Multarían con S/. 365,000 a empresas que violen datos personales de clientesllamada amenaza
 
Las empresas que divulguen indebidamente los datos personales de sus clientes recibirían multas de hasta 365,000 mil nuevos soles, equivalente a 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), informó el ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus).

 

La sanción está incluida en el Proyecto de Reglamentación de la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP) presentado por el Minjus.

El jefe de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (Anpdp), José Quiroga, explicó que el reglamento, que será evaluado por el Ejecutivo, contempla que esas instituciones adecuen su base de datos existente en un plazo máximo de dos años de la entrada en vigencia de la norma.

El reglamento indica que el titular del banco de datos deberá obtener el consentimiento de las personas para poder utilizar dicha información.

“Una clínica que obtuvo los datos de una persona para ser atendida no puede utilizarlos para venderle un seguro o algo por el estilo”, señala el proyecto.

Subrayó que las empresas que no cumplan con ordenar su base de datos en ese período, serán sancionadas y recomendó a las empresas adecuarse a la ley, porque ayudará a fortalecer la relación con sus clientes al darle mayor credibilidad.

“El peor castigo para una empresa es que su público se dé cuenta que no lo respetan”, agregó.
 
Quiroga descartó que la iniciativa busque restringir a la libre empresa ya que tienen la labor de proteger al ciudadano.

El Minjus a través de ANDPDP cumple con la labor de defender el derecho de la ciudadanía de preservar sus datos personales mediante una ley, debidamente  reglamentada.

La medida permitirá regular el uso de los bancos de datos personales por parte de las instituciones públicas o privadas.