¡San Martín se zurra en la Constitución!
por Guillermo Olivera Díaz; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Cuando cursaba mis estudios universitarios de derecho en San Marcos, por primera vez escuché el concepto del juez natural; confieso que no reparé en sus implicancias ni leí textos al respecto, me sentí como alguien recién bajado a un neologismo.
Tiempo después lo encontré elevado a la categoría de principio constitucional con este texto inmaculado: “Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción, ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación” (Constitución Política 1993, Artículo 139°, inciso 3). ¡He aquí definido sin ambages el juez natural, hoy hecho añicos!
Con perplejidad lo diré este precepto constitucional no rige para el desafortunado alcalde de Espinar, Oscar Mollohuanca Cruz, detenido a la velocidad de un rayo por la acción de un policía, un fiscal y un juez penal cusqueños, ¿desvinculados del poder político?.
Para encarcelarlo la policía del lugar, que depende del ministro Wilver Calle Girón, le formuló un atestado policial por 5 delitos, entre ellos, el grave secuestro de un fiscal; el fiscal provincial de la zona, colega del secuestrado, pidió al juez su detención preliminar; un juez penal del Cusco la ordenó y al detenido alcalde lo derivó a un juez ad hoc de Ica, pues César San Martín Castro, quien somete fácilmente a los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, vía una Resolución Administrativa que el mismo redactó, creó jueces especiales supranacionales o elefantiásicos, con sede en Ica, para ventilar los delitos que surjan de los conflictos sociales de Cusco y Cajamarca. ¡Se zurró, por ende, en la norma constitucional, pues algún apuro debe tener!
¡ Y pensar que la ingenua Constitución Política señala, en su Art. 138°, que la potestad de administrar justicia se ejerce por el Poder Judicial “con arreglo a la Constitución y a las leyes”. No dice con arreglo a lo que piense César San Martín Castro, aunque fuere Presidente de la Corte Suprema, ni a lo que decida algún saltimbanqui moral que ejerza ese cargo, tampoco se refiere a resoluciones administrativas de ínfima jerarquía. ¡Estas no son leyes, menos normas constitucionales!
Parece que hemos llegado a un delicado momento político social, donde se hace cera y pabilo de preceptos constitucionales y legales, cuando el poder ejecutivo, el judicial y el ministerio público conciertan para encarcelar a un desventurado alcalde de Espinar y a otros que vendrán como Gregorio Santos, Marco Arana.
Alan García criminalizó la protesta por decreto legislativo; Ollanta Humala con Wilver Calle y César San Martín la encarcelan a través de una simple resolución administrativa aprobada ayer 31-5-2012.
¡Todo esto a la velocidad inusitada de un rayo supersónico!. Ni siquiera El Peruano he podido encontrar en San Borja para leer con atención y asombro esta malhadada Resolución Administrativa que posibilita el traslado del detenido Oscar Mollohuanca Cruz de Cusco a Ica, donde no están su familia, sus amigos, su defensor, sus testigos de descargo u otras pruebas que tenga que ofrecer, aristas sociológicas propias del juez natural.
¡He aquí la radiografía del tremebundo concepto del juez natural sanmartiniano; del indiscutiblemente estudioso César San Martín Castro, empero, acomodaticio con quienes cumplen turno en el gobierno!
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