Mediante Resolución N.° 150-2012-CD/OSIPTEL publicada en el Diario El Peruano el día de hoy, el OSIPTEL sancionó en segunda instancia a Telefónica Móviles con 75 UIT por infracción grave al haber incumplido lo dispuesto en el Art. 6 de las Condiciones de Uso, al no brindar a sus abonados información clara, veraz, detallada y precisa, al momento de la contratación o en cualquier momento que le sea solicitada, respecto al proceso de migración tecnológica de CDMA (celulares sin chip) a GSM (celulares con chip).
Durante la investigación realizada por el OSIPTEL se encontró que los asesores de Telefónica informaban a sus clientes que el cambio de celulares sin chip a celulares con chip no era gratis, que tenía un costo el cual dependía del modelo de equipo que el usuario deseaba o que para que no pierda el número de celular debería adquirir uno nuevo, entre otras respuestas.
Lamentablemente al no existir normativa que contemple el resarcimiento del daño causado a los consumidores quien se beneficia con esta multa es el OSIPTEL, sin embargo nuestro colegiado procederá a solicitar a INDECOPI inicie las investigaciones necesaria para obligar a Telefónica Móviles devuelva el pago indebidamente realizado por los consumidores bajo esta modalidad.