El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) informa que la fecha para que las empresas operadoras puedan suspender los servicios por falta de pago se ha extendido hasta el lunes 15 de junio.
La medida, que será publicada en el diario El Peruano, se adopta debido a que las empresas operadoras no ofrecieron suficiente información a los usuarios respecto al mecanismo de fraccionamiento para evitar la suspensión de los servicios de telecomunicaciones y porque se han registrado problemas para que los usuarios puedan tramitar el fraccionamiento de sus deudas y la migración de sus planes tarifarios.
El nuevo cronograma de suspensión de los servicios se aplicará de la siguiente manera:
A partir del 15 de junio, si el abonado mantiene dos (2) o más recibos pendientes de pago, consecutivos o no.
A partir del 1 de julio se aplicarán las reglas de suspensión establecidas en el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
Antes de realizar la suspensión de los servicios por falta de pago, las empresas deberán comunicar su intención a los abonados a través de mensajes de texto, correo electrónico, comunicación telefónica u otro mecanismo idóneo, con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles respecto a la fecha efectiva de la suspensión.
Se recuerda que, en caso de suspenderse los servicios por falta de pago durante el Estado de Emergencia Nacional, se mantendrá activo el acceso al aplicativo “Aprendo en Casa” del Ministerio de Educación y a la página web del “Subsidio Monetario” (bono) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”. Asimismo, seguirán activas las llamadas a los servicios de emergencia y defensa civil, así como la mensajería de texto SMS.
Los usuarios pueden tramitar el fraccionamiento de su deuda hasta por un año, sin intereses ni moras, como alternativa para evitar la suspensión de sus servicios.