De acuerdo con estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cada año alrededor de 317 millones de personas son víctimas de accidentes del trabajo en todo el mundo y 2,34 millones de personas mueren debido a accidentes o a enfermedades profesionales. En la región de las Américas hay desafíos importantes relacionados con salud y seguridad, puesto que las cifras disponibles indican que se registran 11,1 accidentes mortales por cada 100.000 trabajadores en la industria, 10,7 en la agricultura, y 6,9 en el sector de los servicios. Algunos de los sectores más importantes para las economías de la región, como minería, construcción, agricultura y pesca, figuran también entre aquellos en los cuales se produce la mayor incidencia de accidentes.
La seguridad es una necesidad y un derecho para todos nosotros. Por tanto, las empresas están obligadas a brindar a sus trabajadores la protección necesaria para realizar su trabajo sin poner en riesgo sus vidas y salud. A continuación conozca los alcances y coberturas de estos seguros obligatorios:
- Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR Pensión y Salud): En el caso de trabajadores que desempeñan actividades de alto riesgo determinadas por ley (en industrias como minería, transporte aéreo, hidrocarburos, refinerías, pesca, químicos industriales, construcción, industria de madera, electricidad, textiles, plástico, vidrio, portuarios y periodismo), sus empleadores tienen la obligación de contratar una póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, según lo dispone la Ley N° 26790.Este seguro tiene 2 tipos de coberturas: Salud, que puede ser contratada con una EPS o con una empresa de seguros; y Pensiones: que puede ser contratada con una empresa de seguros o la ONP.
Coberturas SCTR Salud | Coberturas SCTR Pensión |
Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la entidad empleadora y a los asegurados. | Pensión de invalidez temporal o permanente. |
Atención médica, hospitalaria y quirúrgica cualquiera que fuere el nivel de complejidad; hasta la recuperación total del asegurado o la declaración de una invalidez permanente total o parcial o fallecimiento. | Pensión de sobrevivientes. |
Rehabilitación y readaptación laboral al trabajador asegurado inválido. | Gastos de sepelio. |
Aparatos de prótesis y ortopédicos necesarios para el trabajador asegurado inválido bajo este seguro. |
- Vida Ley: Es un seguro de vida en grupo creado por el Decreto Legislativo 688, de carácter obligatoriopara los empleados y asegurados una vez cumplidos 4 años de trabajo, al servicio del mismo empleador. Se benefician con este seguro el cónyuge y los hijos del trabajador. Sólo a falta de estos, el beneficio correspondería a los padres y hermanos menores de 18 años.
Coberturas básicas | Límite de la suma asegurada (**) | Beneficios |
Fallecimiento natural |
16 remuneraciones mensuales | Facilidad en el pago de las primas. |
Fallecimiento accidental |
32 remuneraciones mensuales |
Sencillez en el acceso a una póliza de grupo por todos sus trabajadores. |
Invalidez total y permanente por accidente | 32 remuneraciones mensuales | Alta función social que mejorará las relaciones laborales. |
(**) Las coberturas, remuneraciones asegurables y los límites antes indicados se encuentran sujetos a la normatividad legal vigente que regula el Seguro Vida Ley (DL Nº 688-91 y la Ley N° 29549). |
- Formación Laboral Juvenil (FOLA):Es un plan quebrinda protección por enfermedad y accidente a los trabajadores de tu empresa,contratados bajo el esquema deprácticas pre-profesionaleso de formación laboral juvenil; según lo indica la Ley Nº 28518.
“Los seguros empresariales no son un sobrecosto, sino todo lo contrario, una inversión. En RIMAC brindamos estos seguros obligatorios acompañados de programas de prevención y capacitaciones que permiten reducir la tasa de accidentalidad y la exposición al riesgo; de esa manera se benefician tanto a los trabajadores como a las empresas. El objetivo final es la mejora de la cultura en prevención de riesgos de las empresas peruanas, de tal manera que se pueda eliminar o minimizar la ocurrencia de accidentes laborales”, comentó Andrés Guiulfo, Vicepresidente de Canales Seguros Empresas de RIMAC Seguros.
A tener en cuenta:
- Estos seguros obligatorios tienen coberturas mínimas que pueden ser ampliadas o mejoradas como herramienta de fidelización para los trabajadores. Ejemplo, otorgar el seguro de Vida Ley antes de los 4 años indicados por ley.
- No contar con estos seguros obligatorios representa un riesgo, ya que las empresas se exponen a denuncias y demandas penales.
- Mantener un adecuado registro de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como del historial de cada situación.
- Compartir con la compañía de seguros contratada la planilla actualizada.
- Es importante siempre proporcionar a los trabajadores, además de los seguros obligatorios, el entrenamiento y equipamiento apropiado para el cumplimiento de sus funciones.