Con la finalidad de proteger los intereses de los usuarios del sistema de seguros y siguiendo las prácticas a nivel internacional, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la Resolución N.° 2880-2019, que permite la adquisición de los seguros vehiculares a través de sistemas a distancia. Estos sistemas comprenden los canales digitales que permiten al público en general acceder a servicios y productos en forma no presencial (vía telefónica, internet, aplicativos, entre otros).
El seguro vehicular constituye uno de los productos de mayor venta en el mercado de seguros nacional. Actualmente, las aseguradoras han ampliado la oferta de estos seguros, para lo cual se puede requerir o no una inspección del vehículo, lo que tiene como finalidad conocer su estado al momento de su contratación.
Con la modificación del Reglamento de Comercialización de Productos de Seguros (Resolución SBS N° 1121-2017), para la venta de seguros vehiculares a través de sistemas a distancia, las aseguradoras deberán informar sobre las principales condiciones del seguro, como las coberturas, exclusiones y el costo o prima comercial; además, deberán informar el plazo en que se realizará la inspección del vehículo, en caso de ser necesaria, y sus efectos en su contratación.
Las compañías de seguros serán responsables de garantizar que la información que proporcionen a los contratantes y/o asegurados potenciales sea veraz, comprensible, íntegra y transparente. Asimismo, la información brindada por los contratantes y/o asegurados potenciales debe ser conservada en los soportes necesarios que permitan su verificación posterior.