Por Herbert Mujica Rojas

Para el Servicio de seguridad y vigilancia para Migraciones a nivel de Lima y Callao y bajo el código CP-SM-6-2018-MIGRACIONES-1 esta entidad convocará a proceso por la suma referencial de S/ 8’367,251 (www.lumensoft.pe 22-2-2019).

Los precedentes contratos fueron directos y por montos bastante más modestos.

Durante los años 2017 y 2018, Migraciones, aprobó procesos de adquisición, bienes y servicios y obras, por “Desabastecimiento, Exoneraciones, Contrataciones Directas:

-Servicio de Seguridad y Vigilancia para la Superintendencia Nacional de Migraciones (DIRECTA-PROC-a-2018 del 2 de febrero 2018) y por el valor referencial de S/ 862,893.

-Servicio de Seguridad y Vigilancia para la Superintendencia Nacional de Migraciones (DIRECTA-PROC4-2018-MIGRACIONES-1; 8-6-2018) por S/ 1’220,000.

-Servicio de Seguridad y Vigilancia para Migraciones a nivel Lima y Callao (DIRECTA-PROC-11-2018-MIGRACIONES-1; 12 de octubre 2018) por S/ 1’050,000.

En buen castellano y así no les guste mucho admitirlo, gracias a la constante difusión de esta clase de desmanes y nunca aclaradas situaciones en la Superintendencia Nacional de Migraciones, bajo la gerencia general de Roxana del Aguila Tuesta, la entidad usa los mecanismos obligatorios e imprescindibles para cautelar el dinero público. ¿Y por qué no lo hicieron antes, por lo menos, en esta área específica de Seguridad y Vigilancia?

Conviene preguntar de manera directa y por Transparencia, si Migraciones ha observado con precisión y exactitud lo que establece el Artículo 129 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado que señala la necesidad de los bienes u obras y que “debe ser actual e imprescindible para atender los requerimientos inmediatos”.

Más aún se especifica el descarte de la posibilidad de considerar la existencia de una situación de desabastecimiento en las siguientes contrataciones:

a) En vía de regularización; b) Por períodos consecutivos que excedan el lapso de tiempo requerido para superar la situación que inicialmente calificó como desabastecimiento; e) Para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración del proceso de selección; d) Por cantidades que excedan lo necesario para atender el desabastecimiento”.

Importante reiterar que no obra, en el tema de pasaportes electrónicos, no se ha publicado en el rubro Normatividad interna de Migraciones-Resoluciones de Superintendencia, el dispositivo legal donde se declara en Situación de Desabastecimiento, compra DIRECTA-PROC-9-2018-MIGRACIONES, de fecha 21 de agosto-2018, el SERVICIO DE SOPORTE, MANTENIMIENTO Y COMPONENTES ADICIONALES PARA LA CONTINUIDAD OPERATIVA EN LA EMISION DESCENTRALIZADA DE PASAPORTES ELECTRONICOS por el monto de S/ 8’006,523.00.

¿Y cómo en otros procesos de la misma Superintendencia, señora Gerente General, Roxana del Aguila Tuesta, eso sí acontece porque están publicados?

Seguiremos informando.

25.02.2019