El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) se encuentra investigando de oficio, la posibilidad de un acuerdo entre los proveedores de ciertos medicamentos oncológicos para abstenerse de participar en las compras corporativas convocadas por el Ministerio de Salud.
La institución aseguró que si bien no es obligatorio participar en compras corporativas, de encontrarse indicios razonables de una concertación, iniciará el procedimiento sancionador correspondiente contra los presuntos responsables. En esa dirección, resaltó el compromiso decidido con la defensa de la competencia en los distintos mercados de la economía y, en particular, en los mercados relacionados con la vida y la salud de las personas.
Así, por ejemplo, refirió que anteriormente la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, tras una ardua investigación iniciada de oficio, determinó la existencia de un acuerdo entre empresas para repartirse el mercado de provisión de oxígeno medicinal a EsSalud, sancionando a las tres más grandes proveedoras de este producto con multas que, en total, ascendieron a más de 20 millones de nuevos soles.
Respecto a las alternativas para adquirir fármacos contra al cáncer, ante posibles conflictos con derechos de patente, el INDECOPI recuerda que nuestra legislación sobre propiedad industrial establece mecanismos especiales por los cuales se puede otorgar una “licencia obligatoria”. Por ejemplo, Brasil y algunos países de África, recurren a las licencias obligatorias para importar o producir medicamentos.
Esta consiste en permitir la fabricación, importación y/o comercialización de un producto patentado, sin autorización del titular de la patente, por razones de emergencia o interés público, previa declaratoria de estas razones por parte del ministerio correspondiente. También es posible otorgar una “licencia obligatoria” para evitar prácticas que afecten la libre competencia.
Otro mecanismo, lo constituyen las “importaciones paralelas” que, en el campo de las patentes, permiten la libre introducción y utilización en el mercado peruano de productos patentados que han sido introducidos lícitamente en cualquier otro país por parte del titular de la patente o alguien vinculado.
El INDECOPI indicó, además, que desde junio, a través de la Gerencia de Estudios Económicos, integra junto al Ministerio de Salud, Ministerio de Economía y Finanzas y Sunat la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente creada por el Decreto Supremo 004-2011-SA, para evaluar los beneficios a la población que habría tenido la exoneración tributaria otorgada a medicamentos contra el cáncer y el VIH/SIDA.
A la fecha, el INDECOPI viene cumpliendo con los acuerdos tomados en el marco de dicha Comisión Multisectorial, en ese sentido, remitirá un informe con los resultados del estudio, en diciembre.