Hiel de azúcar en Andahuasi: Parte II

¿Operaciones transparentes, mal cálculo estratégico, manipulación de precios en el Mercado de Valores o prácticas comerciales desleales? La edición 204/2010 de IDEELE realizó un interesante e ilustrativo trabajo de investigación periodística relacionado con el caso de Azucarera Andahuasi, recogiendo las opiniones de los grupos en conflicto y de destacados técnicos independientes[1] con conocimiento del tema.

 

Transcurridos algunos meses y al haber surgido nuevos elementos que dan indicios de actividades “Non Sanctas” en la compra de las acciones de Andahuasi; es conveniente dar a conocer a IDEELE y por intermedio de ellos a la opinión pública, esta sucesión de hechos que “evidencian objetivamente”, como se diría en el lenguaje de los auditores; la debilidad normativa en nuestro Mercado de Valores y el discutible  desempeño de la CONASEV en la supervisión del mercado secundario de acciones y en la promoción de normas específicas para prevenir el advenimiento de conflictos de interés, para detectar y disuadir la manipulación de precios y las prácticas comerciales desleales en las operaciones de rueda de bolsa.

Lo relatado, suena raro y hasta chocante, pero es la realidad del Perú, la CONASEV ha sostenido documentadamente que la operación de “compra en Rueda de Bolsa”, el 14/05/09, adquisición de 49’422,574 acciones de Azucarera Andahuasi realizada por Río Pativilca S.A.[2], empresa de la Corporación Wong; es una operación irreivindicable, por lo tanto, imposible de ser anulada.

Esta afirmación hecha por un  funcionario público, al amparo del artículo 115° de la Ley del Mercado de Valores podría ser perfectamente válida para cualquier neófito que cree en la transparencia de operaciones en el mundo bursátil; pero lamentablemente la realidad dista de la teoría en este caso: las investigaciones realizadas por los asesores legales de los accionistas minoritarios de Andahuasi determinaron que la venta del paquete de 49’422,573 acciones que hicieron el presidente[3] del directorio y el gerente general de Andahuasi el llamado “jueves negro” del 14/05/09; había sido pactada y contratada a un valor transaccional de S/. 1.00 por acción, días antes[4], entre estos dos funcionarios de Andahuasi y los hermanos Erasmo y Efraín Wong Lu Vega, violando flagrantemente la norma sobre negociaciones en los mecanismos centralizados en Rueda de Bolsa.

Confirmando este contrato anticipado de compra venta de acciones, Erasmo y Efraín Wong firmaron además una carta de instrucciones dirigida a Ekaterini Kidonis, funcionaria del BIF[5], fechada (13/05/09) un día antes del “jueves negro”, indicando  que habían suscrito un contrato de compra venta por 69’816,758 acciones representativas de Empresa Agraria Azucarera Andahuasi S.A.A. y que parte del precio de estas acciones, ascendente a más de 23 millones de soles,  debía ser pagado a una serie de personas, mediante cheques de gerencia, que para agravar la extraña figura, fueron girados el martes 12/05/09  y cargados en la cuenta corriente de Río Pativilca S.A.

Si el Reglamento de Operaciones en Bolsa define con total claridad la forma en que se realiza una oferta de venta de acciones en rueda de bolsa, resulta incomprensible que al margen de la rueda de bolsa, la operación “Andahuasi” de los 49’422,573 de acciones haya sido liquidada y pagada dos días antes en el BIF. Esto es algo que los funcionarios de la Bolsa de Valores de Lima, de SCOTIA BOLSA y de la CONASEV, deberán explicar a la opinión pública y a las autoridades, para que el Mercado de Valores peruano siga teniendo credibilidad.

Un punto vital que suma en contra de la CONASEV es que nunca verificó si el presidente de Andahuasi estaba facultado legalmente a vender este millonario paquete de acciones, tal como lo menciona esta entidad en un oficio[6] dirigido a Santos Baldeos Ardían, accionista minoritario y director de Andahuasi, en el cual afirman haber supervisado la actuación de SCOTIA BOLSA en esta negociación.

De haberlo hecho, se habrían percatado que los poderes del presidente de Andahuasi, tuvieron tres intentos frustrados de inscripción en SUNARP, por haberse simulado una junta de accionistas en la subsidiaria de Andahuasi; grave responsabilidad para la CONASEV y para SCOTIA BOLSA.

