Pensiones, ONP y FONAHPU

jubilados 3Por Ubaldo Tejada Guerrero*

Profundo malestar causa a los pensionistas del D.L. N.º 20530 del Perú, el envío de Notificaciones por parte de la ONP, con la finalidad de “actualizar sus datos en nuestro sistema y verificar si mantiene vigente su derecho para percibir la Bonificación del FONAHPU-de conformidad al Decreto de Urgencia N.º 034-98 y Decreto Supremo N.º 082-98-EF” y solicitando la presentación de un escrito hasta el 28 de noviembre del 2011.

 

La ONP está calificada como la entidad mas inhumana contra la tercera edad, y basta agregar, que se pide a los pensionistas escribir sus datos personales completos-adjuntando, copia legible de la siguiente documentación: boletas de pago de pensiones de los meses de setiembre  y octubre del 2011, correspondiente a su entidad, Resolución (es) mediante la cual se les otorgó la(s) pensiones por el D.L. 20530, y Declaración Jurada que se adjunta, debidamente completada y suscrita.

Aun mas, dicha declaración jurada, tiene la finalidad de que se verifique si mantienen vigente, su derecho para percibir la bonificación FONAHPU, adjuntando copia de su documento de identidad vigente; comprometiéndolos a informar oportunamente a la ONP, cualquier modificación de los datos de pensiones de cesantía, sobrevivencia u otras leyes.

Las míseras pensiones que reciben nuestros ancianos, crean un cuadro estresante, que la ONP completa diciendo al final del formato de Declaración Jurada, que “en caso de resultar falsa la información que proporcionen los pensionistas, se sometan a las responsabilidades administrativas civiles y penales, según lo dispuesto por el Código Penal y la Ley de Procedimiento Administrativo General.

La notificación termina diciendo: “que, de no enviar lo solicitado dentro del plazo señalado, procederán a validar su derecho a validar su derecho a percibir la bonificación del FONAHPU para el periodo 2012-01 (abril de 2012) conforme a lo informado en la planilla de pago de pensión (D.L. 20530) enviada por su entidad”.
A la burocracia bien remunerada de la ONP, tendríamos que recordarles que es “torturante” pedir información a los ancianos de la 20530, por cuanto toda la documentación de cada entidad a la cual pertenecen los pensionistas, es informada por norma a la ONP por los funcionarios respectivos.

Lo que deben saber los peruanos, es que el FONAHPU, estuvo destinado a otorgar bonificaciones a los pensionistas comprendidos en los regímenes del D.L.  N.º 19990, hasta que la ley N.º 27617, autorizó al Poder Ejecutivo a incorporar, con carácter pensionable, en el Sistema Nacional de Pensiones, el importe anual de la bonificación FONAHPU, otorgada a dichos pensionistas.


En el caso del D.L. N.º 20530, se otorga FONAHPU a los pensionistas de las instituciones públicas del Gobierno Central, cuyas pensiones totales mensuales no sean mayores de S/. 1,000.00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles). La IX Asamblea Ordinaria de Asociados de ANCIJE, a realizarse en Trujillo (28 de noviembre al 02 de diciembre 2011), será motivo para que los pensionistas del sector educación, hagan llegar su petitorio nacional, para hacer realidad una política de cambio y equidad a favor de la tercera edad.

*Analista Global  
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.