Cada día es mayor el número de usuarios que sufren diversos tipos de molestias por el mal servicio que presta Movistar, pero en cuanto a la telefonía móvil, se hace necesario modificar las normas.
Si una persona ha elegido tener un teléfono celular con Movistar, firma un contrato para permanecer un tiempo mínimo, que puede ser 18 meses, pero si el usuario, con toda razón, ante un servicio insatisfactorio, decide retirarse, sufre como castigo una penalidad económica, por ejemplo, de unos mil soles.
La Resolución de Consejo Directivo 138-2012-CD/Osiptel regula derechos de los usuarios en estos casos, pero de esta fecha, como a Osiptel ni al Indecopi le interesan mucho los usuarios, estas malas compañías como Telefónica (Movistar), la engreída de los gobiernos corruptos de turno, que mantiene millonarias deudas tributarias, el abuso al usuario es creciente.
Por ejemplo, los usuarios suscriben un contrato con la operadora por 18 meses. El usuario se da cuenta de que si está insatisfecho con el servicio pagará una penalidad, por ejemplo, de mil soles, si se retira antes de ese plazo. La citada norma establece que sólo puede eximirse de pagar la penalidad si hay fallas en el servicio mismo de la línea, es decir, si se corta o no hay señal, lo cual también es difícil de demostrar porque las pruebas las tiene la empresa y no el usuario.
Pero nada se dice de la pésima atención en las oficinas de Movistar. Por un lado, las demoras. De otro lado, por ejemplo tenemos que si un usuario sufre la pérdida o robo de su teléfono y adquiere uno nuevo, cuando va a comprar a Movistar un chip para tener el mismo número, ¡no hay venta de chips!, ni en las oficinas chicas ni en las principales.
Hay usuarios que por esta razón han debido perder tiempo, gasolina y estacionamiento y hasta ahora no han podido adquirir ese chip y si quieren irse a otra empresa recibirían el castigo de pagar la penalidad.
Urge modificar norma
Ante este abuso y atención de quinta categoría, la norma debería establecer también que si hay causas objetivas como esta, de imposibilidad de recibir atención normal en las oficinas, la empresa debería estar impedida de cobrar la penalidad. No es justo que se mantengan estas ataduras de amenaza económica si una persona busca mejor servicio en otra empresa. En realidad se trata de verdaderas cadenas de esclavitud ante la complacencia de los burócratas indolentes de Osiptel o del Indecopi, que sólo están para cobrar un sueldo y no cumplir con su deber de vigilar y proponer normas de protección al usuario. La única protegida es la empresa.
Esto se hace muy necesario, porque lo reclamos no sólo demoran un mes o más en ser respondidos, sino que estas empresas atrasadas se limitan a pedir disculpas en lugar de indemnizar económicamente a los usuarios por las terribles deficiencias de su atención al cliente. Es decir, se zurran en los reclamos. Y aunque indemnicen, nadie pagará a un usuario lo justo por un tremendo colerón que debe sufrir por la incapacidad de compañías como esta.
Es el colmo que tengamos presencia en nuestro país de empresas como esta, que no cumplen con estándares ni para el país más atrasado de África.
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