Otro aspecto a considerar y esclarecer, es la participación de Enrique Sphilmann, gerente de SCOTIA BOLSA y responsable de tomar la orden de venta de Azucarera Andahuasi, recién el 14/05/09, cuando las evidencias indican que la operación ya se había liquidado dos días antes.

Cabe la pregunta entonces: ¿Si SCOTIA BOLSA negoció la venta en rueda de bolsa, cómo liquidó la operación si el dinero ya había sido dispuesto dos días antes? ¿Significa esto que todo el dinero producto de la operación revirtió a la cuenta de Río Pativilca S.A.? De ser cierta esta presunción; NUNCA HUBO OPERACIÓN DE RUEDA DE BOLSA, según lo que dispone el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa[7]Sea como fuere, la versión de la Corporación Wong, a través de su asesor Manuel Valencia, en la edición 204/2010, manifestando que hubo un compra transparente de acciones, difiere de la realidad y será materia del proceso judicial 230-2010 que se ventila en el 6° Juzgado Penal de Lima, en el cual consta toda la documentación del BIF y de la rueda de bolsa del 14/05/09.

Pero la historia del precio de las acciones de Andahuasi y la forma de supervisar el Mercado de Valores, es singular en el Perú porque no existen conceptos claros y la inacción o “extraña” acción de la CONASEV es clamorosa, al extremo de afectar a los accionistas y reconocer sus propias deficiencias a posteriori.

En efecto, la OPA complementaria de noviembre 2009 por la cual el grupo Wong fue autorizado a ofertar la compra de 13’224,339 acciones al precio de S/. 1.57; se autorizó a un precio fijado en base al promedio de las acciones adquiridas indebidamente por el grupo Wong y sin que guarde relación con el valor real de la empresa[8]. En buen castellano, el precio de la OPA complementaria se fija de acuerdo al criterio del manipulador de precios.

Como la OPA de noviembre 2009 fue suspendida por el juez Carlos Solano, del 10° Juzgado en el 19° día de vigencia, el juez que raudamente reemplazó la Corte Superior de Lima, Roberto Vílchez Dávila; levantó la suspensión en octubre 2010 y en una forma totalmente irregular, la CONASEV, en un solo día, el 13/10/10 convocó a un directorio para que tome conocimiento de una resolución del 10° Juzgado de Derecho Constitucional, fechada un día antes, sin firma de especialista judicial y sin haber sido debidamente notificada.

Esa misma tarde el directorio de la CONASEV acordó cumplir prestamente con la irregular resolución judicial y autorizar la continuación de la OPA del 2009, pero por un solo día (15/10/10) y al mismo precio de un año antes (S/. 1.57); remitiendo diligente carta a la Bolsa de Valores ese mismo 13 de octubre, a Río Pativilca S.A. para que tuviera tiempo de ordenar la publicación de la oferta de OPA en los diarios: El Comercio, El Peruano y Ecos (Huacho) para el día siguiente 14/10/10.

En el medio de esta guerra entre los grupos económicos, el grupo Bustamante denunció penalmente a todo el directorio de la CONASEV por esta operación, al considerar que había claros indicios de abuso de autoridad y corrupción de funcionarios. Los actuados de la investigación policial fueron solicitados por la 15ª Fiscalía Provincial Penal de Lima, antes de que termine dicha investigación policial y se desconoce qué ha resuelto la Fiscalía.

Lo evidente es que hubo una investigación y que un primer hecho objetivo es que contra lo dispuesto por el Código Procesal Civil, una resolución judicial fue utilizada para acelerar un acuerdo favorable para el grupo Wong; aspecto que los accionistas de Andahuasi consideran que debería ser investigado a profundidad porque entienden que ha habido una participación concertada en la que el Procurador de la CONASEV tendrá mucho que explicar al Ministerio Público.

Otro hecho que pinta de cuerpo entero la situación actual de la CONASEV, es que en el año 2009, su directorio, reunido el 7 de setiembre de ese año, acordó autorizar al grupo Wong a realizar una OPA complementaria y al fijar el precio, asumió que el mejor precio de las acciones ANDAH 1 era S/. 1.57, un valor promedio obtenido de la indebida compra de acciones sin OPA que hizo el grupo Wong.

