:
Con fecha 11 de Mayo 2012 presentamos a su despacho una propuesta, con ánimo de colaborar en la solución económica, técnica y sostenible el problema de las remuneraciones y 3
pensiones, remitiendo copia a todos los Ministros de Estado y a los 120 Congresistas de la República, solicitando además la publicación previa de los proyectos de Decretos Legislativos, trabajados por el MEF en absoluto secreto. No fuimos atendidos y como triste resultado el país ha comprobado la improvisación y desconocimiento de sus siniestros autores, corroborada por la publicación, hasta la fecha de 11 burdas "fe de erratas" que no son otra cosa que cambios conceptuales que debieron modificarse con otra norma de igual o mayor jerarquía, lo que oportunamente litigaremos hasta el Tribunal Constitucional, de ser necesario.
CUARTO:
Nuestro proyecto fue elaborado por una Comisión Conjunta de expertos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y aprobado por las organizaciones de base del FRENMILPOL. Al ser ignorado por el Ejecutivo, ingresó al Congreso de la República como Proyecto de Ley Nº 1384 -2012, y por razones que ahora es fácil comprender, se encuentra pendiente de dictamen. Debido al calculado cierre de la Legislatura Ordinaria hemos recurrido notarialmente a la Comisión Permanente del Congreso, para que cumpla con su deber de verificar si Los Decretos Legislativos se han dado en el marco de las facultades delegadas y respetan el ordenamiento legal vigente, y como así será comprobado se declare la nulidad de estos instrumentos por inconstitucionales, ilegales y no resolver con justicia la problemática de remuneraciones y pensiones.
QUINTO:
Ambos orientan a desanimar a incorporarse a la noble carrera de las armas a la juventud peruana, en consecuencia, desaparecerla; no obstante, la nula Defensa Nacional y el empeoramiento progresivo y patético del orden interno y social.Las 4
normas legales mencionadas son inequitativas en el entorno de las remuneraciones y pensiones de los servidores del país y menos aún de quienes estamos legítimamente considerados en un régimen "especial" exclusivo y excluyente. Es inequitativo también en el entorno regional al cual nos vincula infinidad de convenios de seguridad.
SEXTO:
El Decreto Ley N° 1133 dirigido a los que forman parte de las FF.AA y PNP. en el futuro, no tendrán la pensión renovable, en el mes N° 60, disminuirá su pensión al 45% y el de sus viudas el 50% de ese 45%; olvidando el artículo 174° de la Constitución Política del Perú. Así se actuó con los pensionistas de la ley 20530 y antojadizamente se interpreta ahora que los pensionistas del régimen de la ley Nº 19846, estaríamos en ese mismo modelo, lo cual ya fue dilucidado favorablemente por el Tribunal Constitucional. Este es un logro de los Tecnócratas del MEF, cuyo Ministro es de las canteras del gobierno aprista, es copia del modelo, para no reconocer la especificidad del quehacer del personal militar-policial desde su formación exclusiva para servir a un solo patrono, el Estado, desconociendo la existencia del contrato social entre este y las Fuerzas del Orden.
SETIMO:
El Decreto Supremo N° 246-2012-EF, ilegal e inconstitucional, pretende modificar el Decreto Legislativo N° 1133 de mayor nivel y dispone que el personal en retiro perciba una sola vez, un incremento de S/. 240 .00 (S/. 20.00 por año, 1.66 soles por mes en 23 años) quedando su pensión congelada en el futuro, ignorando y desapareciendo lo contemplado en el artículo N° 174 de la CPP.: La Cedula Renovable. 5
OCTAVO:
Estamos plenamente de acuerdo con las mejoras en las remuneraciones de los Comandantes y grados inferiores injustamente relegados por los gobiernos de los últimos 30 años, pero no podemos estar de acuerdo que esta mejora se de mediante bonificaciones no pensionables, como tampoco podemos estar de acuerdo con la absurda escala de remuneraciones del Personal Subalterno en todas sus clases en que no se amerita los conocimientos, experiencia y años de servicios de los Técnicos Supervisores ni se percatan que en 30 años de servicios un Sub oficial de Tercera sólo tiene una expectativa de aumento exiguo en remuneraciones. Parecería que estos documentos fueron trabajados en el extranjero por conocidas instituciones antimilitaristas.
Señor Presidente de la República y Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional:
Con todo respeto, el FRENMIPOL está para apoyarlo y no para enfrentarlo. No dudamos de su compromiso con las Instituciones Tutelares. Dudamos de sus asesores que sutilmente le han hecho firmar Decretos Legislativos que han de ser rechazados por el Congreso de la República o por el Tribunal Constitucional porque carecen de fundamento legal.
Lima, 04 de Enero del 2013
ADOGEN-PERÚ, ADOGEN-PNP/ FENAPOL/ ASMUTIOMAR/ ASCOFA/ APENFFAPONA/ APPREX-USA / ATOMER/ASOC. VIUDAS FF.AA-PNP/ ASOGLOPIP/ APROPOL-PERÚ/ ASOC. VIUDAS AVYDPOL-PNP/ AMURPOL-PNP/ ADIPEX–PNP/ FOCAM-CALLAO/ ACEL-EL POTAO/ APERSAN-PNP/ URB. SAN GERMÁN ZONA MARINA/ ASOC. GAVANCHO 22/ MOV. FEM. FAMILIA POLICIAL–MFFPP/, ASOC.
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SAN DIEGO/ ASOC. ASORE-D/ FRENDAF-PNP/ ASOR GC/TUMBES, ASOC. 7 AGOSTO/TUMBES, AMTSOR-PNP/PIURA, CASINO–GC/PIURA, AMUTS-PNP/SULLANA, ASSO-PNP/SULLANA, ASAMUT-PNP/CHICLAYO, CASINO-GC/CHICLAYO, ASSOR-PNP/LAMBAYEQUE, FREDEP-PNP/CHICLAYO, AMSOR-PNP/LA LIBERTAD, AMSOR/CAJAMARCA, ASOR-PNP/ TARAPOTO, AAPSOES-PNP/LORETO, ASOC. 7 AGOSTO/IQUITOS, ASOC. 30 DE AGOSTO/LORETO, AMSOR-PNP/CHIMBOTE, ASOES–PNP/UCAYALI, ASOR-PNP/MOYOBAMBA, ASOR-GC/HUANCAYO, ASOR/HUANUCO, AMPRI-PNP/ICA, ASOR-GC/AYACUCHO, ASOR-GC/ABANCAY, AMSOR-PNP/AREQUIPA, COOP. CONSUMO GC/AREQUIPA, ACSE-GC/AREQUIPA, ASOC. PENSIONISTAS FF.AA- PNP/AREQUIPA, ASOC. GC/CAMANÁ, AMSOR-PS-GC/PUNO, CASSO-GC–PNP/MOQUEGUA, ASOR-PNP/MOQUEGUA, ASOR/ILO, AMSOR-GC/TACNA, ASCSO-GC/TACNA, CR-FENAPOL/LAMBAYEQUE, CR-FENAPOL/SULLANA, CR-FENAPOL/IQUITOS, CR-FENAPOL/SAN MARTÍN, CR-FENAPOL/ ANCASH, CR- FENAPOL/AREQUIPA, CR-FENAPOL/HUANCAYO, CR- FENAPOL/ICA, CR- FENAPOL/CUSCO, CR- FENAPOL/CAJAMARCA / FENAPOL,CR-MOQUEGUA /AVMG /
UNIDAD – ORGANIZACIÓN - LUCHA