El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) informó que la multa de 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 71 mil nuevos soles, impuesta al escritor Alfredo Bryce Echenique, por plagio de artículos literarios, no ha sido devuelta.
Al respecto, el INDECOPI precisó que no ha recibido notificación alguna del Poder Judicial, ordenando a la Comisión de Derecho de Autor la devolución de la multa con la cual se sancionó a Bryce Echenique en el año 2009, tal y como el escritor ha manifestado hoy en diversos medios de comunicación.
El escritor nunca estuvo de acuerdo con la sanción impuesta, por ello inició un proceso contencioso administrativo en el Poder Judicial para que revise la decisión del INDECOPI; además interpuso una acción de amparo. Ambos procesos permanecen en manos del Poder Judicial.
En ese sentido, la única autoridad que puede ordenar la devolución de la multa es el Poder Judicial, siempre y cuando resuelva en forma desfavorable para el INDECOPI (sea en el contencioso administrativo o la acción de amparo). Hasta el momento, INDECOPI no ha sido notificado con una resolución de tal naturaleza.
La multa fue pagada por Bryce Echenique, luego que la institución comprobara el plagio de 16 artículos, publicados en diversos medios de comunicación nacionales y extranjeros.
Como se informó oportunamente, el INDECOPI determinó que Bryce Echenique infringió el derecho moral de paternidad en la modalidad de plagio y el derecho moral de integridad.
El derecho moral de paternidad es la facultad que tiene un escritor a ser reconocido como autor de una obra, es decir, que se debe publicar su nombre o seudónimo en caso su obra sea citada por un tercero. En tanto, el derecho moral de integridad está referido a que nadie puede modificar o mutilar las obras de otros autores.