Llama entonces la atención que el ejecutivo (¿CONASEV?) haya presentado al Congreso, el proyecto de ley 4769, el día 04 de abril de este año y que haya sido aprobado vertiginosamente por la Comisión de Banca del Congreso el día 19 de Mayo y luego convertido en “Ley de Promoción de las Emisiones de Valores Mobiliarios y de Fortalecimiento del Mercado de Capitales”.

Esta Ley N° 29720[9]  modifica justamente el artículo 72° de la Ley del Mercado de Valores, en el sentido de establecer que en el caso de una OPA complementaria (como la del caso Andahuasi), el valor de las acciones debería ser el determinado por el mayor valor pagado por las acciones indebidamente adquiridas o por el que determine una sociedad valorizadora de acuerdo con lo que establezca CONASEV, “el que resulte mayor”.

Este cambio en la normatividad, indica sin lugar a dudas que el Poder Ejecutivo aprovechó de una coyuntura de cambio de gobierno para modificar mediante ley (no podía ser de otra forma) la Ley del Mercado de Valores y “parchar el hueco” legal en cuanto al valor de las acciones en una OPA complementaria; sin embargo el perjuicio económico a los accionistas minoritarios de Andahuasi, quedó en manos del Poder Judicial, cuando las legislaciones de otros países vecinos nos llevan años de ventaja.

Los accionistas minoritarios de Andahuasi ahora si están seguros de que el directorio de la CONASEV los perjudicó por grave negligencia en su función de supervisar la correcta formación de precios de mercado para las acciones, en casos como el de Andahuasi y consideran que denunciarán al directorio de la CONASEV. La modificación de esta ley, permite observar otro ángulo que en el futuro afectará  directamente a los accionistas minoritarios, ya que en el proyecto de Ley se “asume” en la exposición de motivos (página 24 del proyecto 4769) que decisiones sobre infracciones relativas a OPA’s han sido cuestionadas en la vía judicial mediante procesos contencioso administrativos y por lo tanto, en la Ley 29720 se aplica la exigencia de una garantía efectiva (Fianza o Póliza de Caución) equivalente al 50% de la OPA (57 MM de soles para el caso específico de Andahuasi), para el caso de algún accionista que interponga una medida cautelar.

Lo que queda claro en este acápite, es que el origen del proyecto de ley está en la CONASEV y que alguien debería explicar la generalización en la exposición de motivos, sobre el número de procesos contencioso administrativos relativos a OPA’s, que a nuestro entender, sólo hay uno, el promovido por el grupo Bustamante para eludir la sanción impuesta por la CONASEV en el caso Andahuasi[10]Vistas las cosas de este modo, el grupo Wong tiene en concreto: 49 MM de acciones compradas en una ilícita operación; 51 MM de acciones compradas mediante SCOTIA BOLSA a los accionistas minoritarios, que han cuestionado esta compra en la vía judicial porque consideran que fueron engañados al eludir el grupo Wong, la OPA, justamente para manipular el precio de las acciones, luego de “haberlo fijado en S/. 1.00” y por último, 13 MM de acciones “valorizadas” para la OPA del 15/10/2010, por la CONASEV a S/. 1.57, precio que los accionistas de Andahuasi, consideran un “premio” de la CONASEV al grupo Wong por no haber cumplido con la OPA inicial en el 2009, según Ley.

Según expresa Wilder Ruiz Loayza, director respaldado por la mayoría de los accionistas minoritarios de Andahuasi, el hecho de haber liderado esta desigual lucha contra poderosos grupos económicos que han invertido más de 200 millones de soles, asesorados por prestigiosos estudios de abogados y el haber soportado tres intentos de desalojo, uno de ellos con más de 5,000 policías; le valió el reconocimiento de la población del norte chico e hizo posible candidatear al Congreso y lograr una curul.

Esta lucha, conjunta con los accionistas de Andahuasi, también les significó a Ruiz y a muchos de ellos, sendas denuncias penales, por una serie de delitos, como hurto agravado, lesiones y otros, que están siendo desvirtuados en los juzgados penales de Huaura; han pagado caro por haber reclamado los que consideran un engaño de los de cuello y corbata.

http://andahuasinosevende.blogspot.com/2010/09/idl-la-sal-de-andahuasi.html